Madrid recuerda a los consumidores sus derechos al contratar una obra en sus viviendas

La Comunidad de Madrid recuerda a los consumidores madrileños cuáles son sus derechos a la hora de contratar los servicios de profesionales para llevar a cabo la reforma de sus hogares. Y es que, son muchos los ciudadanos que aprovechan la época estival para darle un lavado de cara a sus casas, sobre todo por la falta de tiempo y disponibilidad durante el resto del año.

Por ello, el Portal del Consumidor de la Comunidad de Madrid ha colgado en su web una serie de recomendaciones para evitar disgustos.

Estos consejos abarcan aspectos que hay que tener en cuenta antes, durante y tras la contratación de los servicios que vayan a prestar los profesionales que se hagan cargo de la reforma. Lo primero que hay que hacer es pedir varios presupuestos, de cara a poder seleccionar el mejor en relación calidad-precio.

Además, es conveniente recurrir a empresas y profesionales acreditados, con la finalidad de no tener problemas en el caso de contratiempos que puedan surgir.

En los presupuestos presentados debe quedar claramente reflejado, entre otros aspectos: los datos de la empresa y el cliente; la cantidad, calidad y precio de los materiales utilizados; el precio de la mano de obra; el precio final; la fecha de inicio y fin de las obras; y el período de garantía.

Es muy importante recordar que se puede exigir el pago del presupuesto aunque no lo acepte, pero eso sí, siempre y cuando se haya informado previamente de esta condición. Por supuesto, todos los presupuestos deben recoger los impuestos o incluir una nota indicando que habría que añadírselo al precio presentado.

Una vez iniciada la obra hay que velar porque el material que se esté utilizando para la misma sea nuevo, salvo que se haya pactado otra cosa previamente y esté recogido en el presupuesto firmado.

Además, si durante la misma surgieran averías o defectos con los que no se contaban, la empresa deberá informar de ellos por escrito, indicando el incremento del importe que va a suponer esta contingencia. Como no podía ser de otra forma, esta variación deber ser presentada al cliente, que deberá firmarla en el caso de estar conforme con la misma.

Una vez finalizada la obra, el cliente debe exigir la correspondiente factura con los trabajos realizados, donde deberá constar el precio total desglosado: materiales utilizados, mano de obra o impuestos. Si se hubiese pactado algún sistema de pagos parciales durante la realización del trabajo, la empresa contratada debe facilitar una factura o documento informativo con los importes.

Por último, si el servicio que se ha prestado no se ha correspondido con lo pactado, la legislación vigente establece distintos supuestos de infracción para proteger a los consumidores. Por ello la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad de la Comunidad de Madrid aconseja solicitar una hoja de reclamaciones, rellenarla y presentarla en la Oficina Municipal de Información al Consumidor más próxima al domicilio.

El consumidor puede reclamar, entre otras incidencias: por obras que no se ajustan a lo presupuestado; incumplimiento de las normas relativas a la documentación, información o registros; cuando no se solucionan de forma inmediata los problemas surgidos; o cuando la obra se alargue más de lo estipulado.

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