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Baleares recibe 616 solicitudes de compra de plazas de alojamientos turísticos

Entre el 30 de julio y el 10 de agosto, el Consorcio Bolsa de Alojamientos Turístico (CBAT) ha recibido 616 solicitudes de adquisición de plazas de viviendas turísticas en Mallorca, que suman un total de 2.999 plazas.

De estas casi 3.000 plazas, el 80% (2.386) corresponde a viviendas plurifamiliares, una modalidad que, por primera vez en las Islas Baleares, puede ser comercializada turísticamente gracias a la Ley 6/2017.

En cuanto a las viviendas unifamiliares, se han registrado en el CBAT 67 expedientes, que suponen 424 plazas. En la modalidad de vivienda principal, se han contabilizado 32 expedientes con 189 plazas solicitadas. Este caso consiste en la comercialización de la vivienda principal del propietario y se puede hacer durante dos meses el año.

La compra de plazas para la comercialización turística de viviendas se puede realizar desde la aprobación de las zonificaciones del Ayuntamiento de Palma y del Consell de Mallorca. Se hará según los precios aprobados por la junta del CBAT celebrada el día 3 de julio y el número de plazas que fija la cédula de habitabilidad.

Una vez realizado el primer pago, los interesados tendrán que presentar en la Conselleria de Turismo la declaración responsable de inicio de actividad turística (DRIAT) debidamente rellenada y acompañada de toda la documentación exigida.

La comercialización turística de viviendas sólo es posible si se cumplen todos los requisitos. Dado que la presentación de la DRIAT sin cumplir estos requisitos o sin la documentación necesaria puede comportar la apertura de un procedimiento sancionador, la Conselleria recomienda revisar que la vivienda cumple con todos los requisitos recogidos a la normativa vigente.

Esa Ley 6/2018, de 22 de junio, por la que se modifican varias normas del ordenamiento jurídico de las Illes Balears en materia de turismo, de función pública, presupuestaria, de personal, de urbanismo, de ordenación farmacéutica, de transportes, de residuos y de régimen local, y se autoriza al Gobierno de las Illes Balears para aprobar determinados textos refundidos.

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