sábado, 3 enero 2026
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Los arrendatarios de locales comerciales y los estudiantes, principales afectados por las cláusulas Covid19 en los alquileres

La jornada celebrada en el Colegio Oficial y Asociación de Agencias y Agentes Inmobiliarios de Madrid (COAPIMADRID – AIM) sobre «Contratos de Arrendamiento ante el Covid19», ha analizado el impacto que está teniendo la pandemia en el ámbito de los alquileres de vivienda y de negocio, abriéndose un abanico de nuevas situaciones que están obligando a modificar los contratos y a incluir este tipo de cláusulas. Los arrendatarios de locales comerciales y los estudiantes, son los principales afectados por las cláusulas Covid19 en los alquileres, siendo ésta una de las conclusiones de la jornada.

Los arrendatarios de locales comerciales y los estudiantes son los principales afectados por las denominadas ‘cláusulas Covid’ que se están incluyendo en los contratos de alquiler desde que comenzó la pandemia. Así se ha puesto de manifiesto en la jornada sobre «Contratos de arrendamiento ante el Covid19», que ha analizado el impacto que está teniendo la pandemia en los alquileres de vivienda y de negocio, que se ha celebrado en el Colegio Oficial y Asociación de Agencias y Agentes Inmobiliarios de Madrid (COAPIMADRID – AIM).

En los contratos de arrendamiento los propietarios están empezando a incluir las denominadas ‘cláusulas Covid’, especialmente para estudiantes que se quedan sin clases presenciales y podrían abandonar el piso sin penalización, así como para los arrendatarios de locales comerciales con fórmulas para protegerse frente a situaciones imprevistas de impago ante la situación de incertidumbre que estamos viviendo. Ambas situaciones están acaparando las consultas a los agentes de la propiedad inmobiliaria.

El Covid19 también está provocando un impacto en los contratos de arrendamiento temporal, los que afectan a extranjeros y al alquiler vacacional, que también forman parte de la avalancha de consultas que se están planteando a los API.

Nos encontramos ante una pandemia que desde el punto de vista jurídico constituye una situación imprevisible o inevitable que no puede asociarse a un riesgo que sea inherente a los contratos, lo que permite la revisión de las circunstancias de cada relación contractual. Al tratarse de una situación inesperada y sobrevenida, afecta a la posibilidad de cumplimiento de los contratos. Para evitar estas situaciones, que tienen graves y relevantes efectos en las relaciones negociales y comerciales entre las partes, se están incorporando nuevos anexos en los contratos privados, no solo de alquiler, sino también de compraventa, arras, señal, reserva, etc.,

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