A partir de ahora cuando un agricultor, ganadero o empresario agrícola necesite un préstamo hipotecario debería primero contactar con un tasador agrónomo para realizar el correspondiente informe de valoración, según la normativa ECO 805-2003. Una vez realizado, debe acudir con el informe bajo el brazo a las distintas entidades financieras a solicitar y negociar el préstamo hipotecario, sin necesidad que tener que realizar otro informe de tasación por encargo de la entidad financiera.
Así se establece en el artículo 4 de la “Proposición de Ley de Medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social”:
“Las entidades de crédito, incluso aquellas que dispongan de servicios propios de tasación, estarán obligadas a aceptar cualquier tasación de un bien aportada por el cliente, siempre que, sea certificada por un tasador homologado de conformidad con lo previsto en la presente Ley y no esté caducada según lo dispuesto legalmente, y ello, sin perjuicio de que la entidad de crédito pueda realizar las comprobaciones que estime pertinentes, de las que en ningún caso podrá repercutir su coste al cliente que aporte la certificación. El incumplimiento de esta obligación se entenderá en todo caso como infracción grave o muy grave de la entidad de crédito en los términos de los artículos 5.d) o 4.e), respectivamente, de la Ley 26/1988, de 29 de julio, de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, respectivamente”
Aunque ya existía la obligatoriedad de aceptar cualquier tasación desde el año 2011 con la Orden EHA/2899/2011, la novedad es el régimen sancionador (grave o muy grave) a las entidades financieras.
Esperemos que estas medidas sancionadoras eviten la relación “clientelista” entre tasadores y entidades financieras y, probablemente, habrá más competencia entre los tasadores.
Una buena medida pero solamente hace falta que los supervisores (Banco de España y Ministerio de Economía) vigilen a las entidades financieras para que cumplan dicha medida y sancionen duramente a los que no cumplan y obliguen a realizar nuevos informes de valoración a sus clientes.
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Gonzalo Brezmes