Llega la nueva directiva para aumentar la seguridad en los ascensores

A partir del 20 de abril de 2016 quedará derogada la vigente directiva comunitaria en relación a la instalación de ascensores, y entrará en vigor la nueva, aprobada en 2014, que incorpora la aplicación de las Normas Técnicas UNE-EN 81-20 y UNE-EN 81-50.

Un compendio de disposiciones legales, reglamentarias y administrativas para cumplir con la seguridad en los elevadores, la modernización del parque de ascensores o la eficiencia energética. Tendrán que cumplir con una serie de requisitos que afectarán, entre otros aspectos, a su nivelación, a la necesidad de disponer del servicio de teleasistencia o al bloqueo de las puertas automáticas.

La Directiva no sólo regula y unifica en Europa el diseño, la fabricación, la distribución y el montaje del mercado de ascensores hasta su puesta en funcionamiento, sino que también incide en el concepto de vigilancia del mercado, es decir, que sean seguros desde el origen y, además, disponer de recursos y herramientas que garanticen esa seguridad a lo largo de toda su vida.

Los instaladores elaborarán la documentación técnica requerida y llevarán a cabo o velarán por llevar a cabo el correspondiente procedimiento de evaluación de la conformidad que, cuando quede demostrado que un ascensor cumple los requisitos esenciales de salud y seguridad, elaborarán una declaración UE de conformidad, se asegurarán de que esta acompaña al ascensor y colocarán el marcado CE.

A partir de entonces, los instaladores conservarán la documentación técnica, la declaración UE de conformidad y, si procede, las decisiones de aprobación durante diez años después de la introducción del ascensor en el mercado.

Además, siempre que se considere oportuno con respecto a los riesgos presentados por un ascensor, para la protección de la salud y la seguridad de los consumidores, los instaladores investigarán y, en su caso, mantendrán un registro de las reclamaciones y de los ascensores no conformes.

Asimismo, garantizarán que los ascensores llevan un número de tipo, lote o serie o cualquier otro elemento que permita su identificación, e indicarán en el ascensor su nombre, su nombre comercial registrado o marca registrada y su dirección postal de contacto.

Por su parte, los fabricantes se asegurarán de que existan procedimientos para que la producción en serie mantenga su conformidad con la Directiva, y deberán tomarse en consideración los cambios en el diseño o las características de los componentes de seguridad para ascensores y los cambios en las normas armonizadas u otras especificaciones técnicas, con arreglo a las cuales se declara su conformidad.

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