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Afloran 25.000 casas andaluzas en suelo no urbanizable

Si tienen al menos seis años de antigüedad, no están en zonas inundables o de especial protección y no afectadas por expedientes administrativos, entre 20.000 y 25.000 edificaciones situadas en suelos no urbanizables de Andalucía podrán regularizarse tras la aprobación, por el Consejo de Gobierno, de la modificación de tres artículos la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA).

La norma dará seguridad jurídica a titulares de viviendas localizadas en pequeñas parcelaciones sobre las que ya no se pueden ejercer acciones disciplinarias, al abrir la posibilidad de aplicarles el régimen de asimilado al de fuera de ordenación (AFO).

Los propietarios podrán inscribir los inmuebles en los registros de la propiedad y acceder a los servicios básicos de luz y agua. Asimismo, deberán adoptar medidas correctoras urgentes para eliminar los impactos paisajísticos o ambientales que pudieran haberse producido, especialmente sobre los recursos hídricos.

En el caso de edificaciones en parcelas que tengan la condición de asentamientos, la regularización se realizará a través de la incorporación de los mismos al planeamiento urbanístico.

Además de la modificación de los artículos, la norma incluye también tres disposiciones adicionales dirigidas a reforzar el proceso de identificación de edificaciones en suelo no urbanizable, garantizar el acceso a la información de las mismas y facilitar su registro en caso de regularización.

En la primera de estas disposiciones se establece que los ayuntamientos deberán iniciar en un plazo de dos años la redacción del avance de planeamiento, instrumento necesario para la identificación de las viviendas y la aplicación del régimen AFO.

La segunda obliga a las corporaciones a responder en un plazo máximo de dos meses a las consultas planteadas por la ciudadanía en relación al régimen urbanístico aplicable a los terrenos y edificaciones en suelo no urbanizable. Finalmente, la tercera introduce un régimen complementario al del AFO con el fin de poder hacer efectivo el trámite del registro de las propiedades regularizadas.

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