La Mesa de Contratación para el procedimiento de enajenación de 32 promociones del Ivima ha excluido del mismo a Morgan Stanley, Apollo, Colony y Drago, quedando como invitados a participar Alza Real Estate, Azora Gestión, Tethys, Pacifica Capital, Goldman Sachs Int., Aktiv Kapital, Patron Capital Europe, Guidebridge Capital y Livorno Inversiones.
El banco estadounidense de inversión Morgan Stanley ha sido excluido al considerar la Mesa insuficiente la documentación aportada para el otorgamiento de poderes del representante. Por su parte, Apollo y Colony Capital por no haber presentado la documentación requerida para subsanar deficiencias.
En el caso de Drago Capital, toda la documentación presentada debería haberse presentado firmada por dos representantes mancomunados o uno solidario. Solo la firma una de las personas apoderadas mancomunadamente.
También quedó fuera del proceso Goldman Sachs Group, al comunicar expresamente al órgano de contratación que no iba a subsanar la documentación. Se retiraba para dejar vía libre en el proceso de otra de sus filiales. Precisamente la que, junto a la española Azora Gestión, obtuvo la máxima puntuación (82 puntos) entre los licitadores admitidos, al sumar tres conceptos, la experiencia técnica, una breve memoria y las titulaciones profesionales.
Se pone así fin a la primera fase de este procedimiento restringido de licitación convocado por el Ivima. A partir de ahora se abre un plazo de veinte días naturales, hasta el 25 de julio, en el que la Mesa invita a las empresas admitidas a acceder al ‘data room’ virtual para conocer detalles de las promociones. Deberán aportar un compromiso de confidencialidad para poder acceder a esta información.
El estudio minucioso de cada una de las viviendas ofertadas servirá para comprobar, por ejemplo, las cargas que pesan sobre cada una de las 32 promociones en alquiler con opción a compra y cómo casi un centenar de los 2.371 pisos del Plan Joven que se pretenden traspasar están vacíos, disponibles tras las sucesivas renuncias de sus adjudicatarios.
Para optar a estas viviendas, la Comunidad de Madrid no admitía la presentación de ofertas en Unión Temporal de Empresas (UTE), aunque sí la formulación de ofertas conjuntas acreditando el porcentaje de participación de cada una de las sociedades participantes.
El adjudicatario se subrogaría en todos los derechos y obligaciones que hasta ahora ostenta el Ivima sobre las viviendas, los contratos de arrendamiento con opción a compra, los arrendamientos ordinarios y cualquier otro contrato existente. Con motivo de la subrogación "no se podrán alterar al alza las rentas que se venían abonando, sin perjuicio de su revisión en los términos previstos en los correspondientes contratos", según se detalla en los pliegos.