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El fraude fiscal detectado en disminuye un 37% durante 2020 debido a las inspecciones no presenciales

Durante el año de la pandemia, se contabilizaron 313,4 millones de euros evadidos, un 37% menos que en 2019, cuando se detectaron aproximadamente 430,7 millones de euros.

Esta bajada se puede imputar «a la forzosa realización de las inspecciones en forma no presencial, que ha restado capacidad de averiguación», señalan desde Círculo Legal Madrid.

El delito fiscal se produce cuando la cuota defraudada supera los 120.000 euros dentro de un período de un año, en los impuestos de declaración periódica, como, por ejemplo, el Impuesto sobre la Renta o el IVA.

El fraude fiscal detectado en España disminuye un 37% durante 2020, según informa la Agencia Tributaria; durante el año de la pandemia, se contabilizaron 313,4 millones de euros evadidos, mientras que en 2019 fueron aproximadamente 430,7 millones de euros. Esta bajada se puede imputar «a la forzosa realización de las inspecciones en forma no presencial, que ha restado capacidad de averiguación», según señala Diego Cabezuela, socio fundador del despacho Círculo Legal Madrid.

No se trata, pues, solo de una disminución vinculada a la bajada de la actividad económica, especialmente clara en los meses de confinamiento, sino del formato en el que se han investigado las cuentas de los sospechosos de estar evadiendo impuestos: «El fraude podría seguir siendo el mismo, lo que ocurre es que no se ha detectado, por lo que los resultados de las Inspecciones son inferiores», aclara Diego Cabezuela.

¿Qué se considera el fraude fiscal?

El delito fiscal se produce cuando la cuota defraudada supera los 120.000 euros dentro de un período de un año, en los impuestos de declaración periódica, como, por ejemplo, el Impuesto sobre la Renta o el IVA. También se considera fraude fiscal la evasión de esa misma cantidad cuando se trata de un hecho imponible de tracto único, por ejemplo, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales que tiene que pagarse por una compraventa. En el caso de fraude a la Hacienda de la Unión Europea, el delito comienza, aunque con penas muy bajas, a partir de los 4.000 euros.

Las modalidades de defraudación fiscal son muy amplias y van desde el impago, puro y simple, de los tributos, a la falta de ingreso de las cantidades retenidas, o debidas retener, a terceros, o de los pagos a cuenta preceptivos, o a obtener devoluciones o beneficios fiscales indebidamente. En este sentido, «es importante destacar que, para que exista delito, tiene que existir fraude, es decir animo de engaño. Por lo cual, los errores de declaración o diferencias de criterio con la Hacienda Pública no debieran acarrear responsabilidad penal, siempre que no haya habido ocultación de los datos económicos reales», explica Diego Cabezuela, aunque, añade, «esto en la práctica no es tan simple y muchas veces los contribuyentes se ven abocados a situaciones difíciles por temas que, en sí mismos, serían perfectamente discutibles».

En todo caso, siempre es posible hacer una regularización voluntaria y evitar, así, la responsabilidad penal, si se hace antes de que la Administración haya notificado al contribuyente el inicio de actuaciones inspectoras o la interposición de una denuncia o querella por parte del Ministerio Fiscal o el Abogado de la Administración defraudada.

¿Qué consecuencias existen para los que defraudan a Hacienda?

«Las consecuencias del delito fiscal son muy duras», afirma Cabezuela. La pena básica es la de prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo de la cuota defraudada. A estas penas, se deben sumar otras como la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas durante tres a seis años. Además, «el que resulte condenado habrá de hacer frente como responsabilidad civil el pago a la Hacienda Pública de la cuota defraudada con los intereses de demora, entre otros», apunta el socio fundador de Círculo Legal Madrid.

Estas penas pueden elevarse en casos de especial gravedad, tales como aquellos en que la cuota defraudada exceda de 600.000 euros o se utilicen estructuras ficticias o paraísos fiscales, o cuando exista una organización criminal. O también, estas penas pueden reducirse en el caso de que el contribuyente investigado pague la deuda tributaria al recibir la primera notificación judicial, o en el caso de que colabore el Juzgado aportando pruebas que permitan condenar o localizar a otros participantes en la defraudación, o bien hallar los bienes de estos. «Es una forma de primar la delación entre los responsables del delito», comenta Diego Cabezuela.

Por otra parte, este delito es de aquellos por los que responden penalmente las personas jurídicas, por lo que – aparte de la imposición a los autores, a las personas físicas, de estas penas – la persona jurídica responsable puede ser sancionada, separadamente, con multas muy elevadas, hasta cuatro veces la cuota defraudada por el autor. Por supuesto, al igual que las personas físicas, con la pérdida de la posibilidad de obtener beneficios fiscales o de la Seguridad Social, y también con la prohibición de contratar con la Administración. Se trata de «una prohibición que, en determinados sectores de actividad, puede suponer para la persona jurídica un obstáculo muy difícil de superar», analiza Diego Cabezuela.

Más del 50% de los propietarios e inquilinos no firman el fin del contrato de alquiler

Cuando concluye el contrato de alquiler de un inmueble, propietario e inquilino deben firmar un documento que fije las clausulas del fin de dicho acuerdo. No obstante, «Más del 50% de los propietarios e inquilinos no firman el fin del contrato de alquiler, en la mayoría de los casos por desconocimiento y se arriesgan a posibles problemas a futuro» afirma Jesús Duque, vice presidente de la red Alfa Inmobiliaria.

El fin de contrato es un documento en el que se dan por cerradas y terminadas las obligaciones que puedan haberse fijado al iniciar dicho alquiler y liberan a cada una de las partes de las responsabilidades contraídas.

Este acuerdo debe recoger algunos puntos esenciales como que la vivienda ya está vacía y que el propietario es libre para recuperar la gestión de su inmueble; debe reflejar si existen obligaciones pendientes por parte del inquilino -por ejemplo el pago de recibos de suministros, etc.-, o la devolución de la fianza de forma total o parcial, en función de si retiene el líquido necesario para hacer frente a algún tipo de reparación o deuda pendiente.

«Es importante reflejar la fecha a partir de la cual el inquilino queda libre de la obligación de pagar la renta y es también muy recomendable hacer una revisión conjunta, inquilino y propietario, sobre el estado del inmueble a su entrega», afirma el directivo de Alfa Inmobiliaria, una compañía con más de 100 agencias operativas en nuestro país, y otro centenar fuera de nuestras fronteras.

¿Cuándo es recomendable firmar este acuerdo?

La firma de este documento debe realizarse siempre que concluya la relación comercial entre un inquilino y el propietario, sea cual sea el motivo por el que se llegue a esta situación. Tanto si el contrato llega a su fin, y una de las partes no quiere renovar el acuerdo, como si una de las partes decide -y los supuestos legales le permiten- interrumpir esta relación antes de que el contrato expire, es importante firmar este documento por ambas partes.

«Es importante también tener en cuenta al avalista», recuerda Duque. En el caso de los jóvenes que se trasladan a otra ciudad a estudiar, o que alquilan por primera vez, es frecuente que cuenten con los padres como avalistas. Esta figura se comprometen a pagar cualquier posible deuda en el caso de que los inquilinos no puedan hacerles frente. En estos casos, el directivo de Alfa Inmobiliaria recomienda también que este participe en este fin de contrato, de forma que también quede totalmente liberado de cualquier responsabilidad.

La Asociación de Gestoras de Viviendas, premiada por defender los derechos de entidades y ciudadanos

La Asociación de Gestoras de Viviendas (AGV) ha sido una de las entidades galardonadas en la edición 2021 de los Premios Vivienda La Razón 2021 por de defensa de los derechos e intereses de las entidades y ciudadanos, reconociendo así su liderazgo en la gestión de cooperativas de viviendas.

El premio fue recogido por Juan José Perucho, presidente de AGV, que destacaba «el reto que supuso en 2015 que las compañías más importantes dedicadas a la gestión de cooperativas unieran sus fuerzas por un bien común, a pesar de ser competencia directa».

El acto de entrega de premios tuvo lugar en el hotel Palace de Madrid y contó con la presencia del consejero de Vivienda y Administración Local de la Comunidad de Madrid, David Pérez, quien aprovechó la ocasión para destacar que «desde la Comunidad de Madrid creemos en una política que impulse a la vivienda, bajando impuestos y eliminando trabas».

En este sentido, también destacaba Pérez el hecho de que «hemos promovido un pacto por la vivienda, intentando dar estabilidad a sus condiciones y fijar unos principios. Confiamos mucho en este sector por haber estado caracterizado por ser un generador de ilusión y prosperidad, además de una fuente de empleo».

Asimismo, el consejero también quiso enviar un mensaje de esperanza a los más jóvenes, en su intención de «facilitar el acceso a aquellos grupos de población que tienen más dificultades para acceder a un piso o pagar una entrada. Queremos dar facilidades tanto a la promoción y edificación de viviendas como para su accesibilidad».

Junto a la Asociación de Gestoras de Viviendas, también resultaron premiados en distintas categorías fueron Asturiana de Laminados, Engel & Volkers, Gresmanc S.L, Modular Home, Asenjo Arquitectos Asociados, Adnaya Green Solutions, Murelli Cucine, Walter Haus Real Estate, Thermochip-Cupa Group, Mediterranea Broker, Asko, Murprotec, Arrenda Business Group, Comamsa, MIW Energía-My Energía Oner, Inmho y Best House.

Las terrazas no deben suponer un problema para las comunidades de propietarios

Actualmente hay 8.000 terrazas en funcionamiento en Madrid, 2.678 de ellas puestas en marcha durante la crisis de la COVID, según los datos del Ayuntamiento de Madrid.

«Las terrazas no deben suponer un problema para las comunidades de propietarios, siempre y cuando no haya ruidos y otras actividades molestas que impidan el descanso de los vecinos», comenta Isabel Bajo, presidenta de CAFMadrid.

Desde CAFMadrid piden al Ayuntamiento que esté atento al exceso de suciedad adicional que se puede generar en las calles con terrazas.

Tras la petición del sector hostelero de ampliar el plazo por las inversiones realizadas en las terrazas ya existentes y de nueva apertura, la Comisión de Terrazas del Ayuntamiento de Madrid ha decidido ampliar la exención de pagar la tasa de terrazas y la posibilidad de poner mesas o sillas sobre la calzada hasta el 31 de diciembre de 2021.

Actualmente hay 8.000 terrazas en funcionamiento en Madrid, 2.678 de ellas puestas en marcha durante la desescalada del año pasado, según los datos del Ayuntamiento de Madrid. Estas últimas han supuesto en algunas comunidades de propietarios cierta inquietud al tratarse de zonas donde antes no se podía realizar esta actividad, ocupando plazas de estacionamiento o calzadas y ubicadas en la mayoría de los casos en calles estrechas.

«Nos parece una buena iniciativa el impulso económico de un sector tan castigado por la pandemia como el hostelero, y además una tranquilidad para los clientes que prefieren consumir al aire libre y evitar contagios de coronavirus que se pueden producir en espacios cerrados», comenta Isabel Bajo, presidenta de CAFMadrid.

Bajo considera que, «en principio», si la terraza se instala en la vía pública y cumple con los requisitos administrativos como la licencia de actividad u horario, no debe de revestir mayor problema para las comunidades de propietarios, siempre y cuando no haya ruidos y otras actividades molestas que impidan el descanso de los vecinos.

Otro de los puntos que puede resultar crítico es la limpieza, por eso el CAFMadrid pide al Ayuntamiento que esté atento al exceso de suciedad adicional que se puede generar en las calles con terrazas, y refuercen los servicios de limpiezas en estas zonas cuando sea necesario.

Desde CAFMadrid quieren poner en conocimiento del Ayuntamiento de Madrid estos temas sensibles para las comunidades de propietarios, para que se tengan en cuenta en la nueva Ordenanza de Terrazas que se está preparando.

Un espacio de trabajo poco flexible es la primera barrera para la Creatividad

Un 74% de los trabajadores a nivel mundial afirma necesitar hacer uso de su creatividad para hacer frente a sus desafíos laborales del día a día. A su vez, el 85%, cree que su rol requerirá más nivel de creatividad en su futuro profesional.

Según un estudio de Steelcase, el 90% de los trabajadores cree que la colaboración es fundamental para fomentar la creatividad, por lo que las oficinas Agile se erigen como una de las mejores soluciones para conjugar colaboración y seguridad en esta fase de la pandemia COVID-19.

La creatividad es uno de los recursos más valorados por las compañías y, actualmente, el día a día de muchos empleados requiere de ello, según afirma un 74% de trabajadores a nivel mundial. Una habilidad que, además, marcará el futuro laboral de la mayoría de las empresas y sus empleados según apunta el 87% de los españoles y el 85% de los trabajadores a nivel mundial, tal y como se desprende del estudio «Creatividad en el Trabajo» de Steelcase.

En el marco del Día Mundial de la Creatividad y la Innovación, Steelcase, consultora especializada en la planificación y diseño de espacios de trabajo, analiza la relación entre la configuración de un espacio de trabajo y el fomento de la creatividad empresarial, a través de distintos estudios realizados a nivel mundial.

¿Puede un espacio fomentar la innovación y la creatividad? La primera barrera tangible para fomentar la creatividad empresarial es un espacio de trabajo poco inspirador, según señala un 20% de la población encuestada a nivel mundial. Solo superado por los procesos organizacionales (37%) y la sobrecarga de trabajo (36%), se trata de una respuesta instantánea que aparece antes que la tecnología obsoleta (también 20%), siendo para los trabajadores el punto en que se canalizan todas las variables anteriormente mencionadas, según investigaciones llevadas a cabo en España, Francia, Alemania, Reino Unido, Estados Unidos y Japón.

Es significativo que la definición de creatividad aplicada al trabajo según países fluctúa en función de los países analizados, pues el 52% de los trabajadores de Reino Unido y el 47% de los trabajadores de Alemania ubicaba su conceptualización de Creatividad en espacios más próximos a la expresión artística. De la misma forma que las definiciones fluctúan según países, también lo hace la importancia de esta capacidad para el día a día laboral. El país encuestado que más utiliza la creatividad es Alemania, donde el 83% de los trabajadores afirma que deben ser creativos en su trabajo, ya sea diariamente o alguna vez a la semana, seguido por EE. UU., donde el porcentaje es del 82%.

En el otro extremo se sitúan los trabajadores japoneses, con solo un 54% que afirma que debe ser creativo al menos una vez a la semana y casi una cuarta parte, un 22%, que afirma que en su trabajo no es necesaria la creatividad. Para España, que no es uno de los países que más se autodefine como creativo en su día a día, no obstante, conseguir cambiar esto es una voluntad para el 62% de los trabajadores españoles encuestados.

Qué hacer para impulsar la creatividad en el trabajo

Actualmente, el 90% de las personas cree que la colaboración es fundamental para crear nuevas y mejores ideas, según investigaciones de la compañía. Por ello, es imprescindible tener en cuenta el nuevo contexto laboral actual, siendo menos probable que esto suceda si se trabaja en casa o si los trabajadores pasan la mayor parte de su tiempo en la oficina en una fila de bench.

La oficina ha experimentado cambios significativos previa y posteriormente a la pandemia actual, y distintos expertos de Steelcase ya enmarcaban los tres principales factores que las personas quieren que su oficina les proporcione ahora, según un estudio global sobre el Teletrabajo lanzado por la compañía en 2021:

Colaborar con otros de manera efectiva.

Poder acceder más fácilmente a herramientas y recursos.

Permitir la posibilidad de socializar, con las suficientes medidas de distancia y seguridad.

En este sentido, aparecen las oficinas con una metodología Agile como una solución técnica que permita conjugar colaboración y seguridad. Tomando en consideración la esperada prolongación de la COVID-19 en los próximos meses, las oficinas que cuenten con esta óptica en su diseño, permitirán que los espacios se utilicen en función de los proyectos, sin barreras y adaptados a las necesidades de los trabajadores.

De esta forma, la metodología Agile aplicada al diseño de oficinas presenta como principales ventajas la agilidad, flexibilidad y capacidad de adaptación de los espacios, que coinciden con las distintas etapas de esta metodología de trabajo. Un planteamiento que multitud de empresas multinacionales ya estaban incorporando previamente a la actual pandemia. Sin embargo, la mayoría de los espacios no están diseñados para favorecer una colaboración fluida, sino que están adaptados para dar cabida al número total de empleados presentes en la oficina, algo que contrasta con las expectativas de los trabajadores, especialmente en aquellos países como España, en el que los trabajadores se muestran interesados en desarrollar su creatividad y disrupción.

Para Teo Manzano, director de Innovación de Steelcase Iberia: «El espacio es el principal freno o impulso a la creatividad, y la pandemia no ha hecho más que precipitar un cambio que en muchas organizaciones ya era necesario. Trabajar en espacios flexibles, en un modelo híbrido y que permitan la colaboración con seguridad es, en estos momentos, la principal fórmula de continuar generando valor añadido en la prestación de servicios, al mismo tiempo que se cuida el compromiso de los empleados. Las personas no quieren volver a lo de antes; necesitan volver a algo mejor».

Referencias

1. Estudio «Creatividad en el Trabajo». Steelcase, 2018.

2. Estudio Global «Expectativas cambiantes y el futuro del Teletrabajo». Steelcase, 2020.

¿Qué hacer cuando la hipoteca está referenciada a yenes japoneses o francos suizos?

La característica principal de este tipo de préstamo hipotecario es que, a diferencia de las hipotecas ordinarias, el capital prestado por el banco es en euros, mientras la devolución de las cuotas pueden ser francos suizos, yenes o dólares australianos.

Con este producto, «la banca ofertaba una cuota muy baja y atractiva para el consumidor, pero, cuando la moneda seleccionada se revalorizaba frente al euro, el tipo de interés aumentaba», señalan desde Círculo Legal Barcelona.

En el último período se han destacado casos de clientes que, conforme a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, han podido reclamar la nulidad de la cláusula multidivisa contenida en su hipoteca.

Las hipotecas multidivisa son un producto bancario que ganó fama durante los años del boom inmobiliario y que, poco después, desveló el motivo por el que ofrecía unas cuotas tan bajas a los usuarios. La característica principal de este tipo de préstamo hipotecario es que, a diferencia de las hipotecas ordinarias, la devolución del capital se realizaba a la moneda extranjera referenciada en el préstamo, como pueden ser francos suizos, yenes o dólares australianos. No se trata, pues, de un préstamo en euros, por lo que la cuantía de las cuotas cambia según la fluctuación de la divisa extranjera.

Además, «en vez de estar referenciada al EURIBOR o el IRPH, que son los índices más comunes para las entidades bancarias en España, generalmente lo hacen a un tipo de referencia extranjero. La más habitual es el LIBOR, una tasa de interés intercambiable del mercado de Londres», explica Antonio Pastor, abogado y socio de Círculo Legal Barcelona.

Sin embargo, este tipo de producto financiero se ha revelado abusivo, «porque la banca ofertaba una cuota muy baja y atractiva para el consumidor, pero, cuando la moneda seleccionada se revalorizaba frente al euro, el tipo de interés y, por tanto la cuota, se disparaba. Esto hizo que la hipoteca dejara de ser barata para miles de personas, y en cambio pasara a ser tan cara que prácticamente no se amortiza capital», señala Antonio Pastor.

De hecho, fue el mismo Tribunal Supremo el que, en noviembre de 2017, declaró abusivas aquellas hipotecas multidivisa concedidas por bancos que no advirtieran e informaran debidamente al cliente de los riesgos que conllevaba este tipo de producto financiero. Frente a esta situación y con alrededor de 70.000 hipotecas multidivisa en toda España, los usuarios pueden reclamar a las entidades para obtener la nulidad de este producto. Frente a esta situación de poca transparencia, en el último período se han destacado casos de clientes que han podido conseguir la nulidad de la cláusula multidivisa.

¿Qué pasa cuando se consigue la nulidad pero no se calcula debidamente la cantidad pagada?

En el caso de que se gane la demanda, pero no se haya cifrado correctamente el importe a devolver por parte del banco, la entidad puede actuar de distintas formas: el banco podría recalcular de forma correcta la cuantía a devolver, «algo que suele pasar pocas veces», asegura Antonio Pastor. Otras veces, la entidad puede decidir cumplir con la devolución, pero calculando la cantidad según criterios propios.

En el peor de los casos, puede ocurrir que el banco no cumpla con la sentencia y no devuelva los importes pagados de más cada mes por la hipoteca multidivisa: «Esto puede ocurrir porque la entidad afirma que no ha habido daño, por lo que se deberá fijar en la ejecución de la sentencia», explica.

Por lo tanto, se revela de vital importancia en estos casos no solo apoyarse a abogados para llevar a cabo la demanda, sino solicitar los servicios de un perito económico para entender de qué cantidades se trata.

¿Cómo se puede reclamar una hipoteca multidivisa?

Para reclamar las hipotecas multidivisa, es necesario saber si realmente la entidad bancaria ha sido poco transparente o si el usuario estaba al corriente de los riesgos y, aun así, ha decidido asumir este tipo de préstamo: «Si el banco en cuestión no actuó de la manera correcta, omitiendo parte de la información al cliente y causando que el usuario no fuese consciente de todos los riesgos que conllevaba dicho préstamo, entonces se puede reclamar, por la vía judicial, la nulidad de la cláusula multidivisa, con el recálculo del capital pendiente en euros y, por lo tanto, aplicando las cantidades en su momento satisfechas a la reducción del capital pendiente, lo que comportará al cliente ver no sólo que su cuota es notablemente inferior, sino además verá que el capital pendiente es también menor», advierte Pastor.

En otras palabras, si el cliente no ha sido informado sobre la posibilidad de apreciación o de depreciación de la divisa del préstamo, los efectos en las cuotas de las variaciones del tipo de cambio, el tipo de interés de la divisa del préstamo, y los riesgos inherentes a la suscripción de un préstamo en divisa extranjera, podrá reclamar a la entidad bancaria, pidiendo la nulidad de la cláusula multidivisa contenida en su hipoteca.

Para hacerlo, «el asesoramiento de un abogado en estos casos es crucial, ya que se trata de una reclamación que se lleva a cabo por vía judicial», señala el socio de Círculo Legal Barcelona. Será entonces necesario presentar el Informe Pericial económico, en el que se evidencie también que, pese a haber cumplido con los pagos del préstamo, la cantidad debida al banco sigue siendo alta, por lo que no se está extinguiendo de forma adecuada la hipoteca.

El 67% de los arrendadores defiende que la expropiación de viviendas vacías vulnera los derechos fundamentales

Más de 7 de cada 10 propietarios opina que incentivar fiscalmente a los arrendadores de viviendas vacías ayudaría a darles salida en el mercado de alquiler.

El 76% de arrendadores defiende que el Estado debería fomentar otras soluciones, como la ampliación del parque público de vivienda.

Entre las posibles soluciones al problema de acceso a la vivienda, un 79% de los propietarios considera que se debe aumentar el gasto público en vivienda social.

Más de 6 de cada 10 arrendadores españoles (67%) opinan que la expropiación de viviendas vacías es un ataque a los derechos fundamentales como es el caso de la propiedad privada. Así se desprende del informe «Radiografía del arrendador en España. ¿Cómo afectarían las medidas intervencionistas en el mercado del alquiler?», realizado por Fotocasa y la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA), con el objetivo de analizar la percepción de los propietarios respecto al papel del Estado en el mercado de los alquileres privados y estudiar el grado de aceptación entre este colectivo de las medidas intervencionistas por parte de las administraciones.

«Los propietarios perciben como injusta esta medida, ya que como se vio en el caso de Baleares, no se tiene en cuenta la situación por la que la vivienda está vacía en cada momento. Muchos de ellos prefieren perder la rentabilidad de alquilarla, que hacer frente a las preocupaciones actuales generadas por la desconfianza jurídica. Para incentivar que estas viviendas salgan al mercado del alquiler es muy importante que los propietarios sientan que tienen seguridad jurídica», explica María Matos, directora de Estudios y Portavoz de Fotocasa.

«Los arrendadores tienen claro que la expropiación de viviendas vacías vulnera un derecho fundamental contenido en el artículo 33 de la Constitución Española, como es el derecho a la propiedad privada. Los propietarios creen que este derecho se les está atacando con la aprobación de estas medidas intervencionistas, y por ello están en contra de tener que soportar ellos, la incapacidad de la Administración para proporcionar viviendas sociales a los colectivos de personas más vulnerables. Los propietarios parecen entender mucho mejor que el Gobierno, o por lo menos, que una parte de él, que la política social de vivienda debe encaminarse a fomentar otras soluciones, como la construcción de un gran parque público de viviendas, o fomentar la colaboración entre la iniciativa pública y privada para que aumente el parque de viviendas, en vez de adoptar medidas más traumáticas, como la expropiación de viviendas a particulares, que lo único que consiguen es aumentar la inseguridad jurídica y espantar a los inversores, tanto públicos como privados, que ven en el alquiler una oportunidad de inversión, señala José Ramón Zurdo, Director General de la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA)

En este sentido, el estudio apunta a que la expropiación de viviendas vacías es vista por los arrendadores como una medida que desincentiva la tenencia y puesta en alquiler de pisos. Así, el 80% de los propietarios defiende que el Estado debería proteger y reforzar la seguridad jurídica de los propietarios para incrementar la salida al mercado de inmuebles vacíos. Sobre esta cuestión, el 16% se muestra ni de acuerdo ni en desacuerdo, un 3% poco de acuerdo y un 1% nada de acuerdo.

En esta misma línea, una gran parte de los propietarios (76%) también considera que incentivar fiscalmente a los arrendadores de viviendas vacías ayudaría a su puesta en el mercado de alquiler. Solo un 2% se muestra poco de acuerdo y un 1% nada de acuerdo con esta posible solución al problema de la vivienda vacía.

Asimismo, más de siete de cada diez propietarios (76%) opinan que el Estado debería fomentar otras soluciones como la construcción de un parque público de vivienda en vez de optar a la expropiación. En este sentido, algo más de la mitad de los propietarios (53%) ven necesaria una alianza público-privada para aumentar el parque público de alquiler, siendo los catalanes los que significativamente más ven necesaria esta colaboración.

Sin embargo, un 43% de los propietarios afirma que la expropiación de viviendas vacías solo perjudica a grandes tenedores, por lo que no se sienten preocupados. Un 28% se muestra ni de acuerdo ni en desacuerdo respecto a esta situación, un 15% señala estar poco de acuerdo y el 14% nada de acuerdo.

El problema de acceso a la vivienda y la vivienda vacía

Respecto al problema de acceso a la vivienda, un 70% de los propietarios defiende que el problema no puede resolverse con la contribución por parte de los propietarios privados, sino por la contribución del sector público. Tan solo el 4% se muestra poco de acuerdo y el 1% nada de acuerdo con esta idea.

En este sentido, entre las posibles soluciones al problema de acceso a la vivienda y la vivienda vacía, un 79% de los arrendadores considera que se debe aumentar el gasto público en vivienda social. Asimismo, una gran parte de los propietarios (71%) destaca la necesidad de promover una colaboración público-privada.

Sin embargo, entre las posibles soluciones, el 55% de los propietarios también señala que los grandes tenedores deberían poner a disposición de las administraciones públicas un porcentaje de su parque para destinarlo a vivienda social.

Sobre el Informe «Radiografía del arrendador en España»

El portal inmobiliario Fotocasa y la Agencia Negociadora del Alquiler han elaborado el presente informe con el objetivo de analizar y dar visibilidad a la percepción que los propietarios de viviendas en alquiler en España tienen sobre el mercado del alquiler y sobre la legislación actual, así como definir su perfil sociodemográfico.

Basado en un exhaustivo análisis del equipo de Business Analytics de Adevinta, en colaboración con la empresa de investigación de mercados More Than Research. Los datos explotados son representativos de la población española en términos de zona, edad, géneros y clase social

En total, se realizaron 809 entrevistas con especial foco en Madrid, Cataluña, Andalucía y la Comunidad Valenciana a personas de 18 años y más, residentes en España y con al menos una casa en propiedad que la destinan al alquiler. Para un nivel de confianza del 95,5 % y en las condiciones habituales de muestreo p=q=50%, el margen de error es del ±3,39% para 809 entrevistas.

El estudio se ha realizado a través de encuestas online que se efectuaron entre el 19 de febrero y el 25 de febrero de 2021.

 Los agentes sociales reciben con optimismo el Programa de Rehabilitación de Vivienda y Regeneración Urbana

La patronal y los sindicatos de la construcción reciben con optimismo el anuncio del Programa de Rehabilitación de Vivienda y Regeneración Urbana, con 6.820 millones de los Fondos europeos.

Los agentes sociales del sector señalan que con este apoyo presupuestario, la construcción confirma su importante papel como motor de la recuperación económica, tras el impacto provocado por el Covid-19.

«El mayor esfuerzo de modernización que va a hacer España en los próximos años» o la «gran reconversión de los vectores de la economía durante los próximos años». Con estas palabras el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, explicó el martes la hoja de ruta, las reformas y parte de las inversiones del Plan de Recuperación que España debe enviar a Bruselas antes del próximo día 30 de abril.

Un Plan que contemplaría una histórica inversión de 6.820 millones para los próximos tres años, destinada a llevar a cabo un ambicioso Programa de Rehabilitación y Regeneración Urbana. El Ejecutivo se ha marcado el objetivo de rehabilitar medio millón de inmuebles de aquí a 2023. Los presupuestos generales de 2021 ya incluyen una generosa partida de 2.253 millones de euros para el acceso a la vivienda y el fomento de la edificación, un 368 % más que en los presupuestos anteriores, de los cuales 1.651 proceden de Europa.

Optimismo entre los agentes sociales de la construcción

Los máximos responsables de la patronal y los sindicatos del sector de la construcción: el presidente de la Confederación Nacional de la Construcción (CNC), Pedro Fernández Alén, y los secretarios generales de CCOO de Construcción y Servicios, y de la Federación de Industria, Construcción y Agro de UGT (UGT FICA), Vicente Sánchez y Pedro Hojas, respectivamente, han recibido la noticia con optimismo y coinciden en destacar la importancia de la inversión en la rehabilitación y eficiencia energética del parque inmobiliario español -uno de los más envejecidos de Europa-, y por lo que va a suponer de creación de empleo en el sector.

Así, el presidente de la CNC subraya que los fondos que se destinen a la rehabilitación «tendrán un impacto inmediato sobre el crecimiento y el empleo, puesto que la construcción representa casi el 10 % del PIB, da empleo a cerca de 1,3 millones de personas y provoca un significativo efecto tractor sobre el conjunto de la economía, por lo que estas ayudas darán el impulso necesario al sector para promover la economía circular y su digitalización».

Por su parte, el secretario de UGT FICA declara que «los fondos ayudarán a consolidar el sector de la construcción en nuestro país, aportarán carga de trabajo a las empresas y generarán una amplia bolsa de empleo; un nuevo empleo que debe sustentarse en buenas condiciones laborales, mejores salarios, más seguridad y más formación para orientar el sector hacia el futuro y hacerlo más atractivo para los jóvenes».

La importancia de tener profesionales formados

En esta misma línea sobre la formación, el secretario general de CCOO de Construcción y Servicios ha añadido que «también tenemos que ser capaces de que esos trabajadores, sobre todo gente joven y los que puedan venir de otros sectores, antes de entrar en las obras, estén bien formados, no sólo en prevención de riesgos laborales, sino también en la materia de sus oficios y especialidades. Y para ello, la Fundación Laboral de la Construcción debe tener un papel fundamental y protagonista en ello».

Pedro Hojas señala que el nuevo Plan «situará al sector de la construcción en la senda de la recuperación, tan necesaria para nuestra economía: hemos de reconstruir el país construyendo, es decir, adecuando y modernizando el tejido empresarial del sector para hacer frente a retos como la transición ecológica o la digitalización. Debemos recuperar el papel tractor de la construcción en la generación de riqueza, de inversiones y de empleo inmediato a través no sólo de planes de rehabilitación de viviendas y edificios, sino también de políticas sociales de vivienda y de una estrategia estatal de infraestructuras».

También lo reivindica así Vicente Sánchez desde CCOO de Construcción y Servicios: «Creemos que es una propuesta coherente con los requerimientos de la sociedad española, porque la mayor parte del parque inmobiliario que tenemos en España es muy antiguo y las personas que lo habitan suelen ser de bajos ingresos y no pueden asumir por sí solos una rehabilitación energética y de calidad de las viviendas, por lo que es fundamental que se realicen reformas integrales de los edificios y que éstas a su vez generen empleo, empleo de calidad».

Fernández Alén concluye afirmando que, «con este apoyo presupuestario, el sector confirma su importante papel como motor de la recuperación tras el impacto provocado por la crisis sanitaria y económica derivada del coronavirus», y añadió: «Nuestro sector es uno de los grandes dinamizadores de la economía gracias a su efecto tanto directo como indirecto. De hecho, su producción sobre el total de la producción de España es del 15,5 %. Sin duda, la construcción resultará determinante para la recuperación social y económica de España».

Avales privados. Toda la información que necesitas para el cumplimiento de los contratos

Para este cumplimiento normalmente el contratante exige al contratado un aval de cumplimiento del mismo. Ya sea por la terminación de una instalación, o por la terminación de unas obras de viviendas. Lo que se denomina una garantía de incumplimiento.

Es aquí cuando Avales y Fianzas puede ayudar a esas empresas a conseguir dichas garantías de cumplimiento entre empresas privadas, pudiendo abarcar cualquier modalidad de garantías entre privados, las más comunes son:

  • Como garantía del cumplimento de un contrato de ejecución de cualquier tipo de obra, retención de materiales, acopios, anticipo de materiales…
  • Como garantía del cumplimento de un contrato por la prestación de un servicio de cualquier índole.

Este tipo de avales son similares a los que exigen las Administraciones públicas (AAPP) donde el objetivo del seguro es garantizar el cumplimiento del pliego de condiciones, la principal diferencia es que en este caso el beneficiario es otra entidad privada en lugar de AAPP. Otra diferencia importante es que en los avales para las AAPP son de carácter indefinido es decir están en vigor hasta que estas autorizan su cancelación o devolución, en el caso de avales privados como garantía del cumplimiento de un contrato el vencimiento de la garantía se hace constar en la misma (vencimiento cierto), suele ser la fecha de vencimiento y terminación del contrato, más el periodo de garantía que se pacte. Este periodo suele ser de 12 meses en las ejecuciones de obras y no se amplía cuando se trata de prestar un servicio, ya que una vez prestado el servicio no existe riesgo de incumplimiento de contrato.

El tomador es cualquier ente privado que cumpliendo los requisitos de solvencia tiene como fin el cumplimento de un contrato de suministro o ejecución de una obra. Puede ser una persona tanto física como jurídica, la única exigencia es que la solvencia acreditada sea acorde al importe del riesgo tras el análisis del mismo.

El beneficiario es el ente físico o jurídico al cual ha de realizársele la obra o bien prestar el servicio pactado.

La cobertura de este seguro es garantizar el cumplimiento de las obligaciones de las diferentes empresas que se hacen con el contrato o prestación del servicio (desarrollo de las obras o la prestación de los servicios) en las condiciones estipuladas en el contrato firmado entre las partes.

Este tipo de garantías no se rigen por la ley de contratos con las AAPP por lo que será válido lo que pacten las partes: tanto en cuanto al modelo del aval.

Entre las principales ventajas de formalizar la garantía en seguro de caución frente a aval bancario podemos reseñar:

  1. No computa CIRBE, con lo cual la empresa gana en capacidad de financiación en mejores condiciones.
  2. Costes inferiores a los que cobra la banca, ya que no hay comisiones de estudio, apertura y porque se cobra el tiempo real no por trimestres o similares.
  3. Agilidad y gestión, una vez la línea está operativa en 48 horas se dispone de la garantía en cualquier punto de España.

En una economía cada vez más globaliza, estas nuevas formas de prestar garantías van tomando más peso en detrimento de las formas tradicionales de prestar las garantías (mediante bancos o en efectivo).

Desde AVALES Y FIANZAS con mas de 30 años de experiencia en el sector de la la caución en general, contando con las mas avanzadas herramientas de gestión integral de avales como su plataforma CAUCIONET nos ponemos a su entera disposición para asesorarle a que encuentre la solución que mejor se adapta a sus necesidades financieras.

Invertir en vivienda este 2021: ¿Comprar para alquilar o para vender?

El auge del alquiler, la posibilidad de obtener unos ingresos mensuales regulares o las ventajas fiscales de poner un inmueble en arrendamiento, principales beneficios de optar por adquirir una vivienda para alquilar.

Comprar para vender posteriormente puede ayudar a obtener entre un 15% y un 20% de rentabilidad media si se realiza algún tipo de reforma o arreglo en el inmueble.

La vivienda siempre ha sido un valor de refugio para muchos inversores particulares. Aunque durante la primera parte de 2020 esta tendencia se paralizó a raíz de la crisis sanitaria, todo apunta a que el atractivo de obtener rentabilidad a través de los inmuebles residenciales recupere este 2021 la senda prepandemia. Todo ello, gracias a los interesantes precios que presenta el mercado, al surgimiento de nuevas necesidades habitacionales y a la recuperación de la demanda. Así lo demuestran los últimos datos oficiales difundidos por el Banco de España: crecimiento interanual durante el tercer y cuarto trimestre del año del 6,8% y del 1,1%, respectivamente; ajuste del 1,1% en el valor tasado de la vivienda en 2020, incremento del 1,1% en el IPC de alquileres, etc.

Pero ¿Cuál es ahora mismo la mejor opción de inversión: comprar para vender o comprar para alquilar? ¿Cómo asegurarse de obtener rentabilidad? ¿Cómo dar con los inquilinos o compradores adecuados? ¿Qué es necesario conocer del sector para acertar? Con el objetivo de resolver todas estas cuestiones, Solvia ha lanzado la campaña ‘Cambia de casa. Compra con Solvia. Vende con Solvia’. Bajo este concepto, la firma de servicios inmobiliarios busca incrementar la visibilidad de sus Solvia Stores animando a todos aquellos que quieran invertir en el mercado residencial, o simplemente vender o buscar vivienda para vivir en propiedad o en alquiler, a acudir a sus emplazamientos físicos, recibir asesoramiento profesional de forma presencial y acceder a una amplia cartera de activos de todo tipo.

Mientras tanto, Solvia analiza las ventajas de apostar por cada una de estas dos alternativas de inversión y la forma más sencilla de calcular la rentabilidad a obtener.

Comprar para alquilar: ingresos mensuales regulares

Adquirir un inmueble para ponerlo en alquiler es una de las inversiones más comunes. Según los datos del Banco de España, la rentabilidad anual total de una vivienda (alquiler más variación de precios) se situó en el 5,2% en 2020, frente al 7,4% de 2019 y el 10,6% de 2018. Concretamente, la rentabilidad bruta por alquiler fue del 3,7%, por debajo del 3,8% del año pasado y del 4% de hace dos ejercicios. A pesar de estos descensos, la vivienda sigue siendo un activo por el cual poder seguir obteniendo ganancias gracias al alquiler, especialmente en las grandes ciudades o en zonas con gran dinamismo económico.

Las razones que justifican que comprar para alquilar sea una buena idea son las siguientes:

La situación económica actual y la imposibilidad de acceder a una vivienda en propiedad han hecho que la opción del alquiler gane mayor protagonismo.

Ingresos mensuales regulares. Si se encuentra un inquilino que abone las rentas rigurosamente se dispondrá de una cantidad monetaria mensual asegurada. El inconveniente es que el capital invertido en la compra tardará años en recuperarse.

Alquilar una vivienda es, generalmente, más rápido que vender. En zonas demandadas, y si el inmueble está en buenas condiciones, es posible alquilar en días o, incluso, horas.

Fiscalidad favorable. Alquilando una vivienda se tiene derecho a una deducción del 60% sobre el total de las rentas.

¿Cómo se calcula la rentabilidad? Habría que calcular la renta anual esperada y descontar los gastos de mantenimiento del inmueble (derramas, cuota de la comunidad, IBI o tasa de basuras). El resultado de esta operación se divide entre la inversión inicial (precio de compra del inmueble, impuestos, gastos de la operación y desembolso para la puesta a punto de la vivienda…) y se multiplica por 100.

Comprar para vender: entre un 15% y un 20% de rentabilidad media si se realiza reforma

Aunque también se puede dar el caso de adquirir un inmueble para invertir, la vía más habitual suele ser comprar la vivienda, reformarla y venderla. A este respecto, las estimaciones del sector calculan entre un 15% y un 20% de rentabilidad media con esta operación, pudiendo llegar, incluso, al 30% si se trata de inmuebles muy antiguos. Esto ha llevado a que reformar pisos en mal estado con la intención de revenderlos se haya convertido en una alternativa que atrae cada vez mayor interés. Más aún teniendo en cuenta las excelentes oportunidades de compra que presenta actualmente el sector y la previsión de recuperación de la demanda y del valor de los inmuebles.

Entre las ventajas de esta alternativa están las siguientes:

No hace falta realizar grandes rehabilitaciones para obtener beneficios. Arreglar pequeños desperfectos o pintar la casa servirá para incrementar el valor del inmueble. No obstante, hay algunas acciones que sí podrían ayudar a revalorizar el inmueble en mayor medida y obtener mayor rentabilidad: adaptar la distribución de la vivienda a las necesidades actuales, actualizar cocina y baños, mejorar su eficiencia energética…

Más capacidad para negociar el precio de compra. Adquirir un inmueble muy antiguo o en mal estado dará mayor poder de negociación a la hora de adquirirlo.

Rapidez y mayor volumen de demanda cuando se quiera vender. Pese a que el mercado de segunda mano es más amplio, la oferta de viviendas usadas reformadas y en perfectas condiciones para entrar a vivir escasea en las grandes ciudades. Por ello, será mucho más fácil encontrar un comprador.

Posibilidades de incrementar el precio de venta por su ubicación céntrica. Dado que la demanda de este inmueble reformado será mayor, especialmente si este se ubica en zonas céntricas, habrá mayores posibilidades de añadir un valor adicional a su precio final.

Los beneficios se perciben a corto plazo. A diferencia de optar por comprar para alquilar, vender el inmueble reformado permitirá recuperar lo invertido a corto o medio plazo.

¿Cómo se calcula la rentabilidad? Es este supuesto, hay que calcular el precio por el que se podría vender el inmueble y restarle los gastos de la transacción e impuestos de ganancia patrimonial. Si se divide esta cantidad entre la inversión inicial (coste de la adquisición y de la reforma) y se multiplica por 100, se obtiene el porcentaje de rentabilidad.