El cobro de una tasa a las entidades financieras por el uso de cajeros automáticos propiedad de las entidades financieras es una de las grandes novedades recogidas en las ordenanzas fiscales aprobadas por el Ayuntamiento de Madrid de aplicación en el ejercicio 2017.
Se trata de una tasa por el uso de cajeros automáticos propiedad de las entidades financieras colocados en línea de fachada y a los que solo se tiene acceso directo desde la vía pública.
La cuota es una cantidad fija por categoría fiscal de calle en la que se ubica el cajero, y se establece, como sistema de gestión recaudatoria, para el primer año, liquidación y en años sucesivos padrón o matrícula. Para el próximo ejercicio se prevé ingresar por esta tasa cerca de 750.000 euros.
Al margen de esta novedad, destaca en el paquete de medidas la Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), que maximiza la progresividad tributaria. Para ello, el Ayuntamiento de Madrid ha acudido al procedimiento catastral de forma que el valor de los inmuebles se ajuste mucho más a la realidad.
En ese sentido, el procedimiento de regularización catastral, en el que la Agencia Tributaria municipal colabora con el Ministerio de Hacienda, detecta situaciones irregulares en los bienes inmuebles, como construcciones no declaradas como piscinas o ampliaciones de vivienda.
Este procedimiento, iniciado en 2016, permite regularizar estos cambios e incorporarlos al Catastro, previo pago de una tasa. De este modo, el IBI de 2017 estará ajustado a la realidad en un porcentaje importante de inmuebles.
El nuevo procedimiento de Revisión Catastral Parcial instado por el Ayuntamiento de Madrid beneficiará a partir del próximo año a 22 barrios donde existía una diferencia demasiado acusada entre los valores catastrales.
Esto supone un descenso efectivo en el IBI de 2017 para 370.888 inmuebles de los distritos de Carabanchel, Puente y Villa de Vallecas, Usera y Villaverde (entre el 20 y el 40%).
Además se incluye en la ordenanza el incremento del porcentaje de bonificación por la instalación de sistemas de aprovechamiento de la energía solar (del 40% al 50%). En los inmuebles que no están incluidos en ninguna de las dos circunstancias anteriores habrá congelación de tipos. Cabe recordar que en 2016 se ha producido una bajada generalizada del IBI de un 7%.
Los cambios registrados en la Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles suponen una diferencia de recaudación de un 4,67% entre las previsiones de cierre de este año y las previsiones iniciales del próximo año. De 1.344.914.365 euros en 2016 a 1.407.720.162 previstos en 2017.