miércoles, 5 febrero 2025

El Impuesto a las Grandes Fortunas entrará en vigor tras el fallo favorable del Tribunal Constitucional

A pesar del recurso interpuesto por la Comunidad de Madrid, en la que se trataba de frenar la aplicación del Impuesto de Solidaridad a las Grandes Fortunas, el Tribunal Constitucional ha acabado rechazando la petición interpuesto desde la administración de la capital, lo que da vía libre al gobierno estatal para llevar a cabo este nuevo gravamen.

Este impuesto de nueva creación contradice algunas decisiones autonómicas de estos últimos tiempos, como sucede particularmente en el caso de la capital española, donde el Impuesto sobre el Patrimonio (IP) no tiene vigencia desde 2008. Para paliar esta situación, el gobierno de la Comunidad de Madrid, presidido por Isabel Díaz Ayuso, volverá a poner en funcionamiento el tributo sobre el patrimonio, consiguiendo retener así los ingresos fiscales en el ámbito regional.

Y entrando en materia, esto supone que todos los propietarios que tengan un patrimonio que no supere los 3 millones de euros anuales seguirán tributando el 0%, y es a partir de aquí donde se adapta a la nueva norma estatal. Hasta los 5,34 millones, el tipo será del 1,7%; en el siguiente tramo, que llega hasta los 10,69 millones, se les aplicará un 2,1%, y ya por encima de esa cifra, la cantidad a pagar será del 3,5%.

¿Cómo afecta esta modificación a la población madrileña?

La situación de la Comunidad de Madrid es en este tema es, sin duda, delicada. Y es que se trata de la primera potencia económica regional dentro del conjunto de España, según datos del Instituto Nacional de Estadística, recogidos en el año 2021. El PIB per cápita durante ese ejercicio fue de 34.821 euros, el más alto de todo el país, además de ser una de las comunidades con más distritos con rentas altas de España.

Municipios como Pozuelo de Alarcón, Boadilla del Monte, Torrelodones, Las Rozas o Majadahonda serán algunos de los territorios donde más se pueda notar la aparición de este nuevo tributo, que no deja de ser la reactivación de otro que ya existía, sorteando así la barrera estatal, y pudiendo mantener la recaudación en las arcas regionales. Estos ejemplos anteriores, además de Tres Cantos, son la muestra de la mayor renta de la comunidad autónoma madrileña, donde gran parte de sus habitantes tendrán que hacer frente, posiblemente ya este mismo año, al tributo por el patrimonio.

Estos pueblos y ciudades son los que ponen a Madrid como una de las capitales de provincia con las rentas netas per cápita más altas, representando así el 39,1%, según los datos recogidos en el Instituto Nacional de Estadística. En estos casos, un ciudadano que tenga un patrimonio alrededor de los 5 millones de euros, deberá abonar una cantidad cercana a los 30.000 euros, aplicando así el 1,7% a todo aquello que esté en el tramo superior a los 3.000.000.

En este caso, la vía judicial ya se ha acabado, después del fallo del TC ante el recurso presentado, no solo por la Comunidad de Madrid, sino también por Andalucía, Galicia y Murcia. Susana Arroyo, abogada en el bufete Exit Legal y miembro del Colegio de la Abogacía de Barcelona, comentaba que “no será posible recurrir esta decisión a título individual”, cerrando así las posibilidades a una posible reforma sobre un nuevo tributo que estará en España, al menos, hasta 2024.

Mirando también hacia Cataluña, podemos observar cómo existe una clara diferenciación entre ambos territorios. En el caso de la población catalana, la aportación al ISGF será de tan solo 2 millones de euros, comparándolo con los 623 previstos a nivel estatal, lo que representa apenas el 0,3%. Algo totalmente contrario a lo que observamos en Madrid, donde la recaudación ascendería hasta los 555 millones de euros aproximados.

En este caso, y tal y cómo nos explica la abogada Arroyo, “la diferencia entre ambos territorios se debe a la existencia del Impuesto sobre el Patrimonio en Cataluña, donde ya obliga a pagar a todo aquel con patrimonio neto superior a los 500.000 euros, sin contar la vivienda habitual”. Allí, la bonificación del tipo al 0% hasta los 3 millones no existe, algo que sí sucede en Madrid, y existe gravamen en todos los tramos tributarios. En el primer escalón de base liquidable, donde el límite está puesto en 167.129 euros, el tributo ya es del 0,2%, lo que puede llegar a suponer una cuantía de 350 euros.

El mercado inmobiliario y el ISGF

Con la llegada de este nuevo impuesto, podemos observar esa tendencia al alza en el mercado inmobiliario, pero aún así, los precios de la vivienda en este segundo trimestre del año ha seguido estando un 4% por encima de la tasa interanual, tal y como se puede observar en la información del INE, además de la caída de la compraventa de pisos e inmuebles durante todo este año.

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