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5 factores a tener en cuenta en la búsqueda de una vivienda de reposición

Lo principal es explorar y analizar toda la oferta disponible en la zona deseada, realizando también un estudio de mercado sobre los precios.

Los trámites que se pueden hacer de forma online son cada vez más variados para ayudar a la compra de vivienda en la situación actual: visitar viviendas virtualmente o contratar una hipoteca o una tasación online, son algunas de las alternativas.

Actualmente se vive una época en la que las personas pasan más tiempo que nunca en casa. Este factor, unido al cambio de hábitos y demandas, principalmente por el confinamiento estricto vivido en 2020, ha generado que muchos se hayan dado cuenta de que sus hogares actuales no satisfacen sus necesidades, encontrándose así en la búsqueda de una vivienda de reposición.

Más luminosidad, espacios exteriores como terrazas y jardines o habitaciones extra para utilizar como sala de ocio o despacho para teletrabajar, son algunas de las características que están protagonizando la búsqueda de vivienda.

Pero ¿Qué factores se deben tener en cuenta a la hora de buscar una vivienda de reposición actualmente? Los expertos de Instituto de Valoraciones dan 5 recomendaciones:

Analizar los precios de la zona de interés. Lo primero que se debe hacer al buscar una nueva vivienda es definir la zona de interés del comprador. Luego de esto, se debe hacer un análisis de los precios por metro cuadrado que se barajan en la zona, teniendo en cuenta que, por ejemplo, el precio por metro cuadrado de un piso reformado no será el mismo que el de un piso para reformar. Por ello, lo ideal es hacer un estudio de los precios de la zona y definir un precio medio que se esté dispuesto a pagar, tanto para la búsqueda como para el momento de negociar. A la hora de analizar los precios de las viviendas, se debe también tener en cuenta los gastos fijos que esta pueda acarrear, como pueden ser los gastos de comunidad, el IBI, costes de suministros, etc.

Explorar toda la oferta en los distintos medios. Cuando se busca una vivienda para comprar, se debe explorar de forma detallada toda la oferta disponible en la zona de interés. Para ello, la clave es estar al día de las nuevas opciones que se publican en los portales inmobiliarios, que permiten hacer una búsqueda con diversos filtros como zonas, rangos de precios o características del inmueble, y que además ofrecen la posibilidad de configurar alertas que avisen cuando se publique un nuevo inmueble con las características deseadas. Incluso, hay portales que ofrecen visitas 360º o con tecnología 3D del inmueble, como es el caso del portal inmobiliario Vitrio, algo muy útil para realizar un primer filtrado y visitar físicamente solo aquellos inmuebles que puedan ser buenos candidatos. También está la opción contar con el asesoramiento de profesionales del sector que puedan ayudar en la búsqueda.

Informarse sobre los trámites que se pueden realizar online. Las empresas Proptech han ido creciendo en el ámbito inmobiliario ofreciendo, tanto a profesionales como a clientes del sector, facilidades para realizar cualquier transacción, gestión o servicio. Y en este último año, han proliferado aún más los servicios virtuales que se pueden realizar, como puede ser firmar contratos de alquiler totalmente online, visitar viviendas de forma virtual, contratar servicios a domicilio o domotizar un hogar, entre otros. En este sentido, existen también diversas herramientas virtuales que pueden facilitar y agilizar a los compradores los trámites necesarios para comprar una vivienda. Entre ellos: contratar la tasación de la vivienda totalmente online o comparar las hipotecas del mercado e incluso contratar una de forma online en un banco digital.

Agilizar la tasación de la vivienda mediante su contratación online. La tasación oficial del inmueble es un trámite indispensable para determinar el valor real del mismo a la hora de solicitar un préstamo para la compra de una vivienda. Y es que la contratación de una tasación se puede realizar de forma particular, sin necesidad de intermediarios, directamente con una sociedad de tasación homologada por el Banco de España, como es el caso de Instituto de Valoraciones. Esto supone una ventaja para el comprador permitiéndole solicitar la tasación de forma rápida y eficaz, incluso a través de los servicios de www.institutodevaloraciones.com.

Pensar a largo plazo. La compra de vivienda es una decisión importante que generalmente se toma con perspectivas de vivir a largo plazo en dicho inmueble. Por ello, es muy importante analizar aquellos aspectos de la vivienda actual que no satisfacen a los propietarios y sus nuevas necesidades, para intentar compensarlos con la nueva vivienda. En este sentido, los compradores deben procurar adelantarse a las necesidades que puedan tener en un futuro. Por ejemplo, una pareja joven que piense en tener hijos en un futuro próximo, deberá tener en cuenta este factor para buscar una habitación extra. De la misma forma, con la situación actual ha cambiado la demanda de vivienda y, todo parece indicar que, a largo plazo, las preferencias seguirán tendiendo hacia la búsqueda de espacios exteriores como terrazas o jardines, luminosidad, viviendas más espaciosas o la alta eficiencia energética.

El euríbor subirá ligeramente en febrero, ¿se encarecerán las hipotecas?

Tras empezar el año estableciendo un nuevo récord negativo, todo apunta a que el euríbor a 12 meses cerrará febrero con una ligera subida. Y es que su media provisional, a falta de que se cierre el mes, es del -0,503%; un valor levemente más alto que el registrado en enero de 2021 (-0,505%). Aun así, desde el comparador financiero HelpMyCash.com destacan que los que tengan una hipoteca variable ligada a este índice de referencia notarán una buena rebaja en sus cuotas mensuales si su interés se les revisa en las próximas semanas.

Las hipotecas con revisión en marzo se abaratarán

Según los analistas de este comparador, el valor de febrero, pese a ser ligeramente superior al de enero, será el segundo más bajo jamás registrado. Por lo tanto, los clientes que tengan una hipoteca variable referenciada al euríbor pagarán una cuota sensiblemente más barata si les toca próximamente una revisión anual o semestral de su tipo de interés, pues la cotización de este índice era superior tanto en febrero de 2020 (-0,288%) como en agosto de ese mismo año (-0,359%).

Pongamos, por ejemplo, que un cliente tiene una hipoteca media de 150.000 euros, con un plazo de 25 años y un interés de euríbor más 1%. Si se le revisara el tipo aplicado anualmente con el valor registrado por este índice en febrero, sus cuotas se abaratarían, tras la actualización del interés, en unos 14 euros mensuales. Por lo tanto, para el próximo año pagaría casi 170 euros menos en total.

Ese ahorro no sería tan pronunciado con una revisión semestral, aunque seguiría siendo considerable. Para la misma hipoteca media, si la actualización se produjera cada seis meses, las cuotas se abaratarían en cerca de 9,50 euros mensuales. Para el siguiente semestre, en consecuencia, ese cliente pagaría casi 57 euros menos que en el anterior.

5 años por debajo del 0%

Además de registrar el segundo valor más bajo de su historia, el euríbor también alcanza otro hito en febrero: cinco años seguidos por debajo del 0%. Hace exactamente un lustro, en febrero de 2016, este índice entró por primera vez en terreno negativo tras cerrar el mes con una cotización del -0,008%. Según HelpMyCash, este aniversario es posible gracias a la política de tipos bajos que el Banco Central Europeo (BCE) ha seguido durante todo este período para estimular la economía de la eurozona.

Los más beneficiados por esta tendencia a la baja han sido, sin duda, los que tienen una hipoteca variable referenciada al euríbor. La cuota de un préstamo de 150.000 euros a 25 años y con un tipo de euríbor más 1% era, en febrero de 2016, de 564,77 euros mensuales. Con el último valor de este índice, en cambio, esas mensualidades serían de 531,81 euros, por lo que el titular de ese hipotético préstamo pagaría hoy casi 400 euros menos al año que hace un lustro.

Pendientes de la inflación

En cuanto al futuro de este índice, la mayoría de los expertos cree que el euríbor seguirá registrando valores similares a los actuales durante este año y, probablemente, también el próximo. El Departamento de Análisis de Bankinter, por ejemplo, prevé que cotizará a una media del -0,45% en 2021 y del -0,42% en 2022.

Esta tendencia, sin embargo, podría romperse si se produce un aumento muy pronunciado de la inflación en cuanto termine la pandemia de la covid-19. En ese escenario, si la inflación en el conjunto de la eurozona se situara por encima del 2% (el límite máximo marcado por las autoridades europeas para mantener la estabilidad de los precios), el BCE podría subir sus tipos de interés para tratar de contenerla, lo que previsiblemente provocaría un aumento del euríbor.

Desde HelpMyCash consideran aventurado hacer una previsión de este tipo a medio o a largo plazo, pues la evolución del euríbor podría estar sujeta a un buen número de variables: a la marcha de la economía europea tras la pandemia, a las presiones de los países de la eurozona más endeudados que se opondrían a una subida de los tipos… Por ello, a los que se planteen contratar una hipoteca variable les aconsejan seguir de cerca cualquier movimiento de este índice y calcular, por si acaso, si podrían hacer frente a las cuotas en caso de que subiera.

El 75% de las rentas más altas prefiere las viviendas de obra nueva, frente al 57% de las más bajas

A nivel general, la preferencia por la vivienda nueva frente a la de segunda mano es transversal a todas las edades y condiciones, con niveles superiores al 60% en todos los casos.

Los ciudadanos más jóvenes y con las rentas más bajas son los que más prevén un cambio de vivienda en los próximos cinco años.

La principal razón de cambiar de vivienda para todos los segmentos analizados es conseguir una vivienda mejor, aunque los más jóvenes también destacan buscar un barrio más adaptado a sus necesidades.

El Observatorio Vía Célere de la vivienda en España, promotora especializada en el desarrollo, inversión y gestión de activos inmobiliarios, ha detectado una preferencia por la compra de vivienda de obra nueva frente a la usada que es transversal a toda la población española, independientemente de su edad y condición sentimental o familiar. En todos los segmentos analizados, la preferencia por este tipo de vivienda es superior al 60%.

La mayor diferencia se registra en función de los ingresos. Un 57% del segmento de ciudadanos con ingresos bajos señala que prefiere las viviendas nuevas frente a las de segunda mano, mientras que este porcentaje asciende hasta el 70% para las personas con ingresos medios y al 75% para los ingresos más altos.

En lo que respecta a las razones para elegir este tipo de vivienda, la principal razón es la eficiencia energética, siendo la razón predominante para los mayores de 25 años, con un índice de respuestas superior al 72%, e incrementándose a mayor edad, llegando incluso a superar el 85% para los mayores de 55 años. Para los más jóvenes, en cambio, cobran una mayor importancia los materiales empleados (74%) y la decoración moderna (70%).

De la misma forma, la importancia concedida a la eficiencia energética se incrementa en los segmentos con rentas más altas, con un 88% de las respuestas, frente al 80% registrado en entre las rentas medias y el 66% de las bajas. En línea opuesta se encuentra la decoración moderna, que es más importante para el sector de la población con ingresos menos elevados, con un 59% de las respuestas frente al 50% del segmento medio y al 43% de los más ricos.

Asimismo, los solteros valoran más que las parejas el hecho de contar con zonas comunes (42% frente a 39%) y decoración moderna (54% frente a 48%). Por otra parte, los matrimonios o convivientes otorgan una mayor importancia a la eficiencia energética (79% frente al 75%) y la calidad de los materiales empleados (73% frente al 69%).

En lo que respecta al hecho de contar con niños en el domicilio, las familias con menores tienden a valorar más la decoración moderna (54% frente a 47%) y las zonas comunes (43% frente a 38%), mientras que los que no tienen pequeños a su cargo conceden una mayor relevancia a la eficiencia energética (80% frente a 74%) y los materiales empleados (75% frente a 67%).

Los que más planean cambiar de vivienda: jóvenes y con ingresos bajos

El Observatorio Vía Célere de la vivienda también ha corroborado que los más jóvenes son los que más tienen en mente realizar un cambio de domicilio en los próximos cinco años, unas intenciones que se reducen a medida que avanza la edad. De hecho, el 58% de los españoles de entre 18 y 24 años y el 59% de entre 24 y 29 planean cambiar de vivienda en ese periodo, mientras que el porcentaje se reduce hasta el 46% para la horquilla de entre 35 y 44 años, al 41% entre los 45 y 54 años, y al 30% para los mayores de 55.

En el análisis por ingresos, las rentas más bajas han demostrado una mayor predilección por el cambio, habiendo optado por esta respuesta un 46% de los casos, por un 43% de las rentas medias y un 38% de las más altas.

De igual manera, el estudio también ha puesto de manifiesto que los hombres están, en general, más dispuestos a afrontar este cambio. Un 45% de los varones afirma estar valorando realizar una mudanza en los próximos 5 años, mientras que en el caso de las mujeres se reduce a un 38%. Asimismo, las unidades familiares compuestas por una pareja (43%) y que disponen de niños (46%), prevén más una mudanza próxima que los solteros (39%) y sin niños (39%).

También es necesario señalar que el covid-19 no ha retrasado los planes de mudarse de los españoles de forma generalizada, aunque sí ha tenido un impacto algo más pronunciado en las unidades familiares con niños, ya que un 47% ha retrasado o cancelado su decisión frente a solo un 36% de los que no tienen menores a su cargo.

Razones para el cambio de vivienda: buscar una vivienda mejor

La principal razón que podría motivar el cambio de vivienda es, de forma transversal, la búsqueda de una vivienda mejor, siendo especialmente relevante en el segmento entre 35 y 44 años (61%). También se destaca que los más jóvenes conceden una mayor importancia a buscar un barrio más acorde a sus necesidades, con un 34% de las respuestas, 11 puntos más que el siguiente segmento.

Los solteros (59%), al igual que las unidades familiares con niños (57%) también priorizan las características de la vivienda de una forma más significativa que las parejas (51%) y las personas sin menores a cargo (52%). Además, cabe destacar que las familias con niños priorizan más la búsqueda de un barrio adaptado a sus necesidades (25% frente al 18%).

Por último, en lo que respecta al impacto de la pandemia, el Observatorio Vía Célere de la vivienda en España también ha detectado que el porcentaje de mujeres que han detectado que necesitan otra vivienda a raíz del covid-19 (22%) ha sido superior al de los hombres (17%).

¿Cómo será la declaración de Hacienda en 2021 para las comunidades de propietarios?

A pesar de que la Ley General Tributaria las concibe como entes sin personalidad jurídica, las comunidades de propietarios son obligados tributarios que han de hacer frente al pago de determinados impuestos y a la presentación de las oportunas declaraciones tributarias.

Para Mercedes Blanco, CEO de Vecinos Felices, unidad de negocio de Fincas Blanco especializada en administración de fincas, «las comunidades de propietarios también pueden percibir beneficios en cuanto al alquiler o venta de las zonas comunes; o pagar por rendimientos profesionales y de trabajo, en el caso de tener portero, conserje o administrador de fincas.».

Según el calendario para la declaración de la renta 2021, correspondiente al 2020 y publicado por la Agencia Tributaria, el inicio de las presentaciones ante Hacienda serán entre 7 de abril y el 30 de junio. Independientemente de la vía que se elija para realizar la declaración, es fundamental presentarla dentro del plazo, es decir, antes de que acabe el mes de junio de 2021.

En relación a la situación de las comunidades de propietarios, y teniendo en cuenta el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, «tendrán la consideración de obligados tributarios, en las leyes en que así se establezca, las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades, carentes de personalidad jurídica, que constituyan una unidad económica o patrimonio separado susceptible de imposición». Y añade: «las comunidades propietarios, aún carentes de personalidad jurídica, sí tienen la condición de obligados tributarios».

En este contexto, las comunidades de propietarios también deberán percibir los beneficios en cuanto al alquiler o venta de las zonas comunes; o pagar por rendimientos profesionales y de trabajo, en el caso de tener porteros, conserjes o administradores de fincas.

«En muchos casos, las comunidades de vecinos llevan a cabo actividades económicas que generan ingresos, como la colocación de anuncios en las fachadas y el alquiler de espacios comunes», afirma Mercedes Blanco. «Pero ello dependerá de la actividad comercial que se realice porque, por ejemplo, los alquileres de espacios comunes destinados a vivienda no están sujetos al IVA, aunque si lo están al IRPF», agrega.

La obligación básica y mayormente recurrida, es la de contar con un código de identificación fiscal (CIF), imprescindible para realizar las operaciones en Hacienda. Además, gracias al avance de la digitalización, también es importante contar con un certificado electrónico que permita realizar la presentación de autoliquidaciones de impuestos, declaraciones o comunicaciones de Hacienda.

«El modelo 347 que se presenta en febrero, es el más utilizado, e implica la declaración anual de las operaciones con terceras personas, en el que se declaran los pagos a terceros o las adquisiciones de bienes o servicios que se efectúen al margen de las actividades profesionales o empresariales», informa Blanco. Y agrega: «los suministros comunitarios de electricidad combustible con destino a su uso y el consumo comunitario de agua, junto con los seguros de las zonas comunes, quedan exentos de ser incluidos».

Junto con este modelo, también se deberá incurrir en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)antes mencioanado, siempre que la comunidad lleve a cabo actividades económicas, como el arrendamiento de espacios comunes; y en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, que será excepcional al uso de garajes o trasteros y será un pago que repercutirá directamente en los comuneros.

¿Cómo se controla y cuáles son las posibles infracciones?

Según la Agencia Tributaria, las comunidades de propietarios pueden incurrir en infracciones, ya sea porque se encuentran bajo una mala administración o porque no cumplen con los plazos de presentación en Hacienda. La Ley General Tributaria, que aplica a toda España, prevé sanciones ante estas faltas, que incluyen «los reclamos correspondientes, los impuestos no liquidados correspondientemente y otras medidas más graves».

«Durante los últimos años, la Agencia Tributaria se ha puesto más firme a la hora de perseguir posibles fraudes fiscales», informa Mercedes Blanco, quien cuenta con amplia experiencia en la administración de fincas. Y agrega: «si bien las comunidades de vecinos no suelen ser un foco de evasión fiscal, es necesario cumplir con los plazos y fechas previstas para las presentaciones que correspondan en Hacienda».

En el caso de las comunidades, si bien ellas son las obligadas a presentar las declaraciones, la responsabilidad recae sobre el administrador, que debe ocuparse de estar en contacto con la totalidad de los vecinos, que pueden ser 10 como 180. En este caso, también es importante contar con un certificado digital para recibir notificaciones al instante.

«Desde Vecinos Felices, siempre recomendamos la confección de un calendario de obligaciones fiscales para evitar que se olvide la presentación de alguna declaración. De esta forma, lograremos evitar sanciones por incumplimientos fiscales», finaliza Blanco.

Pese a ello, y como consecuencia de la pandemia, el comité de expertos de la Agencia Tributaria analizará una reforma fiscal integral que contará con el plazo de un año para aprobar sus conclusiones, por lo que la normativa puede llegar a cambiar si las comunidades de vecinos se encuentran perjudicadas por los gastos extra que impuso la propagación de la COVID-19.

¿Qué responsabilidad tiene la gestora de cooperativas de viviendas?

La promoción de viviendas mediante cooperativas es una figura clásica en nuestro mercado inmobiliario pero que en las últimas décadas ha mutado desde su finalidad inicial, cuando colectivos profesionales se agrupaban para construir viviendas en los últimos coletazos del desarrollismo de los años 70 del siglo pasado, a configurarse como un instrumento más en el negocio de los promotores profesionales.

Cada vez es más habitual la existencia de empresas cuya actividad principal es la promoción inmobiliaria por su propia cuenta que directamente o mediante filiales constituyen cooperativas de viviendas para limitar la responsabilidad y, sobre todo, el riesgo y ventura de la actividad.

Esas empresas -las denominadas gestoras de cooperativas- se encargan de toda la actividad de la promoción, localizando y adquiriendo el suelo, encargando el proyecto y realizando la comercialización de las viviendas, pero los compradores finales en lugar de suscribir un contrato con la promotora, se incorporan a la cooperativa que se ha creado ad hoc para el edificio. Por supuesto, antes del inicio de las ventas, los fundadores de la cooperativa de viviendas -que es, en realidad, la empresa gestora- la comprometen contractualmente frente a la cooperativa de distintos modos: mediante contratos de mandato de gestión, contratos de asesoramiento, contratos de asistencia técnica… con la finalidad de asegurar unos beneficios a la gestora equivalentes a los de una promotora convencional pero con la ventaja de que el riesgo derivado de las posibles demoras, de las modificaciones de proyectos, o cualquiera de los que son habituales en los negocios inmobiliarios no los asume la gestora, cuyo beneficio está garantizado, sino los socios de la cooperativa.

Advirtiendo del surgimiento de este nuevo fenómeno, la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, incorpora a la gestora de cooperativas como uno de los agentes de la edificación, extendiéndole la responsabilidad del promotor (artículo 17.4), tanto con carácter solidario frente a los demás actores como individual por su propia actuación como promotor.

La ley amplía así el ámbito de responsabilidad a la gestora de cooperativas, cuando efectivamente actúe ejercitando las funciones que son propias del promotor, como es habitual que suceda, imponiéndole el régimen de los agentes de la edificación también en materia de vicios de la construcción, sin perjuicio de sus responsabilidades contractuales generales del Código Civil para con la cooperativa o sus socios.

Los tribunales han venido reconociendo esta posición de la gestora de cooperativas como verdadero promotor a los efectos de la responsabilidad frente a los adquirentes de vivienda. Sirva de ejemplo por su claridad la Sentencia de la Audiencia Provincia de Madrid núm. 78/2010, de 8 de febrero: siendo la sociedad gestora una entidad cuyo objeto es precisamente la promoción y gestión de viviendas en régimen de cooperativa y comunidad de propietarios […] basta ver las obligaciones contraídas y la retribución pactada, nada menos que el 10% sobre el total devengado en la actuación promocional, incluyendo el importe de los terrenos, urbanización material y gastos indirectos de construcción.

Además de las labores de gestión de la cooperativa, es habitual que las gestoras también realicen las labores de comercialización, siendo el verdadero vendedor de las viviendas pese a la posición intermedia que ocupa la cooperativa en la operación. En esos casos, la jurisprudencia ha impuesto a la gestora de cooperativas la obligación de entregar la vivienda en las condiciones adecuadas, es decir, libre de defectos. De nuevo, es elocuente el ejemplo de la Audiencia Provincial de Madrid, en su Sentencia de 18 de abril de 2013: [d]ado que la demandada se lucró con la venta de los pisos, realizó la memoria de calidades y se le comunicaban los cambios que se querían realizar en la construcción, se la considera promotora y por tanto debe responder por los defectos constructivos.

Galicia bonifica hasta un 50% la venta de 857.000 metros cuadrados de suelo empresarial

La Xunta de Galicia pone a disposición de las empresas gallegas o de aquellas interesadas en asentarse en la Comunidad 857.085 metros cuadrados de suelo empresarial con precio de venta bonificado en un 50% o en un 30%, según la zona donde se emplace el parque.

En este sentido, acaba de publicarse el anuncio del concurso con la oferta de suelo de Xestur para 2021, después de que el Consejo de Administración del organismo público acordara el pasado viernes su convocatoria para vender o adjudicar en derecho de superficie 280 parcelas disponibles en 17 ayuntamientos.

El suelo podrá adjudicarse en compraventa, con bonificaciones sobre el precio de venta del 50% en los parques de las provincias de Lugo y Ourense, de Ferrolterra, de la Costa da Morte y en aquellos situados cerca de la frontera portuguesa; y del 30% en el resto. En la convocatoria de este año, cerca del 40% del suelo que ofrece Xestur será bonificado con el 50 por ciento del precio.

Las empresas interesadas en presentar ofertas al concurso podrán hacerlo a partir de mañana, 23 de febrero, y hasta el próximo 23 de marzo.

En 2021 el concurso de suelo de Xestur incluye novedades para adaptarse a las especiales condiciones que vive el país como consecuencia de la pandemia de la Covid-19.

De esta manera, las empresas a las que se adjudique suelo en la modalidad de compraventa podrán solicitar una prórroga para proceder a la escrituración del suelo adjudicado. En concursos anteriores el plazo era de solo un mes desde la adjudicación.

Por lo que respecta a los adjudicatarios de suelo en derecho de superficie (una modalidad que permite acceder al suelo a cambio de un canon anual muy reducido y con opción de compra) tendrán la posibilidad de solicitar tres años de carencia para el pago del canon, lo que supone un notable incremento del plazo respecto a los 12 meses de carencia que podían solicitar en años anteriores. El canon correspondiente al período de carencia será prorrateado en las ocho anualidades siguientes.

Por otra parte, los adjudicatarios en régimen de derecho de superficie que lo deseen podrán adquirir las parcelas con bonificación hasta el octavo año después de la adjudicación, lo que supone dos años más que hasta ahora. Además, en caso de que finalmente adquieran la parcela, se descontará el 40% del pago en concepto de canon si la adquisición se realiza en los 12 años posteriores a la adjudicación, cuando hasta ahora ese plazo era de siete años.

También se incrementan los requisitos que deben cumplir los adjudicatarios para garantizar el cumplimiento de los objetivos de las bonificaciones, que son la creación de riqueza y empleo.

Así, las empresas adjudicatarias seguirán obligadas a construir sus instalaciones y obtener licencia de actividad en el plazo máximo de tres años desde la formalización de la adjudicación en escritura pública, pero estarán obligadas a mantener la actividad durante un período mínimo de diez años, que se incrementa hasta 12 si la parcela se adquiere con el objetivo de ofrecer naves en régimen de alquiler a otras empresas.

Política de incentivos desde 2015

Desde que en el año 2015 la Xunta de Galicia estableció una política de bonificación del precio del suelo empresarial de su propiedad, con el objetivo de facilitar el acceso al mismo por parte de los interesados en asentarse en un parque empresarial gallego o ampliar sus instalaciones ya existentes, se adjudicaron ya cerca de 2,2 millones de metros cuadrados a 443 empresas con bonificaciones por importe de más de 64,3 millones de euros. De este modo, el Gobierno gallego se convirtió en la única administración pública que ofrece bonificaciones de hasta el 50% en el precio del suelo empresarial de su propiedad.

El resultado final de estas rebajas en el precio de venta de superficie industrial es el fomento de la actividad empresarial y la creación de riqueza y puestos de trabajo, al tiempo que también se incide de manera positiva en la ordenación del territorio incentivando a las empresas a asentarse en espacios específicamente creados para ellas o a trasladarse a los parques empresariales desde emplazamientos poco adecuados para su actividad.

Hace falta recordar también que a partir de 2016 se ofreció además la posibilidad de adjudicar suelo en forma de derecho de superficie, con un canon anual muy reducido por metro cuadrado. El valor del suelo adjudicado desde entonces en esta modalidad supera los 13,5 millones de euros.

La inversión directa en edificaciones e instalaciones por parte de las empresas adjudicatarias de suelo empresarial de la Xunta de Galicia se estima que asciende a 540 millones de euros, habida cuenta los datos que constan en las memorias aportadas por los compradores de parcelas, la ocupación media de parcelas y el coste medio de edificación de las naves. Asimismo, los puestos de trabajo creados se estiman en unos 5.400.

Más suelo a través del IGVS y de los parques en urbanización

Hace falta recordar que la Xunta aún ofrecerá más suelo empresarial bonificado una vez se convoque el concurso de venta o adjudicación en derecho de superficie del suelo propiedad del Instituto Galego da Vivenda e Solo (IGVS) y se saque también a concurso el suelo que está en estos momentos en proceso de urbanización, como es el caso de las ampliaciones de los parques de As Gándaras (Lugo), de Xinzo de Limia y de otras localidades.

En total, a lo largo de 2021 el Gobierno gallego ha previsto ofrecer a las empresas más de 1,4 millones de metros cuadrados de suelo empresarial bonificado repartidos en 545 parcelas y en un total de 38 ayuntamientos.

Canarias expedienta a la promotora Amojo por vender pisos protegidos en Tenerife sin autorización

El consejero de Obras Públicas, Transportes y Vivienda del Gobierno de Canarias, Sebastián Franquis, ha anunciado que desde su departamento, a través del Instituto Canario de la Vivienda (ICAVI), va a abrir un expediente sancionador contra la empresa Promociones Amojo SL, por incumplir el Real Decreto 2066/2008 que regula el Plan Estatal de Vivienda 2009-2012 al que se acogió esta empresa en 2013 para obtener una subvención a cambio de declarar a las 66 viviendas de Las Acacias, situadas en Granadilla de Abona, como de protección oficial y promoción privada.

Dicho Plan estipula que la venta o transmisión de este tipo de viviendas, aunque sean de promoción privada, deben contar con la autorización previa del Gobierno de Canarias, autorización que nunca se ha concedido.

Este expediente sancionador sirve, además, como anticipo al siguiente paso que la Consejería pretende dar en este caso para defender los legítimos derechos de los arrendatarios de las 66 viviendas del Residencial Las Acacias, que es la presentación de una demanda civil para declarar la nulidad de todas las ventas a las que se han sometido estas casas.

Para poder presentar esta demanda, la Consejería trabaja ya con el Servicio Jurídico de la Comunidad Autónoma para estudiar la viabilidad de activar un proceso contencioso por la vía civil que anule la primera y sucesivas ventas de estas viviendas de protección oficial de promoción privada, al realizarse sin autorización previa. Además, el Real Decreto antes mencionado estipula que estas viviendas de protección oficial en Las Acacias están sujetas a un régimen legal de protección durante 30 años.

Estos serán los principales argumentos que empleará la Consejería para sancionar administrativamente a la promotora original e intentar anular judicialmente la venta de las casas de Las Acacias, al considerar que la transmisión de la propiedad de estas viviendas protegidas de una empresa a otra ha sido «irregular» al quebrantarse las estipulaciones del Real Decreto que establece la obligatoriedad de solicitar la autorización previa del Gobierno a través del ICAVI, algo que nunca se hizo.

La Consejería abre de esta forma dos líneas de actuación para preservar y defender los derechos de estas familias que viven como arrendatarios en Las Acacias. Por un lado, por la vía administrativa, se abre un procedimiento sancionador que podría derivar en una sanción a la promotora original de estas casas, y por el otro, y por medio del Servicio Jurídico de la Comunidad Autónoma, se abre un contencioso judicial de naturaleza civil para anular las ventas de las viviendas al considerar la Consejería que estas operaciones son fraudulentas por tratarse de viviendas que siguen sometidas al régimen de protección oficial y que no pueden ser vendidas sin autorización previa del Gobierno.

La Consejería, con el interés de la defensa del interés general y especialmente el de las 66 familias afectadas por estas ventas irregulares de sus viviendas protegidas, da un paso más en el apoyo a estos afectados con los que ya se han coordinado otras actuaciones en los juicios individuales que se han iniciado ya en varios juzgados de Tenerife, aportando toda la documentación requerida en la que se certifica que no consta ninguna petición previa de autorización por parte del ICAVI que permitiera la venta de estas casas.

Valencia permite disponer de licencia de ocupación de viviendas nuevas con una declaración responsable

La Asociación de Promotores Inmobiliarios de la Provincia de Alicante (PROVIA) ha celebrado la aprobación de la nueva normativa que permite disponer de la licencia de ocupación de vivienda (que tramitan los ayuntamientos) con una declaración responsable, lo que en opinión de PROVIA supondrá un ahorro importante en trámites y burocracia de casi dos meses para el comprador y el promotor inmobiliario. Desde PROVIA, explican que el Decreto 12/2021 que regula la declaración responsable para la primera ocupación y sucesivas de vivienda «es un paso muy importante en el intento de modernizar la administración pública valenciana, porque aportando la documentación que desglosa en el Decreto y una declaración responsable de la promotora, el comprador podrá ocupar su nueva vivienda inmediatamente, tras la firma de la escritura de compraventa».

Hasta la aprobación de este decreto, los plazos de obtención de la licencia de ocupación una vez terminada la edificación se extendían de media dos, y en ocasiones tres meses, y suponía un gran esfuerzo administrativo para las empresas promotoras puesto que cada ayuntamiento aplicaba modelos de gestión diferentes. La norma, instada desde la Unión Europea, permite generar mecanismos de corresponsabilidad de la ciudadanía, puesto que al mismo tiempo que se gana en agilidad en su tramitación, en caso de fraude, las sanciones son más duras para el infractor.

PROVIA ha mostrado su satisfacción porque parte de las aportaciones a esta nueva norma se han hecho desde el seno de la organización, muchas de las cuales se han recogido y han permitido avanzar en el proceso de simplificación y modernización de la normativa en materia de vivienda.

Desde el punto de vista de PROVIA, este decreto armoniza los criterios de todos los ayuntamientos de la Comunidad Valenciana, donde cada uno de ellos utilizaba un procedimiento y exigía una documentación y plazos diferentes. Además, supone un paso en la modernización del funcionamiento de los ayuntamientos, que ahorran tiempo en el proceso de tramitación y que sólo deben centrarse en la comprobación posterior. «Y, sobre todo, quien gana es el ciudadano, que sabe cuándo puede disponer de su vivienda, sin tener que esperar a la respuesta del ayuntamiento. En el caso de clientes que viven lejos de la provincia, incluso en el extranjero, esto es muy importante para el proceso de venta «, explican desde PROVIA

La asociación considera que sería recomendable iniciar por parte de la Administración una serie de acciones informativas y formativas en los diferentes municipios de la Comunidad Valenciana junto a la Federación Valenciana de Municipios y Provincias (FVMP) para extender su aplicación en el menor tiempo posible en el conjunto del territorio de la Comunidad Valenciana.

El Plan VIVE no contará con las cooperativas de viviendas

La Federación de Cooperativas de Viviendas de la Comunidad de Madrid (FCVCAM) informa de que el modelo cooperativo no podrá presentarse a las ofertas de suelo contempladas en el Plan VIVE al haber quedado excluidas en el pliego de condiciones recientemente publicado por la Comunidad de Madrid.

«Tras haber analizado con detenimiento tanto el pliego de condiciones particulares como el pliego de condiciones técnicas que regirán el otorgamiento de las concesión de dominio público sobre terrenos integrantes de redes supramunicipales de la Comunidad de Madrid (Plan VIVE) y comprobar la exclusión de las Cooperativas de Viviendas y de otras entidades de la Economía Social como licitadores en dicho Plan, por contener en definitiva la obligación de constituir Sociedades Anónimas para ser adjudicatarias de las correspondientes concesiones, manifestamos que el Consejo Rector de CONCOVI Madrid ha acordado por unanimidad no tomar parte, ni presentar ofertas al Concurso Público sobre terrenos integrantes de las redes Supramunicipales de la Comunidad de Madrid».

El pliego, por lo tanto, elimina toda posibilidad a una cooperativa de viviendas de acceder a dichos suelos, una cuestión que desde CONCOVI Madrid lamentamos profundamente, dado que la fórmula cooperativa es tan adecuada como cualquier otra para dar salida a los suelos públicos, al perseguir ambos el mismo objeto social, es decir, facilitar el acceso a una vivienda digna y adecuada, en las mejores condiciones y al precio más asequible de mercado, a todos los ciudadanos que así lo requieran.

La Federación y las cooperativas de viviendas a las que representa, prestan un servicio esencial a la ciudadanía y mantienen, desde su Registro de Demandantes de Viviendas (RDV) a miles de familias y ciudadanos clasificados y estructurados que demandan vivienda protegida, para impulsar viviendas exclusivamente a través del modelo cooperativo, en todas las modalidades de acceso (en propiedad, alquiler y régimen de cesión de uso) para facilitar el derecho de uso y disfrute de una vivienda digna y adecuada como consagra el artículo 47 de la Constitución Española, por el cual «Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada», función y objeto social que seguiremos defendiendo y representando en colaboración con cualquier agente o Administración Pública que nos lo demande.

Desde CONCOVI Madrid, su presidente, Juan Casares, señala que «nos ha sorprendido mucho, creemos que excluir a las cooperativas de este Plan es un error, a no ser que la Administración haya contemplado otro plan específico para cooperativas y haya guardado una reserva de suelo».

«Las cooperativas de viviendas son entidades sin ánimo de lucro, formadas por personas con unas necesidades comunes y que cumplen con un objeto puramente social. Las cooperativas de viviendas son un modelo no especulativo, un modelo que escucha la gente y atiende sus necesidades, y estos fines son los que han de perseguir los suelos de propiedad pública», destaca Casares. Asimismo, añade que

«CONCOVI Madrid siempre ha mantenido una buena relación con la Administración Autonómica, especialmente con la Consejería de Vivienda, junto a la que trabajamos activamente para avanzar en materia de colaboración público-privada, intentando ambos cumplir con nuestra obligación de facilitar el acceso a la vivienda a todos los ciudadanos, especialmente hacia aquellos grupos con mayores dificultades. Quedar fuera de este pliego nos dificulta esa labor». Pese a ello, el presidente de CONCOVI confía en seguir trabajando con la Comunidad de Madrid en otros programas o convocatorias en la que sí puedan participar exclusivamente cooperativas de viviendas. «Quiero reiterar a la Comunidad de Madrid y a la Consejería que representas nuestro fiel compromiso para continuar estudiando y proponiendo líneas de colaboración público-privada en la que el Gobierno de la Comunidad de Madrid y nuestro modelo social puedan alcanzar con éxito el objetivo común de dar respuesta a la demanda de vivienda por parte de las familias y ciudadanos madrileños», asegura Casares.

Las cooperativas de viviendas afiliadas a CONCOVI y a sus Federaciones Territoriales generaron en el año 2020 más de 11.000 viviendas en todo el territorio nacional, siendo la Comunidad de Madrid la más activa en este sector, con un total de 6.192 viviendas gestionadas, casi el 60% del total nacional, lo que demuestra la gran fuerza y capacidad que tienen en esta región. Asimismo, el Registro de Demandantes de Viviendas de CONCOVI había registrado, desde el anuncio de este Plan, varios miles de solicitudes de demandantes que buscaban acceder una vivienda en dentro del Plan Vive, pudiendo haber cubierto sin lugar a dudas la demanda exigida de no haber quedado fuera este modelo en el pliego de condiciones presentado.

Por último, Casares indica que «CONCOVI Madrid espera que, pese a haber quedado fuera, el desarrollo del Plan Vive sea un éxito y alcance el objetivo propuesto para que todos los ciudadanos madrileños puedan beneficiarse de esta iniciativa. Desde la Confederación seguiremos trabajando y ayudando a la Comunidad para sacar adelante medidas cuyo fin último sea permitir el acceso a la vivienda a los ciudadanos».

First Workplaces lanza la primera gestora especializada en Oficinas Flexibles en España

La COVID-19 ha acelerado el desarrollo y la implantación de los espacios flexibles. Bajo este nuevo escenario, First Workplaces lanza una nueva línea de negocio, First Management, la primera gestora especializada en oficinas flexibles con la que, patrimonialistas e inversores dotarán a sus activos de mayor valor para afrontar las nuevas necesidades del mercado de oficinas.

First Management ofrece proyectos llave en mano con gestión integral desde el análisis de la cartera de activos a la gestión y explotación diaria como centros First.

El objetivo es liderar el nuevo mercado de la gestión inmobiliaria en España y llegar a gestionar más de 40.000 m2 en 2024.

First Workplaces, referente independiente del sector del Flex Office en España con más de doce años de experiencia en el sector, lanza First Management, la primera gestora especializada en Oficinas Flexibles en nuestro país. Con el lanzamiento, patrimonialistas e inversores dotarán a sus activos de mayor valor para afrontar las nuevas necesidades del mercado de oficinas, ofreciendo proyectos llave en mano con gestión integral, que abarcan desde el análisis de la cartera de activos, a la gestión y la explotación diaria de los espacios como Centros First Workplaces.

La gestora se dirige a grandes propietarios de activos, como inmobiliarias, socimis, aseguradoras o fondos de inversión, que poseen grandes carteras de activos que deben reposicionar para incrementar su rentabilidad y valor, además de dotarles de nuevas capas de servicios para una mayor satisfacción de los clientes. Por otro lado, también está orientada a family offices o pequeños patrimonialistas, abriéndoles un nuevo modelo de negocio más rentable que el mero alquiler de la oficina tradicional. El objetivo de First Management es liderar el nuevo mercado de la gestión inmobiliaria en España y llegar a gestionar más de 40.000 m2 en 2024.

Óscar García Toledo, CEO de First Workplaces, señala: «First Management es una idea que estábamos estudiando antes de la llegada de la COVID-19. La pandemia y los cambios en nuestros hábitos diarios han servido de catalizador para acelerar su puesta en marcha. Nos dirigimos hacia una economía más avanzada donde el espacio de trabajo tiene que ser capaz de adaptarse de una manera rápida a las nuevas necesidades de los usuarios. Apostamos por un modelo de oficina «Spaces as a Service» (SaaS), con espacios flexibles y eficientes, similar al de los hoteles que ofrezca todos los servicios».

Espacios flex para revalorizar activos inmobiliarios

Con el modelo de vida actual y el nuevo escenario económico, los espacios flexibles y el coworking siguen mantenido su gran potencial. Según datos de The Instant Group, se estima un crecimiento de más del 21% de la oferta de espacio flexible en 2021 y, JLL afirma que para 2030 la cifra llegará al 30%.

«Las empresas van a seguir teniendo su sede, pero van a tener que compatibilizarla con los Flex Office Las oficinas tenderán a ser un espacio para compartir y humanizar la relación con los compañeros», añade Óscar García Toledo.

En tiempos de incertidumbre, los espacios flexibles minimizan los riesgos ya que entre otras ventajas ofrecen contratos más flexibles, ahorro de costes, menores inversiones, más tecnología, diversidad de ubicaciones y un servicio flexible e inmediato. A nivel socioeconómico, el modelo flex aumenta la productividad, mejora el bienestar de los empleados y disminuye la huella de carbono por la optimización de los recursos.

First Management ofrece un proyecto de trabajo avalado por doce años de experiencia en el sector: «Los activos deben ser rentables e incrementar su valor, queremos desarrollar un crecimiento sostenible, en línea con nuestros propios principios de eficiencia y generación de valor para el inversor, el cliente y First», añade García Toledo.

El foco de First Management está puesto en Madrid y Barcelona, pero también se están analizando oportunidades de inversión en Valencia, Bilbao, Sevilla, Málaga, Zaragoza o A Coruña.

2021 será un año estratégico para First Workplaces, que continuará con su plan de expansión sostenible para consolidar su posición como referencia nacional del Flex Office con más más de 30.000 m² y 20 centros.