jueves, 5 febrero 2026
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Por fin llegó la Amnistía para las viviendas ilegales andaluzas

Málaga. Dice el refrán «Nunca llueve a gusto de todos» y debe ser esta la sensación de los afectados por viviendas ilegales andaluces tras el decreto aprobado este mes de enero. Quizás el peso social y la presión de los afectados, plataformas y Ayuntamientos involucrados han hecho girar la balanza hacia la amnistía, ya esperada para no aumentar los desahucios de familias en plena crisis económica.
La practica de construir en suelo no urbanizable fué muy extendida en las ultimas décadas tanto por autóctonos como por extranjeros que ante la llamada de suelo barato y facil edificación sobre todo en pueblos del interior de las provincias andaluzas, fué el principio de un gran dolor de cabeza para los responsables de urbanismo de la Junta de Andalucía.

Este problema urbanístico trascendía a la legalidad, la demolición no era una solución factible y las consecuencias económicas y sociales una vez que miles de familias ya habían habitado dichas viviendas ilegales podrían ser muy perjudiciales y es que en palabras de la consejera andaluza de Obras Públicas, Josefina Cruz Villalón: «Son viviendas que no pueden ser demolidas ni legalizadas», por tanto el limbo jurídico estaba servido.

El decreto distingue, a grandes rasgos, tres supuestos: las edificaciones aisladas, los asentamientos urbanísticos (parcelaciones con entidad suficiente como para necesitar dotaciones y servicios colectivos) y los denominados ámbitos de Hábitat Rural Diseminado (edificaciones con usos y actividades vinculadas al medio rural que también requieren de servicios públicos).

La Junta calcula que en Andalucía hay entre 300.000 y 350.000 viviendas irregulares aisladas.

La radiografía actual ha quedado de la siguiente manera:

– 10% nunca podrán legalizarse, porque están en suelos protegidos y zonas inundables o porque el delito urbanístico no ha prescrito

– Otro 10% sí pueden ser legalizado con el planeamiento actual

– 80% restante el delito ha prescrito y, aunque nunca serán legales por estar en suelo no urbanizable, los Ayuntamientos podrán otorgarles un «reconocimiento» jurídico como «asimiladas a fuera de ordenamiento»

El principal escollo para los afectados era la falta de licencia de ocupación y la inscripción en el registro de la propiedad cuyas circunstancias han sido detalladas y solventadas por el ejecutivo andaluz.

Por una lado la licencia de ocupación la podrán obtener las edificaciones que se encuentren en conformidad con el planeamiento ‘tengan o no licencia urbanística’ y reúnan unas condiciones mínimas de habitabilidad y seguridad; las que no son compatibles con el planeamiento pero lo fueron en el momento de su construcción, y todas aquellas que se edificaron antes de 1975 si mantienen el uso y las características tipológicas y no se encuentran en ruina.

Por otra parte la posibilidad de inscripción en el registro de la propiedad de estas edificaciones para obtener mayor seguridad jurídica y así conseguir de las compañías suministradores agua y luz necesario para regularizar su situación ha sido una novedad añadida.

Los principales detractores de estas medidas han sido los ecologistas en acción y WWF que han considerado como error institucional la regularización.

Autora: Silvia Velasco Navarro

Fuentes: Junta de Andalucía y noticia publicada en el diario elpais.

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