lunes, 2 febrero 2026
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El Consejo Gallego de la Competencia garantiza la actuación de los arquitectos como peritos judiciales

Santiago de Compostela. El Consejo Gallego de la Competencia (CGC) ha cerrado el expediente sancionador abierto contra el Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia (COAG) y el Consejo Gallego de Aparejadores y Arquitectos técnicos (CGCAAT) por posibles prácticas que restringían la competencia tras llegar a un acuerdo para que puedan actuar con peritos judiciales dándose de alta en las correspondientes listas que elaboran sus colegios profesionales.

El departamento que preside Francisco Hernández mostró su satisfacción por finalizar el expediente de manera convencional, y sin sanción, después de que el COAG y el CGCAAT se comprometieran a eliminar las trabas impuestas a los profesionales que quieren actuar como peritos judiciales. Además, subrayó que se abre la competencia y permite ampliar sustancialmente el número de profesionales que pueden actuar como peritos judiciales.

Con este acuerdo, el CGC garantiza que arquitectos y arquitectos técnicos puedan actuar como peritos judiciales dándose de alta en las correspondientes listas que elaboran sus colegios profesionales.

Así, el Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia y el Consejo Gallego de Colegios de Aparejadores y Arquitectos Técnicos se comprometen con el CGC a eliminar las normas colegiales que actualmente dificultaban o impedían que un arquitecto o arquitecto técnico pudiera actuar como perito judicial.

De este modo, ya no se podrá exigir como condición previa para ser perito judicial, requisitos tales cómo acreditar un número de años de experiencia arbitrariamente fijado por el colegio o haber realizado cursos de formación organizados por el propio colegio profesional.

A partir de ahora cualquier profesional que cumpla los requisitos establecidos legalmente, puede darse de alta en la lista de peritos que elabora su colegio y ser designado por un juez para participar cómo perito en una causa. Además, el COAG y el CGCAAT deberán acreditar documentalmente ante lo CGC el cambio en las normas colegiales a lo que se comprometieron y deberán comunicárselo a todos los profesionales colegiados de manera individual y a través de sus respectivas páginas web.
 

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