El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas acaba de presentar el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2015.
En el presupuesto la denominada coloquialmente política de vivienda recibe el nombre de política de "Acceso a la vivienda y fomento de la edificación" y se materializa en tres programas:
- Promoción, administración y ayudas para rehabilitación y acceso a la vivienda, con una dotación total de 556.349.940 %u20AC.
- Ordenación y fomento de la edificación, con una dotación de 29.604.640 %u20AC.
- Urbanismo y política de suelo, con una dotación de 1.454.510 %u20AC.
Dentro del programa de promoción, administración y ayudas para rehabilitación y acceso a la vivienda destaca, por un lado, la partida destinada a financiar las subvenciones a las Comunidades Autónomas para la aplicación de los Planes de Vivienda (272.849.060 %u20AC) y, por otro, la partida destina a financiar transferencias a familias e instituciones sin ánimo de lucro (260.000.000 %u20AC).
Si comparamos estos importes con los presupuestos precedentes nos encontramos con lo siguiente (en millones de euros):
- Ejercicio 2012: Planes de Vivienda (193,68 %u20AC) – Ayudas a familias (576,00 %u20AC).
- Ejercicio 2013: Planes de Vivienda (40,76 %u20AC) – Ayudas a familias (691,82 %u20AC).
- Ejercicio 2014: Planes de Vivienda (254,00 %u20AC) – Ayudas a familias (498,47 %u20AC).
- Proyecto 2015: Planes de Vivienda (272,84 %u20AC) – Ayudas a familias (260,00 %u20AC).
En resumen, la dotación total de las partidas que financian la política de vivienda arroja las siguientes cifras:
- Ejercicio 2012: 769,68 %u20AC.
- Ejercicio 2013: 732,58 %u20AC.
- Ejercicio 2014: 752,47 %u20AC.
- Proyecto 2015: 532,84 %u20AC.
Profundizando un poco más, lo realmente importante es conocer en qué se materializan estas cifras.
En primer lugar, los créditos destinados a financiar las subvenciones para la aplicación de los Planes de Vivienda tienen por objeto transferir fondos a las Comunidades Autónomas para la gestión del Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016. Recordemos que la competencia para la concesión de las subvenciones corresponde en exclusiva a las Comunidades Autónomas, contribuyendo la Administración del Estado a su financiación a través de transferencias a las propias Comunidades Autónomas.
Los objetivos básicos de este Plan Estatal son dos:
1) Impulsar la rehabilitación (programa de fomento de la rehabilitación edificatoria) y, especialmente, la rehabilitación de barrios completos (programa de fomento de la regeneración y renovación urbanas). Se prevé que el número de viviendas afectas por las ayudas a la rehabilitación sea de 17.000.
2) Fomentar el alquiler como principal instrumento de acceso a la vivienda a través de subvenciones a los arrendatarios (programa de ayuda al alquiler de vivienda) y de la creación de un parque público de viviendas destinadas al alquiler (programa de fomento del parque público de vivienda de alquiler). Se prevé que el número de viviendas afectadas por las ayudas al alquiler sea de 66.000.
En segundo lugar, los créditos destinados a las ayudas a familias e instituciones sin ánimo de lucro tienen por objeto financiar las siguientes ayudas:
1) La Ayuda Estatal Directa a la Entrada (AEDE), ayuda que se concede por el Ministerio de Fomento y que consiste en el abono, en pago único, de una cantidad fija atendiendo al nivel de ingresos y otras circunstancias personales y familiares del solicitante, y que está destinada a facilitar el pago de la entrada o parte no cubierta por el préstamo.
Esta ayuda fue suprimida por el Real Decreto 1713/2010, de 17 de diciembre, aunque se estableció un periodo transitorio para aquellos adquirentes que se subrogasen en el préstamo convenido del promotor siempre que dicho préstamo hubiese sido notificado al Ministerio de Fomento antes del 1 de enero de 2011.
Las Aedes que quedaron vivas de acuerdo a la norma anterior se vieron afectadas por la Ley 4/2013, de 4 de junio, de manera que solo subsistieron aquellas que dispusiesen de la conformidad del Ministerio de Fomento antes del 6 de junio de 2013 y siempre que se formalizase el préstamo antes del 7 de agosto de 2013.
2) La Renta Básica de Emancipación (RBE). La RBE fue derogada por el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, con efectos desde el 1 de enero de 2012, aunque continuarán percibiéndola aquellos que tengan el derecho reconocido hasta que cumplan los 30 años o hasta que la disfruten durante cuatro años.
La RBE se mantendrá vigente hasta que sean efectivas las nuevas líneas de ayuda del Plan Estatal 2013-2016, para lo que será necesaria la publicación en el BOE de una Orden del Ministerio de Fomento.
La dotación para la RBE es de 14 millones de euros y el número de beneficiarios previstos es de 19.283.
3) La ayudas de subsidiación de préstamos convenidos. Las necesidades presupuestarias de estas ayudas se verán afectadas por la reciente rectificación de criterio por parte del Ministerio de Fomento respecto a la interpretación del artículo 35 del Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio.
Se prevé que la media de familias beneficiadas por esta ayuda será de 185.000.