El Supremo tiene la última palabra en la operación Mahou-Calderón

Hace unas semanas, el Ayuntamiento de Madrid presentó nuevamente, como si no pasara nada, el proyecto de la operación Mahou-Calderón, encaminada a levantar diez torres con cerca de 2.000 viviendas en los solares dejados vacantes por la cervecera y el Club Atlético de Madrid. Pero pasa.

El plan está pendiente de que el Tribunal Supremo se pronuncie. En 2012, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) anuló la modificación puntual del Paln General de Urbanismo de Madrid. En ese momento, el Ayuntamiento de Madrid recurrió ante el Supremo. La sentencia no es firme, por lo que el Ayuntamiento ha optado por seguir con la tramitación de esta modificación puntual como si no ocurriera nada.

Además, el pasado mes de junio se modificó el artículo de la ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, dejando sin efecto la limitación de las tres alturas en suelos urbanos. Pero esta norma carece de carácter retroactivo por lo que en caso de que el Tribunal Supremo confirmase la sentencia del TSJM, el Ayuntamiento podría verse obligado a indemnizar a los propietarios de suelo.

No sería la primera vez. El Ayuntamiento de Madrid trató de eludir las sentencias que anulan veintidós sectores de suelo urbanizable del PGOUM de Madrid y ahora se encuentra en un laberinto de difícil salida.

La enorme edificabilidad asignada al proyecto en torno al estadio de fútbol es la clave. El Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM) fue modificado en diciembre de 2009 para crear específicamente el ámbito Mahou-Vicente Calderón, una gran superficie que incluye los terrenos privados y edificables de ambos propietarios, pero también superficie municipal y zonas verdes.

El Ayuntamiento de Madrid asignó una edificabilidad de 175. 365 metros cuadrados, lo que supone duplicar la posibilidad de construir sobre las propiedades privadas. En la documentación, sin embargo, ese porcentaje desproporcionado queda disimulado, al dividir la edificabilidad entre la superficie total del ámbito.

Para rentabilizar la actuación urbanística y explotar la edificabilidad al máximo, hay que construir a lo alto. Las diez torres que se levantarán, de acuerdo al plan, sobrepasan la altura media del entorno. Cuando se aprobó la modificación puntual del plan general de Madrid no estaba permitida la construcción de edificios de más de tres plantas por lo que una asociación atlética presentó recurso.

Pero de no haberse fijado esa edificabilidad, FCC, la constructora beneficiada, no se habría embarcado en esta historia, la que pasa por quedarse con todo el beneficio lucrativo de la operación a cambio de construir el nuevo estadio del Atlético sobre la base de La Peineta y demoler finalmente el viejo estadio Vicente Calderón.

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