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Las aseguradoras obligadas a tasar sus inmuebles cada dos años

Madrid. El Ministerio de Economía y Competitividad está dispuesto a reforzar los mecanismos de control establecidos para evitar que la enfermedad del riesgo inmobiliario se propague por el sector asegurador. El pasado viernes, 8 de marzo, se publicaba en el Boletín Oficial del Estado la modificación de la Orden Ministerial que obliga a tasar los inmuebles de las aseguradoras cada dos años, en lugar de los tres establecidos hasta ahora. 

“Las entidades aseguradoras solicitarán de una entidad tasadora autorizada la revisión de las valoraciones de los inmuebles de su propiedad y de los derechos reales inmobiliarios inscritos a su favor, una vez hayan transcurrido dos años desde la anterior valoración”, reza la orden ministerial que acaba de entrar en vigor, con la que el gabinete que dirige Luis de Guindos acorta de tres a dos años, el plazo previsto para la revisión de las tasaciones de los inmuebles que están obligadas a solicitar las aseguradoras.

El Ministerio, de hecho, abre la puerta a que este tipo de revisiones se lleve más a menudo cuando sea necesario. “Excepcionalmente, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones podrá reducir el plazo de los dos años, con carácter general o para determinada clase de inmuebles y derechos reales inmobiliarios, cuando por las especiales circunstancias que afectasen al mercado inmobiliario fuese necesario para evitar sobrevaloraciones de los inmuebles”, continúa la norma.

“Considerando el contexto actual de crisis que ha afectado de forma especialmente relevante al sector inmobiliario, resulta necesario garantizar que la información sobre el valor razonable de los inmuebles de que son titulares las entidades aseguradoras no quede desactualizado, pudiendo incidir negativamente en su situación patrimonial”, argumenta el Ministerio para justificar el cambio normativo.

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