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El precio de la vivienda subirá un 2% en 2021 y más del 4% en 2022

La vivienda ha sido uno de los bastiones de resistencia frente a otros sectores que todavía tardarán en retomar los niveles anteriores a la irrupción de la COVID-19.

2021 será el año con más ventas de la última década. La reconducción del ahorro hacia la compra de vivienda como activo refugio irá entibiándose en 2022.

La inflación podría desembocar en una progresiva retirada de estímulos por parte del Banco Central Europeo, lo que abriría la puerta al dominio absoluto de las hipotecas fijas.

El control sobre el alquiler dibujará un mapa desigual. Atacar a los grandes tenedores retrasa la profesionalización del alquiler, que es la que garantiza que se genere oferta de calidad.

La vuelta a la normalidad fue el objetivo que se marcó el sector inmobiliario en 2021 tras dejar atrás lo más duro de la crisis sanitaria. Un vistazo a las cifras arrojadas por los principales indicadores parece indicar que el mercado de la vivienda ha respondido con cierto entusiasmo al final de las restricciones, lo que es una buena noticia, pues la confianza hace posible retomar la senda de crecimiento sostenido anterior a la pandemia. Para el portal inmobiliario pisos.com, está a punto de cerrarse un año de transición para la vivienda y la construcción, ya que 2022 viene cargado de retos.

A la espera de que el Banco de España emita nuevas previsiones el mes que viene, el instituto emisor proyectó un crecimiento del PIB del 6,3% en 2021, reduciéndolo hasta el 5,9% en 2022. Así, la recuperación de la economía española se pospondrá a mediados del año que viene. En este contexto, la actividad inmobiliaria lleva ventaja. Ferran Font, director de Estudios de pisos.com, indica que «la vivienda ha sido uno de los bastiones de resistencia frente a otros sectores que todavía tardarán en retomar los niveles anteriores a la irrupción de la COVID-19».

El experto señala que, «una vez retirados los límites a la movilidad, se desató el interés por destinar el ahorro acumulado al patrimonio inmobiliario, pero estos picos no hay que interpretarlos como la antesala de una burbuja, sino como la respuesta lógica de la demanda retenida durante el coronavirus». Según el portavoz del portal inmobiliario, «es un buen momento para comprar porque hay mucha liquidez y los tipos de interés son muy bajos. Además, muchos quieren anticiparse para evitar perder poder adquisitivo debido a la inflación y ahorrarse el encarecimiento y los retrasos que generará la falta de materiales».

Font augura cambios importantes en lo que respecta a modelos habitacionales, sistemas constructivos, financiación verde y rehabilitación energética: «La propiedad parece un sueño cada vez más lejano para las próximas generaciones. Hay que buscar fórmulas que no obstaculicen su plan de vida, por eso es necesario que el alquiler se profesionalice hacia propuestas Housing as a Service». En cuanto a la construcción, Font revela que «la apuesta por la industrialización y la sostenibilidad debe ser firme», al tiempo que recomienda a las entidades «abrirse a hipotecas que premien la eficiencia energética de la vivienda». En esta línea, Font indica que «los fondos europeos van a jugar un papel decisivo en la modernización del sector, adecuándolo a los nuevos desafíos tecnológicos y climáticos».

2022: Desequilibrios bajo control

La vivienda no fue permeable a la bajada de precios que prometía la pandemia. De hecho, se pospuso esta caída para los siguientes ejercicios. Finalmente, el ajuste fue breve y mínimo y ya en 2021 se espera que este indicador cierre al alza. En concreto, para pisos.com el porcentaje se situará entre el 2% y el 3% en segunda mano. «La subida de precios no debe alarmarnos, pues entra dentro de lo esperado teniendo en cuenta el repunte de la demanda, que se apoya en el ahorro acumulado para hacer frente a la inflación mediante la compra de vivienda y evitando mercados más volátiles. Igualmente, la financiación barata apuntala este interés», argumenta Font. El primer factor se irá diluyendo y en política monetaria se avecinan cambios, pero esta compensación verá animada por un tercer vértice que colaborará en el incremento de los precios: «Los suministros de materias primas son escasos y llegan tarde, lo que encarece la edificación residencial. Además, la mano de obra cualificada es escasa. Esta tensión podría trasladarse a la vivienda usada, pero será algo puntual», sostiene Font, que apunta que «en 2022 seguirán las subidas, algo más marcadas, alrededor del 4%-5%. No se esperan escenarios de sobrevaloraciones abruptas porque tanto oferta como demanda buscan la estabilidad».

Las compraventas abandonaron el terreno negativo en marzo (32,4%), según el Instituto Nacional de Estadística (INE), arrojando subidas interanuales muy abultadas cada mes, incluso de tres dígitos en mayo (107,6%). En septiembre, la anual acumulada ya alcanza el 37,6%, una cifra que el experto de pisos.com ajusta al 30% a cierre de año: «Hay que tener en cuenta que tras el final del estado de alarma se firmaron operaciones que habían quedado en modo de reposo. Además, la reconducción del ahorro en máximos hacia la vivienda como activo refugio irá entibiándose», comenta Font, que pronostica que «2021 acabará con unas 550.000 viviendas vendidas, lo que supone cerca de un 31% más que en 2020 y un 9% más que en 2019. Para 2022, lo ideal es que el incremento de las compraventas se quede alrededor del 3%, que es lo que se ajusta a lo que entendemos como un funcionamiento sano del mercado».

En la línea de las compraventas, las hipotecas también retomaron la senda alcista en marzo (35,1%), pero las subidas de un año a otro publicadas por el INE no alcanzaron las cotas de las transacciones, siendo el dato más alto el recogido el pasado mes de agosto (66,9%) y dejando el ascenso acumulado en el 19%. El balance de Font para 2021 sitúa el incremento en la concesión de hipotecas en torno al 20%, una vez descontado el ‘efecto champán’ en el tercer trimestre del año: «Las hipotecas en 2021 superarán las 400.000 firmas, siempre y cuando en la recta final del año se sumen algo más de 30.000 nuevas hipotecas cada mes. De cara a 2022, los préstamos estarán supeditados al ámbito laboral y a cómo enfrenten las entidades la progresiva retirada de estímulos por parte del Banco Central Europeo ante la inflación, lo que elevaría el Euríbor. Sin duda, se está creando el escenario propicio para que las hipotecas fijas dominen el mercado».

Los visados de obra nueva residencial retomaron el crecimiento en 2014, pero en 2020 cayeron un -20% frente a 2019. Con 67.304 visados acumulados entre enero y agosto, se espera alcanzar la barrera de los 100.000 a finales de año, retomando las seis cifras de 2019 y 2018 y arrojando un incremento de alrededor del 18%. De cara al próximo año, la incertidumbre planea sobre unas previsiones fuertemente supeditadas a las decisiones legislativas. Font cree que «la obligación de destinar el 30% de las promociones a vivienda protegida bloqueará los planes de negocio de muchas constructoras y alejará la inversión en aquellas regiones que decidan llevarla a la práctica». Esta medida, según Font, «dibujará un mapa desigual cuando lo que se necesita es que el parque de vivienda crezca en cada uno de los territorios de forma racional, obedeciendo a criterios de viabilidad, y no en función de un determinado signo político».

El anteproyecto de Ley de Vivienda también promete dar un giro al mercado del alquiler, aunque Font estima que el control de los precios generará más ruido que efectos inmediatos, ya que el índice oficial no entrará en vigor hasta 2024. En cualquier caso, el portavoz de pisos.com considera que «debe actuarse con prudencia porque castigar a los grandes tenedores es contraproducente. No solo genera inseguridad jurídica y una gran incomodidad en el seno del sector, sino que se retrasa la ansiada profesionalización del alquiler, que es la que garantiza que se genere oferta de calidad». Font anuncia que «el precio del alquiler terminará 2021 con un recorte interanual de entre el -1% y el -1,5%. El mercado del alquiler ha demostrado que es capaz de autorregularse, aunque siempre a un ritmo más lento del que la sociedad demanda, ya que las dificultades económicas expulsaron de determinadas zonas a muchos inquilinos antes de que se extendieran los ajustes».

Madrid desbanca a Barcelona como el primer destino de inversión en España

Madrid ha superado a Barcelona en el tercer trimestre del año como el principal destino de inversión en España, tanto en número de operaciones (40) como en el volumen de las mismas (563 millones de euros), según el informe «Tendencias de Inversión en España».

Pese a que todavía es pronto para determinar si se trata de algo circunstancial o de una tendencia a largo plazo, Jordi Solé Tuyá, socio y director ejecutivo de Kreedit, revela que la concentración de inversiones en las dos grandes capitales españolas está volviendo a niveles anteriores a la pandemia.

Después de un año delicado con la irrupción de la pandemia del coronavirus, la economía en España va recuperándose poco a poco. Uno de sus principales indicadores es el nivel de inversión, donde Madrid, en el tercer trimestre de este año 2021, no solo ha duplicado sus números, sino que ha superado a Barcelona como el principal destino de inversión en España, según recoge el informe «Tendencias de Inversión en España», elaborado por el Observatorio del Ecosistema de Startups en España de la Fundación Innovación Bankinter.

«El aumento de inversiones en Madrid este último trimestre ha sido muy positivo, aunque, dado que la diferencia con la capital catalana no es muy grande, todavía es pronto para determinar si es algo circunstancial o una tendencia consolidada. Lo que si es importante remarcar es que, tras un 2020 en el que la distribución de la inversión estuvo más repartida por nuestro país a causa de la COVID-19, la concentración de inversiones alrededor de nuestras dos grandes urbes -Madrid y Barcelona- vuelve a estar consolidada», afirma Jordi Solé Tuyá, socio y director ejecutivo de Kreedit, una de las mayores empresas de financiación de pequeñas y medianas empresas en España.

En lo que va de año, Madrid y Barcelona concentran el 88% de las inversiones totales españolas. En el caso de la capital madrileña, ha superado a la ciudad condal tanto en el número total de operaciones -40 a 33- como en el volumen de las mismas -563 millones de euros vs. 257 millones-. Este liderato se reduce, sin embargo, al tomar en cuenta datos de todo el año 2021, donde la diferencia de volumen de inversión es de «solo» 100 millones entre ciudades.

En lo que respecta a los sectores de inversión más activos en el tercer trimestre del año, lideran con fuerza en volumen y número de operaciones las FinTech y las InsurTech, es decir, las empresas que emplean tecnología avanzada para la optimización de servicios financieros, en el caso de las primeras, y de seguros, en las segundas. Les siguen las llamadas B2B (Business to Business) dedicadas al software y la mejora de la productividad de las empresas, y la inversión en Real Estate y PropTech, que presentaron un crecimiento del 4.700%.

Zonas periféricas de España, en alza en materia de inversión

«Pese a la diferencia existente entre Barcelona y Madrid y el resto de las ciudades como destinos para los inversores, es una gran noticia tener consolidadas dos áreas tan potentes con un peso similar en el ecosistema a nivel europeo», celebra el experto.

Fuera de los dos grandes, la inversión en zonas periféricas aumentó un 157% respecto al trimestre anterior. Destaca el caso de Euskadi, que con un crecimiento del 166% en operaciones y del 95% en el nivel de inversión captada, se asienta como tercer ecosistema de inversión. Por detrás le siguen Córdoba, Alicante, Valladolid y Valencia, que, asentada habitualmente en el tercer puesto, continúa su caída en 2021.

Más allá de este dato, Solé analiza los motivos tras el auge de Madrid, que estuvo propulsado por megarrondas. Estas, a diferencia de en Barcelona, donde hubo un descanso respecto a 2020, suponen gran parte del capital en inversión de la capital española.

La recaudación del impuesto de plusvalía se redujo un 32% en 2020, registrando su mínimo en 7 años

La recaudación del impuesto de plusvalía, el segundo tributo local que más ingresos genera a los Ayuntamientos, se redujo un 32% en el año pasado, registrando el dato más bajo desde 2013

José Mateo, abogado y socio de Marín & Mateo, cataloga de «despropósito» el nuevo Real Decreto Ley para modificar el impuesto de plusvalía acorde a la última Sentencia del Tribunal Constitucional, y repasa en qué casos todavía es posible reclamar.

El impuesto de plusvalía municipal, ahora centro de polémica tras la aprobación de un Real Decreto Ley para ajustarse a la última Sentencia del Tribunal Constitucional (TC), era el segundo tributo local que más ingresos aportaba a los Ayuntamientos, únicamente por detrás del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). Sin embargo, en el año 2020, como consecuencia directa de la pandemia, la recaudación se desplomó un 32% en comparación con el ejercicio anterior, registrando así la cifra más baja desde 2013, según datos del Ministerio de Hacienda.

«Desde hace años luchamos contra este impuesto injusto, y no debemos olvidar que, más allá de los motivos recogidos en la última sentencia del Tribunal Constitucional, existen otras cuestiones inconstitucionales para reclamar la plusvalía municipal como la confiscatoriedad o una calificación de urbano incorrecta», afirma José Mateo, abogado y socio de Marín & Mateo Abogados.

La lucha contra este impuesto viene de muy atrás, y es que el último fallo del TC supone el tercer pronunciamiento de este organismo al respecto. En primer lugar, en 2017, decretó que el tributo no podía exigirse en caso de pérdida en la transmisión de un inmueble, para después, en 2019, dictaminó la prohibición de liquidar su importe, siempre y cuando este fuera mayor a la ganancia real obtenida por el contribuyente.

Un polémico Real Decreto Ley

«En nuestra humilde opinión, es un despropósito jurídico«, explica el experto en relación con el nuevo Real Decreto Ley, «Y auspiciamos que la nueva norma tiene muchos visos de ser declarada inconstitucional, total o parcialmente, por varios motivos, tanto formales como de fondo».

El abogado critica el uso de esta vía, reservada para casos de «extraordinaria y urgente necesidad», y señala que no cumple con ninguno de los dos requisitos establecidos: la necesidad inmediata de recaudar para obtener recursos financieros y evitar que los contribuyentes «aceleren» operaciones para aprovechar la coyuntura de «no tributación».

«No debemos olvidar que las Sentencias anteriores ya declararon inconstitucionales dos supuestos de la Plusvalía y se arengaba en dichas resoluciones a adecuar el marco normativo. Los poderes públicos no solo no cumplieron con dicha obligación de respeto a la legalidad, sino que continuaron con su total dejación de funciones y recaudación sobre la base de un impuesto nulo radicalmente, y que solo la inexplicable irretroactividad de la Sentencia impide que miles de contribuyentes vean devueltos pagos realizados sobre normas inconstitucionales, siendo una situación calificable de obscena», detalla Mateo, que tilda este primer argumento de «falaz».

En el segundo caso, el experto pone en duda que, tratándose de un impuesto que tiene lugar por fallecimiento, «alguien acelere su muerte para no tributar». Del mismo modo, asegura que las operaciones de compraventa tienen unos plazos de financiación y tasación, entre otros, que no permiten acelerar como indica el ejecutivo.

«El Real Decreto de forma que consideramos burda, ha pretendido ‘salvar’ la ‘obligatoriedad’ dando una elección, entre el sistema de coeficientes o el de la ganancia. Sin embargo, esa elección no convierte en «electivo» el devengo del impuesto, sino el sistema de pago y además para mayor desconcierto, el sistema que se supone electivo es una clara y notoria doble imposición, prohibida por la norma tributaria y constitucional», sentencia.

¿Qué casos pueden reclamarse ahora y cuáles no?

Ahora, con la publicación de este nuevo Real Decreto Ley, son muchos los contribuyentes los que se preguntan qué hacer en el caso de haber iniciado ya los procesos de reclamación del Impuesto de Plusvalía, acogiéndose a la Sentencia del TC.

«En ese caso, según la regulación de la retroactividad establecida por la Sentencia, podrán exigir que se les aplique la nulidad, reconociéndoselos en sus recursos o alegaciones y exigiendo la devolución de los pagos con intereses si llegaron a realizar los mismos», aclara el abogado.

En este contexto, puesto que la Sentencia no anuló el tributo, sino que eliminó la fórmula de calcularlo, pueden clasificarse las situaciones en dos grandes grupos.

En primer lugar, las situaciones firmes, es decir, aquellas en las que se notificó la liquidación y no se recurrió, o si se hizo se agotaron los recursos antes del 26 de octubre de 2021, incluso en aquellos casos en los que se haya aplazado el pago y haya alguna cantidad pendiente de pago aplazado a dicha fecha.

«Dentro de estas situaciones, se incluyen aquellas situaciones en las cuales nos han notificado la liquidación o hemos hecho la autoliquidación y a día 26 de octubre de 2021 no habíamos recurrido o solicitado la rectificación. En todas esas situaciones no reclamar hacer nada lamentablemente por el contribuyente», comenta Mateo.

Por otro lado, están las situaciones no firmes y aquellas personas a las que se les puede aplicar la Sentencia y exigir la nulidad y reclamar el pago indebido. «Aquellos que a fecha 26 de octubre de 2021 tuvieran algún recurso pendiente -en vía administrativa o judicial-, quienes no hubieran recibido la liquidación o estén en plazo voluntario de liquidación o autoliquidación a dicha fecha», concluye.

Alemany, Escalona & De Fuentes analiza las últimas modificaciones de la Plusvalía Municipal

Alemany, Escalona & De Fuentes concluye que declaraciones y autoliquidaciones recurridas a 26 de octubre de 2021 y transmisiones de terrenos realizadas antes del 10 de noviembre de 2021 en las que la Plusvalía Municipal no se haya liquidado o autoliquidado, o en las que la liquidación o autoliquidación del impuesto se haya realizado a partir de 27 de octubre de 2021, se verán beneficiadas por los últimos cambios normativos.

Marisa Ramírez Prieto, abogada del Departamento de Derecho Fiscal de Alemany, Escalona & De Fuentes, analiza las modificaciones introducidas por el Real decreto-ley 26/2021 a efectos de la Plusvalía Municipal. Son las siguientes:

1.- Objeto de gravamen

La Plusvalía Municipal es el segundo impuesto que, después del IBI, actualmente genera más ingresos a los ayuntamientos y sigue gravando el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana que se produce, entre otros supuestos, en las transmisiones de los mismos, ya sea a título oneroso o lucrativo (herencias, donaciones).

2.- Sistema de determinación de la base imponible del impuesto

La nueva norma establece, dos sistemas de determinación de la base imponible, a elección del contribuyente, y que son los siguientes:

a. Estimación objetiva

Este método es similar al anterior. La base imponible se sigue calculando multiplicando el valor catastral del suelo en el momento del devengo por los coeficientes que apruebe el ayuntamiento correspondiente en atención al número de años transcurridos entre la adquisición y la transmisión del inmueble. En cualquier caso, los coeficientes que apruebe cada ayuntamiento no podrán superar los que se indican a continuación:

Como puede observarse en el cuadro anterior, los nuevos porcentajes gravan menos las transmisiones de terrenos adquiridos durante la crisis financiera (el coeficiente más bajo se aplica a las adquisiciones realizadas entre 2008 y 2011, con un 0,08) y, por el contrario, se penalizan las transmisiones a corto plazo, y los coeficientes serán inferiores a los previos a más años de tenencia.

Y, en esta misma línea, se ha fijado un coeficiente para las transmisiones que se lleven a cabo en menos de un año, que pueden tener naturaleza especulativa y que, hasta ahora no estaban gravadas con la Plusvalía Municipal.

Los coeficientes serán actualizados anualmente mediante una norma de rango legal, teniendo en cuenta la evolución del mercado inmobiliario. Si tras dicha actualización los coeficientes de las ordenanzas fiscales son superiores a los máximos antes indicados, se aplicarán estos últimos hasta que se corrija el exceso en la ordenanza fiscal.

Finalmente, se establece la posibilidad de que los ayuntamientos puedan acordar, a los exclusivos efectos de determinar la base imponible, una rebaja de hasta el 15% del valor catastral del suelo, con el objeto de adaptar el importe del tributo a la realidad de cada municipio.

b. Estimación directa

Si, a instancia del sujeto pasivo, se constatara que el incremento de valor, determinado por la diferencia entre los valores del terreno en las fechas de transmisión y adquisición, es inferior al determinado por el método objetivo, se tomará como base dicho incremento. Estos valores podrán ser objeto de comprobación por los ayuntamientos.

A estos efectos, se deberán aplicar las siguientes reglas:

En el caso de bienes inmuebles en los que haya tanto suelo como construcción, la diferencia entre el precio de transmisión y el de adquisición del suelo se obtendrá aplicando la proporción que representa el valor catastral del suelo sobre el valor catastral total en el momento de la transmisión.

Como valor de transmisión o de adquisición se tomará el mayor entre el que conste en el título que documente la operación (o el declarado en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en caso de transmisiones lucrativas) y el comprobado, en su caso, por la Administración Tributaria.

No se podrán computar en este procedimiento de cálculo los gastos o tributos que graven dichas operaciones de adquisición o transmisión.

El sujeto pasivo deberá declarar la transmisión del inmueble y aportar los títulos que documenten su transmisión y previa adquisición.

A continuación, se ilustra la modificación en la tributación de la Plusvalía Municipal introducida por el Real decreto-ley con el siguiente ejemplo en el que se aplica el tipo máximo del 30%.

Supuesto de hecho: vivienda adquirida hace más de 20 años por 200.000 euros y que se transmite el año 2021 por 230.000 euros y cuyo valor catastral del suelo en 2021 es de 100.000 euros. El porcentaje del valor catastral del suelo sobre el total es del 60%

A.- Aplicación de la normativa vigente hasta la Sentencia

Base imponible: 60.000 EUR (100.000 * 0,60)

Tipo impositivo: 30%

Cuota tributaria a ingresar: 18.000 EUR.

B.- Aplicación de la normativa vigente a partir del 10 de noviembre de 2021

(i) Método de estimación objetiva

Base Imponible: 45.000 EUR (100.000 * 0,45)

Tipo impositivo: 30%

Cuota tributaria a ingresar: 13.500 EUR.

(ii) Método de estimación directa

Base imponible: 18.000EUR (230.000 – 200.000 EUR) *60%

Tipo impositivo: 30 %

Cuota tributaria: 5.400 EUR

Como puede observarse, en el supuesto B, al contribuyente le beneficiaría optar por el sistema de estimación directa.

3. Nueva regla de no sujeción para los casos en que no exista incremento en el valor del suelo

Se introduce un nuevo supuesto de no sujeción para aquellas operaciones en las que el contribuyente acredite que no ha existido incremento de valor. Para ello, los interesados deberán declarar la transmisión, así como aportar los títulos que documenten la transmisión y adquisición.

El cálculo del incremento de valor real obtenido en la transmisión se realizará como se ha indicado en el apartado anterior, por diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición del terreno, sin tener en cuenta gastos e impuestos.

Este supuesto contempla aquellas situaciones en las que, por ejemplo, se adquirió un terreno por 150.000 y se transmitió por 100.000 euros.

4. Entrada en vigor y efectos temporales

Esta nueva normativa entró en vigor el 10 de noviembre de 2021.

Los ayuntamientos que tengan establecida la Plusvalía Municipal deberán adaptar su marco legal a lo dispuesto en el Real decreto-Ley en el plazo de 6 meses y, mientras que no se adapten las ordenanzas municipales, resultara

El nuevo valor de referencia para los impuestos de Sucesiones, ITP y Patrimonio supondrá un aumento de impuestos 

A partir del próximo 1 de enero, la forma de calcular la base imponible de los impuestos sobre el Patrimonio, Sucesiones y Donaciones (ISD) y Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP) estará vinculada al valor de referencia del Catastro, diferente al valor catastral, y provendrá del resultado del análisis de los precios de todas las compraventas de inmuebles que se realizan ante notario.

Xavier López Villaécija, director del Área Fiscal del despacho Sanahuja Miranda Abogados, prevé un «más que probable incremento de impuestos» que recaerá en las arcas de las diferentes Comunidades Autónomas españolas.

El 1 de enero de 2022 cambiará la referencia del valor para calcular la base imponible del Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP), pues pasará a tenerse en cuenta el valor de referencia del Catastro, y no el valor del inmueble determinado en la operación de compraventa, salvo que éste último fuera superior. En consecuencia, se prevé que la recaudación de impuestos de las Comunidades Autónomas aumente el próximo año, en la medida en que hasta ahora venía aceptándose, sin ser objeto prioritario de inspección, un valor teórico basado en multiplicar el valor catastral por un coeficiente, cuyo resultado solía ser significativamente inferior al valor real de mercado.

«Más que probablemente supondrá un incremento de impuestos que recaerá en las arcas de las Comunidades, en la medida en que el valor de referencia se asimilará, aunque se aplique un factor de minoración del 0,90, a un valor de mercado real y, en cambio, con anterioridad era habitual que un número significativo de transacciones de inmuebles de segunda mano se tributaran por el valor catastral multiplicado por el coeficiente, siendo este resultado habitualmente inferior al valor real de mercado del mismo», explica Xavier López Villaécija, director del Área Fiscal del despacho Sanahuja Miranda Abogados.

Hasta ahora, la referencia que servía como base imponible para calcular estos tributos era el precio efectivo que se determinase en la compraventa del inmueble, pero ahora prevalecerá un nuevo cálculo del Catastro de Viviendas de modo que, a priori, con una mayor base imponible, aumentará la recaudación de impuestos.

«El valor de referencia se calculará todos los años haciendo una media del precio de los inmuebles por zonas de un mismo municipio, siendo, por tanto, similar a lo que sería el valor de mercado del inmueble objeto de transmisión», añade el experto.

Los datos para la extracción de estas medias se extraerán de las compraventas que se hayan realizado y consten en el portal de la Dirección General del Catastro. Esta modificación, afirma el Gobierno, será implementada como una medida para reducir la litigiosidad que siempre ha existido al alrededor de estos impuestos.

En este aspecto, Xavier López Villaécija coincide con la premisa de la nueva legislación y entiende que, con la regulación del valor de referencia, «es razonable pensar que se consiga una menor litigiosidad».

Un nuevo factor de minorización para rebajar los impuestos

Para evitar posibles desajustes o impuestos demasiado altos, el Gobierno ha anunciado que, una vez sean efectivos estos cambios, se establecerá un factor de minorización del 0,9 para ajustar las valoraciones de la forma más real posible.

Con este ajuste de la base imponible, que afectará tanto a inmuebles rústicos como a inmuebles urbanos, se podrá rebajar hasta un 10% el pago del impuesto, para intentar corregir así las diferencias de precios que marquen los datos del Catastro.

«Indudablemente ayudará a indexar el coste fiscal a un valor de mercado más real», asegura el experto en relación con el factor de minorización del 0,9, «Dado que, entre otras consideraciones, las transmisiones de inmuebles usados suelen cerrarse por un precio inferior al teórico de mercado».

¿Cuáles son los motivos por los que los españoles venden su casa?

La proptech Housell ha lanzado un barómetro en el que analiza cuáles son los principales motivos y la urgencia por vender una vivienda.

Los principales motivos de venta son por cambio de vivienda (47%), herencia (11%) y divorcios y/o separaciones (6%).

El 40% de los encuestados tiene urgencia por vender lo antes posible y el 38% querría vender en un plazo entre los 3 y 6 meses.

El paso de los años (y el transcurso de una pandemia) ha hecho que cambie la relación de los españoles con sus viviendas. ¿Cuáles son los principales motivos y razones para vender una vivienda durante el año 2021? ¿Cómo de urgente es para los propietarios vender su vivienda? Con el objetivo de responder a estas preguntas, Housell, compañía proptech líder de servicios inmobiliarios, ha publicado una nueva edición de su barómetro para analizar cuáles los principales motivos de venta de los propietarios y su urgencia en vender.

Cambio de casa, herencias y divorcios y/o separaciones; los principales motivos de venta de los españoles

Según esta encuesta, el 47% de los españoles reconoce que vende su vivienda por necesidad de un cambio de hogar; es decir, busca cambiar su vivienda actual por otra con otras características o en una ubicación diferente. La realidad es que vender una vivienda para comprar otra se ha convertido en un proceso cada vez más común.

Asimismo, aquellos encuestados que optan por el cambio de hogar reconocen que puede estar motivado por querer un cambio de zona (63%), la búsqueda de una casa más pequeña (23%) o la búsqueda de algo más grande (14%). Estas son las principales razones de por qué la gente busca un cambio de casa entre los españoles.

Según este estudio, el 12% de los propietarios quiere vender su segunda residencia. Centrándose en este hecho, el 55% de los encuestados que quiere vender su segunda residencia, reconoce que la quiere vender por el poco uso que le da. El resto de razones que se destacan en la venta de una segunda vivienda es que estuviera alquilada anteriormente (23%) o sea una herencia (22%).

Por otra parte, le siguen muy de cerca aquellos que optan vender su vivienda, ya que resulta ser parte de una herencia (11%) o causa de un divorcio o separación (6%).

El estudio revela además la realidad en la que viven el resto de los españoles y debemos tener en cuenta otras razones y motivos. Así, un 3% de los encuestados asegura querer vender su hogar porque ya no quiere alquilarlo, frente al 1% que lo hace por razones económicas, el 1% para invertir y el 0,5% por jubilación.

¿En cuánto tiempo quieren vender los españoles sus viviendas?

El proceso de compraventa de una vivienda es largo. Si se pone en consideración el tiempo en el que el vendedor tiene en mente vender su casa una vez que se inicia el proceso; su opinión puede diferir mucho de la realidad.

«Cuando el proceso de venta de una vivienda se pone en marcha está previsto que las primeras ofertas de los compradores más interesados lleguen durante las primeras semanas. Aún así, este hecho puede ir variando y una casa que, al primer instante y no durante las primeras semanas no genere demasiado, gane popularidad tras un par de meses» reconoce Guillermo Llibre, CEO de Housell.

De este modo, el estudio recoge un apartado con el tiempo que el vendedor calcula en el que cree que vendería o le gustaría vender. Mientras que el 40% de los encuestados busca vender su hogar lo antes posible; le sigue muy de cerca el 38% que opta por la venta durante los 3-6 meses tras iniciar el proceso. Por otra parte, el 21% opta porque la venta se realice en los tres primeros meses mientras que el 1% restante tras los seis meses.

«Desde el final del confinamiento en nuestro país, las operaciones de compraventa de inmuebles están al alza y son muchas las razones que explican esta tendencia. Desde Housell, hemos querido ir un paso más allá en nuestros esfuerzos por entender la mentalidad de los vendedores de una vivienda. Por ello, hemos diseñado esta encuesta entre todos aquellos que han formado parte de las operaciones en España» afirma el CEO de Housell.

Encuesta elaborada por Housell con una muestra de 6.846 encuestados en noviembre de 2021.

Alberto Aranda gana el Gran Premio al Mejor Proyecto de Interiorismo en Marbella Design 2021

La suite «Océano» diseñada por el interiorista Alberto Aranda ha ganado el Gran Premio del jurado al Mejor Proyecto de Interiorismo de los Premios Marbella Design 2021, que se entregaron el pasado viernes 12 de noviembre.

El jurado, formado por los interioristas Erico Navazo y Pepe Leal, la arquitecta Paloma Gómez Marín y los periodistas Enric Pastor y Ana Barreales, ha valorado que sea un «espacio funcional y real adaptado a la escala humana».

La suite ha sido diseñada especialmente por el interiorista jienense para PorcelaniteDos en el marco de la feria de interiorismo, diseño y alta decoración, Marbella Design, que se ha celebrado en Marbella durante las dos primeras semanas de noviembre.

Alberto Aranda recibió el galardón emocionado y lo quiso dedicar a todos los compañeros interioristas presentes «que me inspiran día a día».

Una gran ventana abierta al fondo del mar

El espacio Océano es una gran suite, elegante, contemporánea y acogedora que comprende dormitorio, una zona destinada a trabajo y un gran espacio de baño, con una enorme bañera a modo de piscina y una selvática ducha circular.

Como si nos encontráramos dentro de una gigantesca pecera, Alberto Aranda invita a sumergirse en un mundo submarino, donde las distintas tonalidades del azul de los océanos: azul cobalto, índigo, petróleo… comparten espacio con los colores propios de la arena, las rocas, las algas y los seres vivos existentes en las profundidades marinas.

Gracias a la gran experiencia en la creación de espacios residenciales Alberto Aranda ha sabido utilizar la imaginación para recrear un mundo submarino, pero sin olvidar la funcionalidad y escala humana del espacio, cualidad que el jurado de los Premios Marbella Design 2021 ha tenido muy en cuenta para otorgarle el Premio al Mejor Proyecto de Interiorismo Marbella Design 2021.

Sobre Espacios Alberto Aranda:

Formado en diseño de Interiores, decoración y escaparatismo y Master en Diseño de Interiores impartido en la Universidad Complutense de Madrid, Alberto Aranda lleva el diseño interior en las venas. Su interés por conocer las últimas tendencias le lleva a viajar constantemente por todo el mundo y a visitar anualmente varias ferias internacionales de diseño, donde se inspira para crear sus proyectos de diseño interior.

El estudio de interiores de Alberto Aranda se fundó en 1999. En estos 22 años de actividad ha sumado más de 600 proyectos de interiorismo llevados a cabo -tanto viviendas como clínicas y locales comerciales, entre otros-.

Saber escuchar, interpretar y atender las necesidades de cada cliente antes de comenzar a trabajar es la premisa básica con la que Alberto Aranda empieza cada proyecto. Es entonces cuando inyecta su aportación creativa y empieza a bocetar y diseñar a medida.

El acompañamiento al cliente, desde los cimientos pasando por todos los niveles de obra, eligiendo materiales, definiendo todos los aspectos y ocupándose de todos los detalles es la clave del éxito de todos y cada uno de los proyectos de interiorismo de Alberto Aranda.

Más de 53.000 transmisiones inmobiliarias, la cifra más alta en un mes de septiembre en toda la serie histórica

El director de Estudios del portal inmobiliario, Ferran Font, destaca que «tanto segunda mano como obra nueva crecen con fuerza. Si bien es la vivienda usada, que sigue representando el 80% del total de transmisiones, la que lo hace con más determinación por cuarto mes consecutivo».

Nuevo informe estadístico en materia de vivienda ofrecido por el Instituto Nacional de Estadística (INE). El organismo oficial arroja luz sobre el mercado y aporta datos nacionales sobre la evolución del número de compraventas de viviendas registradas durante el mes de septiembre.

Desde el portal inmobiliario pisos.com, su director de Estudios, Ferran Font, destaca que «según las cifras de la estadística de transmisiones del INE del pasado mes de septiembre, la recuperación de la normalidad sigue confirmándose mes a mes en el sector inmobiliario». «Las más de 53.000 transmisiones registradas han significado la cifra más alta en un mes de septiembre en toda la serie histórica, repitiendo lo que ya sucedió en agosto. La comparación respecto al 2020 sigue siendo muy llamativa, aunque se reduzca del 57% al 40%, fruto de que cifras de la segunda mitad del año pasado con las que las estamos comparando ya tendieron a la normalización. Por otro lado, si el análisis es respecto al 2019, observamos que se repite el aumento del 41% del mes anterior. Si tenemos en cuenta lo que ha sucedido durante el último año natural se observa que las más de 534.000 transmisiones equivalen a datos de hace 13 años», subraya el experto.

El director de Estudios entra en materia: «Como no podía ser de otra manera tanto segunda mano como obra nueva crecen con fuerza. Si bien es la vivienda usada, que sigue representando el 80% del total de transmisiones, la que lo hace con más determinación por cuarto mes consecutivo. Territorialmente quienes lideran esta estadística son Andalucía, que consolida las 10.000 operaciones por tercer mes consecutivo, Cataluña, que recupera las 8.000 medio año después, y la Comunitat Valenciana que queda claramente por encima de las 7.000 por tercer mes consecutivo. Por otro lado, el territorio donde se han cerrado menos ventas ha sido La Rioja que no consigue llegar a las 400. Salvo Extremadura que retrocede un 2,4%, todas las comunidades aumentan interanualmente destacando el 54% de los dos mercados que lideran esta estadística, Andalucía y Catalunya. Respecto a la situación prepandemia todos los territorios crecen y Andalucía destaca entre ellos con un aumento del 62%».

Ferran Font hace balance del mercado de la compraventa en España: «Con estos registros la vuelta a la situación prepandemia va consolidándose mes a mes. Esta evolución seguirá marcada por cualquier impacto que pueda tener el mercado provocado por el Covid, pero sobre todo por la incidencia que signifiquen la recepción y gestión de los fondos Next Generation, así como el impacto que pueda tener la puesta en marcha de la nueva Ley de Vivienda. De todos modos, las previsiones que van consolidándose son aquellas que indican que este 2021 será el año con mayor Transmisiones desde el estallido de la burbuja inmobiliaria».

22@ Glòries, el nuevo espacio de Cloudworks donde convergen la tecnología, el diseño puntero y la creatividad

Ubicado en el barrio de Poblenou, ha supuesto una inversión de 2,5 millones de euros y se trata del primer edificio entero de la compañía de coworking de origen catalán.

’22@ Glòries’ cuenta con 2.000 metros cuadrados, divididos en tres plantas y capacidad para 250 puestos de trabajo.

Cloudworks, empresa de coworking fundada en 2015 en Barcelona, ha abierto el primer edificio entero de la compañía. Bajo el nombre de ‘22@ Glòries’, el espacio se ubica en Poblenou, una zona estratégica de la Ciudad Condal que se ha consolidado como una de las más atractivas para empresas y startups, especialmente del sector tecnológico.

’22@ Glòries’, para el que han invertido 2,5EUR millones, ha sido rehabilitado de forma integral por los arquitectos Xavier Isart y Maria Domínguez con los que ya trabajaron para la expansión de otra de sus ubicaciones, Cloudworks Sagrada Família.

Se trata de una ubicación de serviced office, conocidas también como oficinas personalizadas, concebidas especialmente para empresas con exigencias particulares; en la que pueden convivir varias empresas, y cuenta con 2.150 m2 divididos en cuatro plantas y capacidad para 250 puestos de trabajo.

Con esta apertura, Cloudworks apuesta por una nueva zona de Barcelona con mucha proyección, 22@ Glòries, el barrio del dinamismo gracias a su espíritu local y fresco en el que convergen la tecnología, el diseño puntero y la creatividad.

El edificio ’22@ Glòries’ cuenta con todo tipo de servicios, áreas comunes y terrazas espectaculares, café recién molido, abundante luz natural, etc. Además, a pocos minutos de su ubicación existen múltiples lugares de ocio y restauración que permitirán a los profesionales momentos de inspiración y esparcimiento.

Según Marta Gràcia, CEO de Cloudworks, «22@ Glòries es una de las aperturas más importantes para la compañía, pues se trata de nuestro primer edificio entero y lo hemos querido ubicar en esta zona por sus posibilidades. Creemos en el potencial de esta área y apostamos por el talento local, esta ubicación no solo servirá para darles un espacio de trabajo, sino también de inspiración para atraer talento y catapultar la ciudad hacia lo más alto».

Esta no será la única novedad que la compañía de coworking presentará en Barcelona estos últimos meses de 2021, ya que tiene previsto ampliar su ubicación actual de Drassanes – La Rambla, ubicado en el edificio Colón al final de La Rambla y considerado como uno de los edificios más icónicos de la Ciudad Condal al ser el primero en superar los 100 metros de altura.

Actualmente, Cloudworks cuenta en esta torre con una planta de serviced office, que ampliará con un coworking en las nubes, al incorporar dos plantas adicionales a las 3 últimas del edificio. Con esta ampliación, Cloudworks busca establecerse en una zona de Barcelona que está cambiando, dejando atrás el turismo y dando paso a un cambio en el modelo de negocio donde el foco está en la tecnología.

Madrid aprueba los estatutos de la Junta de Compensación de La Solana de Valdebebas 

Una vez que el equipo de Gobierno aprobó el plan parcial y de la estimación de la iniciativa para La Solana de Valdebebas, un desarrollo en la zona norte del distrito de Hortaleza que contará con vivienda protegida y zonas verdes, el Ayuntamiento de Madrid ha dado un paso más al aprobar definitivamente en Junta de Gobierno, tras el periodo de información pública, el proyecto de estatutos y bases de actuación para la constitución de la Junta de Compensación, la entidad que se encargará de llevar a cabo la ejecución urbanística integral del ámbito.

El plan parcial, que se aprobó el 29 de septiembre de 2020, ordenó los usos y las edificaciones de este desarrollo que tiene una superficie de un millón de metros cuadrados, en el que se establecen 292.000 m2 de zonas verdes y se preserva el Arroyo de Valdebebas, entre otras medidas, para integrar el paisaje urbano con la naturaleza. Dicho plan establecía también que el desarrollo ‘Solana de Valdebebas’ se llevaría a cabo mediante el sistema de compensación, para lo cual es necesario constituir la Junta de Compensación, cuyo proyecto de estatutos y bases quedan fijados hoy.

La Junta de Compensación es la entidad urbanística colaboradora que llevará a cabo las obras de urbanización y la cesión de los terrenos destinados a dotaciones públicas, entre otras acciones, bajo la tutela del Ayuntamiento. La junta agrupa a los propietarios de los terrenos comprendidos en el ámbito, que mantienen la titularidad de sus bienes y derechos y se unen para ejecutar el planeamiento urbanístico y distribuir equitativamente beneficios y cargas.

La Solana de Valdebebas contará con 1.393 viviendas, de las que el 45 % serán protegidas. Además, todas las cesiones del aprovechamiento lucrativo se convertirán en vivienda pública, con lo que el Ayuntamiento obtendrá 375 viviendas para la EMVS. La zona se complementa, además, con un uso comercial de 8.500 m2.

El proyecto de La Solana apuesta por un urbanismo innovador y sostenible y se alinea con la estrategia de renaturalización emprendida desde el Área de Desarrollo Urbano que dirige Mariano Fuentes, en una clara apuesta por la inclusión de valores medioambientales en los desarrollos urbanísticos.