lunes, 27 enero 2025

¿Qué debo tener en cuenta al renovar el contrato de alquiler?

«He vivido tres años de alquiler y en caso de renovar el contrato me piden una subida de 300 euros al mes. Es imposible». Esta y otras frases se repiten cada día en las principales ciudades españolas. Muchos de sus protagonistas han tenido que dejar el piso porque su casero les exigía una subida inasumible, lo que suponía un sobreesfuerzo económico para unos salarios que no han crecido desde la llegada de la crisis. Según las últimas cifras, el gasto medio dedicado a pagar el alquiler en Barcelona es de 824 euros al mes y en Madrid, la renta sube hasta los 1.255 euros mensuales. En muchos casos las familias dedican más del 40% o más de su salario para llegar a fin de mes, lo que las sitúa en situación de vulnerabilidad ante cualquier imprevisto económico que pueda surgir.

Una preocupación constante para los propietarios y los inquilinos, a parte de las mensualidades a pagar y las reparaciones, se debe al desconocimiento de la regulación de los alquileres. La Ley de Arrendamientos Urbanos vigente regula los alquileres de vivienda y por tanto los derechos y obligaciones que afectan a ambas partes del contrato: por un lado el propietario o arrendador, y por otro el inquilino o arrendatario.

¿Cómo funciona la ley?

Uno de los temas que más suelen preocupar es la duración del contrato y su prórroga. Según el abogado de ARAG y especialista en Derecho Penal y Civil, Luis Daunis, «las partes pueden fijar la duración que estimen conveniente del alquiler, ahora bien, para el supuesto que ésta fuere inferior a 3 años, el inquilino podrá, si así lo desea, continuar en la vivienda hasta alcanzar dicho plazo».

No obstante, según Daunis «el propietario tiene la obligación de comunicar a su inquilino con al menos 30 días de antelación a la fecha de terminación del contrato su voluntad de no renovarle el contrato. Si no se cumple con dicha previsión, los efectos legales son claros, el contrato se prorrogará en esos casos por un año más, y transcurrido éste, si tampoco se comunica la no renovación con 30 días de antelación, operará la prórroga tácita, que supone la renovación anual, si en el contrato el importe de la renta está establecido anualmente; o mensual para el caso en el que la renovación sea por meses».

Aspectos a tener en cuenta para la renovación

En primer lugar es muy importante que en caso de no querer renovar el contrato de alquiler al inquilino, se comunique la situación a través de un burofax o mediante comunicación firmada por el propio inquilino conforme la ha recibido.

Una vez transcurrido el plazo de vigencia del contrato de alquiler, el propietario será libre de exigir al inquilino, si así lo desea, nuevas condiciones para poder seguir usando y disfrutando de la vivienda alquilada. En este caso podrá exigir un precio totalmente distinto y nuevo para el alquiler. Si el inquilino no lo acepta, estará obligado a abandonar la vivienda alquilada.

Respecto a la fianza, Daunis recuerda que «el artículo 36 de Ley de Arrendamientos Urbanos establece la obligación de prestar una fianza equivalente a una mensualidad». En este sentido, al renovar el contrato la actualización de la fianza podrá ser al alza, o por el contrario disminuirse si por las circunstancias que fueren el precio del alquiler variase. La finalidad de la fianza es cubrir los desperfectos que puedan producirse en la vivienda y resulten imputables al inquilino, por ello y a efectos de acreditar el estado en que se entrega y posteriormente se devuelve la vivienda, resulta recomendable incluir un reportaje fotográfico sobre los principales elementos de ésta, y firmado por ambas partes del contrato. Solo de este modo, el propietario podrá en el momento de finalizar el contrato, descontar los desperfectos del importe de la fianza, o en su caso, reclamar mayor indemnización para el supuesto que ésta no cubra suficientemente los daños causados.

Una solución: el seguro de alquiler

Para olvidarte de los problemas que puede ocasionar alquilar tu piso, se han diseñado distintos seguros con el fin de reclamar y defender lo que te corresponde. A modo de ejemplo, te ayudan con la cobertura de las mensualidades impagadas, las indemnizaciones por actos vandálicos y asistencia jurídica. Lo más recomendable antes de renovar el alquiler es blindar tus derechos ya seas arrendador o arrendatario.

- Advertisement -

Comparte las Noticias en tus Redes Sociales

Síguenos

- Publicidad -

CONTENIDOS DE PORTADA

- Publicidad -

CONTENIDOS RELACIONADOS

Las viviendas en alquiler seguirán descendiendo tras las últimas medidas del Gobierno

El Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Alicante prevé...

La inflación aceleró un 18% la demanda de vivienda

• Crece la inversión en vivienda como escudo financiero ante la...

Guía práctica para evitar accidentes hogareños este invierno

Si son utilizados de manera correcta, los detectores de humo, fuego...

Culmia entrega su promoción Santa Catalina II en Jaén

• Culmia Santa Catalina II está formada por 54 amplias viviendas...

Acuerdo turístico entre Madrid y Buenos Aires con enfoque sostenible

El Ayuntamiento de Madrid ha reforzado su alianza con Buenos Aires...