El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas acaba de presentar el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2016.
En el presupuesto la denominada coloquialmente política de vivienda recibe el nombre de política de «Acceso a la vivienda y fomento de la edificación» y se materializa en tres programas:
- Promoción, administración y ayudas para rehabilitación y acceso a la vivienda, con una dotación de 553.084.210 €.
- Ordenación y fomento de la edificación, con una dotación de 32.862.810 €.
- Urbanismo y política de suelo, con una dotación de 1.462.070 €.
Dentro del programa de promoción, administración y ayudas para rehabilitación y acceso a la vivienda destaca, por un lado, la partida destinada a financiar las subvenciones a las Comunidades Autónomas para la aplicación de los Planes de Vivienda (321.609.040 €) y, por otro, la partida destina a financiar transferencias a familias e instituciones sin ánimo de lucro (211.360.710 €).
Si comparamos estos importes con los presupuestos precedentes nos encontramos con lo siguiente (en millones de euros):
Planes de Vivienda. | Ayudas a Familia. | Total. | |
2012 | 193,68 | 576,00 | 769,68 |
2013 | 40,76 | 691,82 | 732,58 |
2014 | 254,00 | 498,47 | 752,47 |
2015 | 272,84 | 260,00 | 532,84 |
P. 2016 | 321,60 | 211,36 | 532,96 |
Profundizando un poco más, lo importante es conocer en qué se materializan estas cifras.
En primer lugar, los créditos destinados a financiar las subvenciones para la aplicación de los Planes de Vivienda. Estos créditos tienen por objeto transferir fondos a las Comunidades Autónomas para la gestión del Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016.
Recordemos que la competencia para la concesión de las subvenciones corresponde en exclusiva a las Comunidades Autónomas, contribuyendo la Administración del Estado a su financiación a través de transferencias a las propias Comunidades Autónomas.
En estos momentos todas las Comunidades Autónomas excepto Madrid han formalizado los convenios bilaterales para su aplicación.
Los objetivos básicos de este Plan Estatal son dos:
- Impulsar la rehabilitación (programa de fomento de la rehabilitación edificatoria) y, especialmente, la rehabilitación de barrios completos (programa de fomento de la regeneración y renovación urbanas). Se prevé que el número de viviendas afectas por las ayudas a la rehabilitación sea de 17.000.
- Fomentar el alquiler como principal instrumento de acceso a la vivienda a través de subvenciones a los arrendatarios (programa de ayuda al alquiler de vivienda) y de la creación de un parque público de viviendas destinadas al alquiler (programa de fomento del parque público de vivienda de alquiler). Se prevé que el número de viviendas afectadas por las ayudas al alquiler sea de 66.000.
En segundo lugar, los créditos destinados a las ayudas a familias e instituciones sin ánimo de lucro tienen por objeto financiar las siguientes ayudas:
Primero. La Ayuda Estatal Directa a la Entrada (AEDE), ayuda que se concede por el Ministerio de Fomento y que consiste en el abono, en pago único, de una cantidad fija atendiendo al nivel de ingresos y otras circunstancias personales y familiares del solicitante, y que está destinada a facilitar el pago de la entrada o parte no cubierta por el préstamo.
Esta ayuda fue suprimida por el Real Decreto 1713/2010, de 17 de diciembre, aunque se estableció un periodo transitorio para aquellos adquirentes que se subrogasen en el préstamo convenido del promotor siempre que dicho préstamo hubiese sido notificado al Ministerio de Fomento antes del 1 de enero de 2011.
Segundo. La Renta Básica de Emancipación (RBE). La RBE fue derogada por el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, con efectos desde el 1 de enero de 2012, aunque continuarán percibiéndola aquellos que tengan el derecho reconocido hasta que cumplan los 30 años o hasta que la disfruten durante cuatro años. Esto provoca que 2016 solo cobrarán la RBE aquellos que perciban la RBE de forma fraccionada y aquellos que tengan incidencias. La dotación para la RBE es de 6 millones de euros y el número de beneficiarios previstos es de 3.605.
Tercero. Las ayudas de subsidiación de préstamos convenidos. Se prevé que la media de familias beneficiadas por esta ayuda será de 140.000. Estas ayudas fueron suprimidas por el Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, manteniéndose solo aquellas subsidiaciones de préstamos en vigor.
Sobre esta cuestión existe una pendiente un recurso ante el Tribunal Constitucional y una creciente beligerancia de las asociaciones de afectados.
Ahora bien, la inversión pública en vivienda no solo se produce a través de la concesión de subvenciones con cargo al presupuesto del Ministerio de Fomento sino que también debe tenerse en cuenta los beneficios fiscales que en esta materia se establecen anualmente.
Dentro de los beneficios fiscales destacan, en lo que afecta a la vivienda, la deducción en la cuota del IRPF por inversión en vivienda habitual (beneficio que se suprimió para nuevos inversores a partir del 1 de enero de 2013) y por alquiler de vivienda habitual (beneficio que se suprimirá para los contratos de alquiler que se formalicen a partir del 1 de enero de 2015).
Importe en millones de euros. | Inversión en vivienda. | Alquiler de vivienda. |
2014 | 1.785,43 | 168,38 |
2015 | 1.681,21 | 179,15 |
P. 2016 | 1.241,51 | 124,80 |
Beneficiarios. | ||
2014 | 5.251.715 | 817.263 |
2015 | 4.682.073 | 853.166 |
P. 2016 | 3.921.054 | 676.389 |