Madrid. En la auténtica ruina, sin ningún tipo de ingresos, bajo auténtico riesgo de exclusión social y con una única vivienda en propiedad son las condiciones incluidas en el decreto de ley de Medidas Urgentes que, de contar con el visto bueno del Gobierno, será aprobado hoy en el Consejo de Ministros para que las familias eludan el desahucio por impago de las cuotas del préstamo hipotecario. Eso sí, solo podrán aplicarlo las entidades que confirmen públicamente su adhesión al código de buenas prácticas.
Además, la cuota hipotecaria deberá ser superior al 80% de los ingresos netos del conjunto de la familia, y el valor de la vivienda afectada se situará entre 120.000 y 200.000 euros, según el tamaño del municipio. En el decreto se incluye también la posibilidad de incluir en riesgo de exclusión a familias que tengan al titular de la vivienda con más de 65 años o sea discapacitado.
También se tendrá en cuenta la existencia de menores a cargo del titular, hijos mayores con minusvalía igual o superior al 33% o ascendientes mayores de 65 años. En el caso de los intereses de demora tras los impagos de los vencimientos, el decreto establecerá que su tasa anual no podrá superar el 1,5% sobre el saldo vivo del crédito.
Como ya se había adelantado, en el Código de Buenas Prácticas se recoge la posibilidad de que los bancos, si lo estiman oportuno otorguen al cliente la dación en pago. Circunstancia que, desde el Gobierno se estima que no se puede imponer, ya que la medida acabaría teniendo el efecto contrario que se busca.
En lugar de activar el mercado inmobiliario y la fluidez del crédito, una imposición como esa acabaría por trasladar a los clientes el coste de lo que los bancos dejarían de ingresar. Además de la dación, el código una posible moratoria de dos años antes del desalojo o la posibilidad de abonar durante ese plazo una cantidad equivalente a un alquiler