sábado, 3 enero 2026
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60 millones de ayudas a la vivienda pendientes de resolver en Valencia

La consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio de la Generalitat Valenciana, María José Salvador, ha denunciado que el nuevo Consell ha detectado 60 millones en miles de expedientes de ayudas a la vivienda sin resolver, una situación que afecta a 1.100 personas y unidades familiares que han estado años esperando a que se resolvieran sus ayudas.

Estos 60 millones se tienen que unir ahora a los 240 millones de euros que tuvo que reconocer el anterior Ejecutuvo autónomo, y a los 40 millones de euros de las resoluciones 501 que reconoció el nuevo Consell.

La consellera ha recalcado que se trata de «1.100, personas, de 1.100 unidades familiares, que decidieron comprarse una VPO porque tenían una subvención, una VPO que además no la pueden alquilar, ni la pueden vender, y la antigua consellera decidió que todas estas ayudas fueran denegadas».

«Hasta ahora, ha continuado la consellera, sabíamos que los antiguos responsables concedieron premeditamente y con alevosía más ayudas de las que podían; estafaron a la gente que pidió ayudas para pagar su alquiler o la rehabilitación de su vivienda, pero ahora sabemos que su gestión oscura no termina ahí; su maquiavelismo político a la hora de jugar con expectativas de presente y de futuro de la gente fue mucho más allá».

En este sentido, ha señalado que la antigua consellera, «cuando se encontró ante la imposibilidad de seguir tramitando más ayudas por haber sobrepasado sobradamente los límites presupuestarios, dictó en julio de 2013 una instrucción interna por la que ordenaba a los servicios territoriales que todos los expedientes de concesión de ayudas en tramitación, independientemente de la fase en la que se encontraran, se resolvieran de forma negativa por falta de recursos económicos».

Esta instrucción no fue acatada por los servicios de la conselleria, que entendieron – ha destacado Salvador – que el marco normativo vigente no contemplaba esta posibilidad, ya que se deben resolver estimatoriamente o desestimatoriamente las solicitudes de ayudas tras constatar el cumplimiento de las condiciones fijadas en las convocatorias públicas y que, por tanto, la ilegalidad cometida en tramitar ayudas excediendo las consignaciones presupuestarias existentes no podía perjudicar los derechos de los ciudadanos.

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