La OCU denuncia que el coste por cancelar, novar o subrogar una hipoteca se ha triplicado

Madrid. La Organización de Consumidores (OCU) va a remitir una queja al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, y a todos los grupos parlamentarios del Congreso por la reciente subida de aranceles de registradores y notarios para los consumidores en los casos de cancelación de hipoteca.

Además, la subida se aprueba, a juicio de la OCU, por la puerta de atrás y sin ningún tipo de audiencia ni consulta, ya que se ha utilizado para ello una disposición adicional del Real Decreto-ley 18/2012, de 11 de mayo, sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero. Esta decisión obliga, una vez más, a los ciudadanos a asumir gastos y costes, y beneficia únicamente a los notarios y registradores.

En septiembre de 2011 la OCU comprobó que un gran número de notarios y registradores cobraba de más en las cancelaciones hipotecarias, incumpliendo las rebajas del arancel aprobadas por la Ley 41/2007. A resultas de esta investigación, la OCU denunció los hechos ante la Fiscalía del Tribunal Supremo (Sección de lo Civil) y ante el Ministerio de Justicia, solicitando que se decretara la devolución de oficio a todos los consumidores de las cantidades cobradas de más.

Debido a la gravedad de los hechos y a las elevadas cuantías erróneamente cobradas, que la OCU estimó en más de 93 millones de euros en solo un año, en noviembre de 2011 el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero aprobó un Real Decreto que modificaba los aranceles de notarios y registradores aplicables a las cancelaciones de hipotecas, dejando claro cuáles eran los importes a pagar.

Sin embargo, tras la intervención de Bankia, el Gobierno presidido ahora por Mariano Rajoy, que es registrador de la propiedad en excedencia y conoce bien el sector, ha aprobado un Real Decreto-ley que esconde en su disposición adicional segunda una reforma de aranceles de notarios y registradores en los casos de novación, subrogación y cancelación de préstamos hipotecarios.

Esto supone una importante subida de los mismos que afectará a todos los consumidores, mientras que bancos y cajas vuelven a gozar de un trato privilegiado al ver rebajados los aranceles que se les cobrarán a ellos.

De esta manera, desde el día 12 de mayo, tanto el arancel de las cancelaciones de hipotecas como las novaciones y subrogaciones dependerá del importe del préstamo solicitado en su día. Según cálculos de la OCU, con el nuevo arancel, pasar por el notario para cancelar una hipoteca cuyo capital inicial fue de 150.000 euros nos costará 137 euros con una sola copia simple, frente a los 50 euros: casi el triple de lo que costaba hasta ahora.

Además, por muy bajo que sea el importe de la hipoteca, el notario cobrará un mínimo de 90 euros. En el caso del registrador y para el mismo préstamo, la minuta ascenderá a 84: también casi el triple de lo establecido anteriormente (28,85 €). En cualquier caso, el mínimo a cobrar por el registrador será de 24 euros.

La OCU denuncia que en plena crisis económica el Gobierno triplique el arancel, cuando se ha demostrado el fraude existente hasta el año pasado. De esta manera, en lugar de favorecer los intereses de los más desprotegidos y de quienes están soportando las cargas de la crisis, ayuda a bancos y cajas, un sector rodeado de polémica por sus actividades de venta de productos financieros basura que han impulsado, en gran parte, la situación que actualmente vive el país.

Por otra parte, una vez más se favorece a un colectivo minoritario pero de gran influencia en el ejecutivo, como son los notarios y registradores, para que sean los consumidores, la gente normal de la calle, quienes paguen más dinero por necesidades tan simples como la cancelación de su hipoteca.

En opinión de la OCU es aberrante que tras años de pago por tener acceso a una vivienda, se quiera sangrar aún más a los consumidores por terminar de cumplir con su obligación de pago. Ante ello, la OCU recomienda a los consumidores que estén a punto de terminar de pagar su hipoteca que la cancelen registralmente únicamente cuando sea estrictamente necesario (por ejemplo, si se tiene previsto vender la casa sobre la que recaía la hipoteca).

La ley contempla actualmente que pasados veinte años desde el pago de la última cuota, la inscripción registral puede cancelarse por caducidad. Con ello, el consumidor se ahorra al menos el pago de los aranceles notariales y registrales así como otros gastos de dudosa legalidad, tales como el que cobran bancos y cajas por emitir certificados de cancelación, que pueden llegar a oscilar entre los 100 y 200 euros.

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