miércoles, 6 diciembre 2023

La gran mayoría de propietarios (90%) han aplicado el 2% a la hora de actualizar las rentas

El 90% propietarios han aplicado el 2%, y el 10% de propietarios restantes, la mitad de ellos pactaron subidas mayores: entre el 2,50%-7,6% y la otra mitad no aplicó ninguna subida.

Los propietarios se podrían ver obligados a actualizar las rentas incluso por debajo del 2%.

Si esta medida se alarga en el tiempo, traerá tres graves consecuencias: subida de precios, pérdida poder adquisitivo para los propietarios, y un aumento significativo de viviendas provenientes del alquiler a la compraventa.

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Este sábado se cumplirá un mes de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley, donde se incluía una limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda, quedando limitada la subida a la variación experimentada por el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), situada, en estos momentos, en el 2% (2,02%).

La Agencia Negociadora del Alquiler (ANA), informa que, una vez analizados los contratos de alquiler que gestionamos, que tocaba su actualización a partir del 31 de marzo, fecha de entrada en vigor de esta norma, hemos comprobado como la gran mayoría de propietarios (90%) han aplicado el 2% a la hora de actualizar las rentas. El 10% restante de arrendadores, la mitad de ellos han pactado con los inquilinos subidas mayores, que van desde un 2,50% a un 7,6%, y la otra mitad de propietarios decidieron no aplicar ningún porcentaje y dejar congelada la renta de alquiler. “En muchos casos, estos acuerdos, se habían producido con anterioridad, donde los propietarios ya habían decidido no aplicar la totalidad del IPC, sino la mitad, cuando el IPC estaba en valores del 7,6% o del 9,8%.”, añade su director General, José Ramón Zurdo.

Resumen de los datos:

• 90% propietarios han aplicado el 2%
• 10% propietarios:
– La mitad de ellos pactaron subidas mayores: entre el 2,50%-7,6%
– La otra mitad no aplicó ninguna subida.

¿Qué sucede si la renta de alquiler tocaba la actualización antes de la entrada en vigor del Real Decreto, pero el propietario comunica la actualización al inquilino dentro del período extraordinario que comprende este Real Decreto (31-mar / 30 de jun. de 2022) ?

Según fuentes del Mitma, que fueron consultadas por Telemadrid, desde el Ministerio aseguraron que, aunque la anualidad del contrato de alquiler se haya cumplido con anterioridad a la entrada en vigor del RD, pero el propietario comunica la actualización al inquilino dentro del período extraordinario que comprende este Real Decreto se debe aplicar la norma aprobada en el Real Decreto y limitar la renta al IGC. “Estamos en total desacuerdo con esta valoración del Ministerio, y aunque la actualización de renta se haya comunicado a partir del 31 de marzo, si el contrato cumple la anualidad antes de la entrada en vigor del Real Decreto, éste contrato queda fuera de las medidas de este Real Decreto, y deberá actualizarse de acuerdo con el último IPC que tenga publicado el INE en la fecha en que vence la anualidad, y la renta actualizada será exigible al mes siguiente, tal y como se recoge en el artículo 18.2 de la LAU”, advierte José Ramón Zurdo. “El Real Decreto solo afecta a los arrendamientos que toque la actualización, porque se cumpla la anualidad, en el periodo comprendido entre el 31 de marzo y el 30 de junio”, añade Zurdo.

En estos supuestos, donde el arrendador comunica la actualización de la renta, meses después de cumplida la anualidad, desde ANA informan que, los meses que no se ha actualizado la renta, los perderá el arrendador, puesto que la actualización se aplica al mes siguiente a aquel en el que se ha comunicado, es decir, no se aplica con carácter retroactivo.

LOS PROPIETARIOS SE PODRÍAN VER OBLIGADOS A ACTUALIZAR LAS RENTAS INCLUSO POR DEBAJO DEL 2%

“El Real Decreto Ley limita las actualizaciones de las rentas de los arrendamientos, al índice de garantía de competitividad (IGC), siempre que éste no supere el 2%, (actualmente está en el 2,02%). Pero perfectamente podría suceder, como ha ocurrido en numerosas ocasiones con este índice, que el IGC se situara por debajo del 2%, y en este caso las actualizaciones de renta habría que hacerlas, de forma obligatoria, aplicando valores por debajo del 2%”, señala José Ramón Zurdo.

“Por lo tanto, esta regulación, prosigue Zurdo, es un arma de doble filo para los pequeños arrendadores, donde pueden acabar perdiendo aún más poder adquisitivo y tener sus rentas de alquiler prácticamente congeladas. Esto es así porque, al vincularse al IGC, podría ocurrir que, en estos 3 meses que estará en vigor esta medida, o en las sucesivas y probables prorrogas que pudiera haber, porque la situación actual no se arregla en tres meses, este índice se situará, por ejemplo, en el 1,5% o 1%”. Subraya José Ramón Zurdo.

Desde la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA) aconsejamos a los arrendadores, que, para evitar posibles bajadas del IGC, se alcance un acuerdo con los inquilinos por el que las revisiones de rentas no se hagan aplicando el IGC, sino un porcentaje fijo del 2%.

ENCARECIMIENTO DE LOS ALQUILERES Y UN MENOR MANTENIMIENTO DE LAS VIVIENDAS

La Agencia Negociadora del Alquiler avisa que, al limitar las actualizaciones de la renta con el IGC, y más si cabe, si esta medida se alarga en el tiempo, traerá tres graves consecuencias:

1.- Los propietarios subirán las rentas de alquiler, para compensar la limitación de las actualizaciones.
2.- Los arrendadores, al perder poder adquisitivo, dedicarán menos recursos o ninguno para un correcto mantenimiento de sus viviendas en alquiler.
3.- Ante las trabas e inseguridades del mercado del alquiler, se producirá un aumento significativo de viviendas provenientes del alquiler a la compraventa.

Por último, José Ramón Zurdo, avisa del peligro que puede suponer que se prorrogue esta medida extraordinaria en el tiempo, “como se han prorrogado otras muchas de las decretadas por el Gobierno durante la pandemia, y se convierta en una forma sutil de intervenir el precio de los alquileres, sobre todo, en aquellas Comunidades Autónomas que ya han manifestado su intención de no aplicar la limitación de las rentas, que recogerá la futura ley de vivienda que actualmente está debatiéndose en el Congreso de los Diputados”.

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