Madrid. Los 30.000 millones de euros del Fondo de Financiación de Pagos a Proveedores que el Gobierno puso en marcha hace un año supuso todo un alivio para las arcas de muchas empresas, entre ellas las del sector de la construcción. Prácticamente se pusieron al corriente de pago todas las deudas comprometidas hasta el cierre del ejercicio de 2011. Pero, desde entonces, prácticamente no se ha vuelto a pagar nada, con lo que lo adeudado vuelve a ser significativo. Un tercio de los nuevos 14.000 millones pendientes de pago lo son para empresas de las construcción.
Casi 5.000 millones estimados por una deuda directa de 2.233 millones, más lo correspondiente a servicios urbanos, cuyo pendiente de pago alcanza casi los 2.500 millones.
Pese a las decisiones del Gobierno, es evidente que no bastan. Hay que buscar, además, otro tipo de soluciones que incidan en la raíz del problema obligando de manera eficaz a que las administraciones paguen lo que deben en tiempo y forma, según obliga la ley. Lo que hay que modificar, dicen las empresas, es el marco normativo que regula el procedimiento de pago a proveedores.
Para la construcción, las empresas implicadas exigen al Ejecutivo que considere el reconocimiento de las certificaciones de obra en cualquier nuevo plan de pago a proveedores, ya que entre los requisitos incluidos en los anteriores planes de este tipo se excluyó una parte importante de ellas por lo que no fueron abonadas, aunque estos documentos son a todos los efectos comparables a facturas pendientes de pago.
La certificación supone el reconocimiento, por parte de la administración, de la efectiva realización de los trabajos amparados en cada una de ellas y, por tanto, gozan de presunción de legitimidad y, al ser un acto administrativo su emisión y aceptación, se adeuda lo que en ellas se indique.
Sin embargo, los requisitos exigidos para el desarrollo de los anteriores planes de pago de deudas de la Administración Pública a sus proveedores hicieron que una parte importante de estas certificaciones de obra pendientes de pago no fueran incluidas y, por tanto, no se abonaran. Ha de incluirse en los próximos planes de este tipo la peculiaridad que en el sector de la construcción representan estos documentos, ya que hay muchos contratos de obra o parte de ellos que se han ejecutado pero no hay facturas sino certificaciones.
Asimismo se deberían incluir en los próximos planes de pago a proveedores otros tipos de obligaciones pendientes que hasta ahora no lo han sido, como es el caso de las deudas por expropiaciones, tanto las procedentes de suelo por obras públicas de interés general como las de promotores y juntas de compensación, así como las deudas pendientes por subvenciones que correspondan a planes de vivienda.