Madrid. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) publica en su revista ‘Dinero y Derechos’ los resultados del análisis de las minutas que notarios y registradores cobran a los consumidores por la cancelación de su hipoteca. La principal conclusión del análisis es que los notarios y los registradores cobran demás a sus clientes, ignorando los aranceles aplicables al caso.
Han sido las facturas remitidas por los propios socios de la OCU las que han servido como muestra del estudio, descubriendo prácticas ilegales en el 92% de las mismas. Así, extrapolando los datos al conjunto de las 372.042 cancelaciones de hipotecas sobre vivienda realizadas en 2010, notarios y registradores podrían haber cobrado de forma indebida a sus clientes, hasta 93 millones de euros sólo en un año.
Ante la gravedad de los hechos, la OCU se ha dirigido al Ministerio de Justicia, a la Dirección General de los Registros y del Notariado y a la Fiscalía para que se requiera al colectivo de notarios y registradores a revisar de oficio todas las facturas relacionadas con cancelaciones hipotecarias desde diciembre de 2007 y a devolver, en su caso, las cantidades indebidamente cobradas a los clientes.
Para la OCU, es grave que notarios y registradores incumplan la normativa en materia arancelaria aprobada en 2007, que suponía un abaratamiento importante de los trámites de cancelación de una hipoteca. Pero es aún más grave que esa práctica se siga manteniendo a pesar de que ya ha sido declarada incorrecta por la Dirección General de los Registros y el Notariado (dependiente del Ministerio de Justicia) y por resoluciones judiciales como la de junio de 2010 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Hay que recordar que desde el cambio normativo de 2007 el notario ha de cobrar una cuantía fija de 30,05 euros, sea cual sea el importe de la hipoteca cancelada. Si se suman a ese importe los demás conceptos, resulta que una escritura de 10 páginas no debería costar más de 70 euros. Sin embargo, el importe medio de las facturas incorrectas analizadas por la OCU es de 260 euros.
En cuanto al registrador, este debe aplicar el arancel al capital pendiente de devolver (que es igual a «cero» cuando se trata de cancelar una hipoteca ya pagada) y reducir el resultado en un 90%. El resultado son 2,40 euros que, añadidos a los restantes conceptos minutables, da una cifra a lo sumo de 24 euros, no de 144 euros como ha comprobado la OCU.
La OCU ha solicitado que se requiera al colectivo de notarios y registradores a revisar de oficio todas las facturas relacionadas con cancelaciones hipotecarias desde diciembre de 2007 y a devolver, en su caso, las cantidades indebidamente cobradas a los clientes.
Finalmente, la OCU insiste en la necesidad de una revisión profunda del sistema notarial y registral. Hay que recordar al usuario que tiene derecho a elegir el notario que desee, no el que le imponga la gestoría o el propio banco. Además habría que revisar las funciones y naturaleza jurídica de estos profesionales, así como en qué casos no debería ser necesaria la intervención del notario, bastando el visto bueno del registrador.