Madrid. La Audiencia Nacional ha archivado la causa abierta contra el fundador de Astroc, Enrique Bañuelos, por presuntos delitos de administración desleal y de maquinación para alterar el precio de los títulos de la inmobiliaria cometidos en pleno ‘boom’ inmobiliario, al concluir que no existen «indicios suficientes» para demostrarlo, según el auto dictado el pasado 16 de febrero. Los minoritarios ya han anunciado su intención de recurrir el auto porque el juez no ha tenido en cuenta los informes elaborados por la CNMV, el ICAC y PwC.
El juez Pablo Ruz concluye que “no pueden advertirse indicios suficientes de criminalidad contra el querellado, ya que no se ha acreditado que bajo su dirección se hubiesen difundido noticias falsas” con la finalidad de alterar la cotización de Astroc. De esta forma, se cierra la investigación iniciada en agosto de 2007 por el juez Baltasar Garzón a raíz de la querella presentada por el abogado Felipe Izquierdo en representación de varios accionistas minoritarios. El juez rechaza la apertura de juicio oral contra el empresario solicitada por los querellantes el pasado mes de octubre.
El auto acoge los resultados del informe elaborado por el perito José María Lamo de Espinosa, que concluyó que las cuentas consolidadas de 2006 presentadas por Astroc ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en marzo de 2007 “reflejaban adecuadamente la situación patrimonial y económica” de la empresa.
Además, la prueba pericial concluyó que “no existe evidencia” de que las operaciones de compra de acciones de Astroc realizadas por las sociedades propiedad de Bañuelos, CV Capital y Capital Madrid, “sirvieran para pretender alterar o se haya alterado la cotización”. En concreto, el informe pericial señala que la sociedades vinculadas a Bañuelos realizaron 9 operaciones bursátiles con Astroc entre el 12 y el 24 de abril y el 14 de junio de 2007, periodo durante el que se registraron “fuertes descensos de la cotización”, del 65%, de 45,5 euros a 15,9 euros.
En febrero de 2010, el Ministerio de Economía y Hacienda impuso una sanción de 207.000 euros por infracción grave a la firma de auditoría Gasso Auditores, y otra de 70.000 euros al auditor responsable de las irregularidades contables de Astroc, a proposición del ICAC y de la CNMV. El juez considera que esta sanción corresponde exclusivamente al ámbito administrativo y no penal.
La querella acusaba a Astroc de declarar como beneficio del ejercicio 2006 un total de 93,4 millones de euros cuando el beneficio real fue de 43,7 millones de euros, gracias a computar como ingresos cuatro operaciones realizadas entre la inmobiliaria y varias sociedades propiedad de Bañuelos, anuladas posteriormente.