El Colegio de Administradores de Fincas de Murcia coaccionó a los colegiados para que cobraran precios mínimos

La fijación de precios mínimos a través de la recomendación colectiva de un baremo de honorarios orientativos, acompañada de amenazas, coacciones y otras acciones dirigidas contra los profesionales que desearan aplicar rebajas o descuentos en los precios, es la razón por la que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado con 9.300 euros al Colegio Oficial de Administradores de Fincas de Murcia (COAFMU).

Competencia considera probado que el Colegio era plenamente consciente de la prohibición del mantenimiento de honorarios orientativos de precios tras la reforma de la Ley de Colegios Profesionales en 2009. Conducta infractora que tiene como objetivo directo y acreditado lograr la unificación y concertación de precios de los profesionales libres colegiados en su seno, a través de la influencia ejercida sobre los mismos, evitando el juego de la libre competencia.

A pesar de ser consciente de la prohibición, decidió continuar manteniendo este baremo de precios mínimos durante los años siguientes y controlar su implantación y seguimiento entre los colegiados, especialmente de la zona de Cartagena y La Manga del Mar Menor, los lugares donde mayor actividad se produce.

Para conseguir tales propósitos, remitía circulares y celebraba reuniones, en las que se coordinaban y actualizaban colectivamente los honorarios a través de estudios económicos de costes mínimos que evitasen la competencia entre los profesionales afectados.

Además, para lograr estos objetivos, el Colegio Oficial de Administradores de Fincas de Murcia amenazaba a los colegiados en dichas circulares y reuniones con la expulsión del colegio. Así como posibles acciones judiciales contra aquellos que efectuaran rebajas sobre los precios concertados colectivamente.

También desarrolló una campaña publicitaria dirigida a los usuarios y contraria a la libre competencia, en la que acusaba y desprestigiaba profesionalmente a los colegiados que fijaban precios por debajo del baremo recomendado

La CNMC ha instado al Servicio Regional de Defensa de la Competencia de la Región de Murcia para que vigile y cuide del cumplimiento íntegro de la Resolución. Y recuerda que, contra la resolución, no cabe recurrir en la vía previa administrativa, pudiendo hacerlo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación, ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, la Audiencia Nacional.

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