El Fondo Social de Viviendas se prorroga hasta enero de 2016 para facilitar alquileres entre 150 y 400 euros al mes

El Fondo Social de Viviendas (FSV) se ha prorrogado por un año más, hasta el 17 de enero de 2016, según han acordado los firmantes del acuerdo para su creación. El FSV se puso en marcha hace dos años con 6.000 viviendas aportadas por las entidades financieras para dar asistencia a las familias vulnerables por la crisis mediante alquileres reducidos (entre 150 y 400 euros al mes, con un límite máximo del 30% de los ingresos de la unidad familiar). Hasta la fecha se han acogido 1.465 familias. 

El FSV se puso en marcha el 17 de enero de 2013 mediante acuerdo entre los Ministerios de Economía y Competitividad, Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y Fomento, las principales entidades de crédito del país y sus asociaciones, la FEMP y la plataforma del tercer sector.

El convenio expiraba a los dos años de su firma, es decir, el 17 de enero pasado. El FSV es una de las medidas, junto al Código de Buenas Prácticas y la moratoria para desahucios, que el Gobierno ha puesto en marcha y de las que en conjunto se han beneficiado unas 30.000 familias.

En mayo de 2014 se acordó ampliar el ámbito de aplicación del Fondo para dar cabida a un mayor número de familias especialmente afectadas por la crisis y sin capacidad para afrontar el pago de un alquiler en régimen de mercado. Un total de 1.465 familias han accedido a viviendas aportadas por las 33 entidades financieras participantes.

Se pueden beneficiar del FSV aquellas personas que hayan sido desalojadas de su vivienda habitual después del 1 de enero de 2008 como consecuencia de una demanda de ejecución por impago de un préstamo hipotecario.

Deben reunir una serie de requisitos económicos. En concreto, que el conjunto de los ingresos mensuales de la unidad familiar no supere el límite de tres veces el Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (1.597 euros conforme al IPREM actual); y que ninguno de los miembros de la unidad familiar disponga de vivienda en propiedad.

Además, deben cumplir con otros requisitos como ser familia numerosa; tener menores a cargo; tener algún discapacitado; que el deudor esté en situación de desempleo y haya agotado las prestaciones;  las víctimas de violencia de género; las personas mayores, prejubilados o jubilados, que hayan avalado con su vivienda a sus hijos o nietos; y todas aquellas personas o unidades familiares con circunstancias de vulnerabilidad social distintas de las anteriores para las que la vivienda supone, de acuerdo con el informe de los servicios sociales competentes, un activo indispensable para el mantenimiento de su inclusión social.

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