El Gobierno recurre la ley vasca de Vivienda por las sanciones a casas desocupadas

El Consejo de Ministros ha solicitado al presidente del Gobierno la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra varios artículos de la Ley de Vivienda del País Vasco, del 18 de junio de 2015, por haber introducido el deber de ocupación de la vivienda deshabitada, sancionando su no ocupación. Asimismo, se solicita la suspensión de la citada normativa.

La Ley vasca determina e impone una nueva regulación del derecho de propiedad sobre la vivienda al incluir un nuevo deber, el de habitar la vivienda. Con ello, dicha Ley invade las competencias estatales de regulación de las condiciones básicas que garantizan la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales, y en materia de derecho civil.

Además, la citada Ley del País Vasco establece un régimen sancionador respecto de los propietarios de viviendas desocupadas basado en un sistema de presunciones (como, por ejemplo, consumos anormales de agua, gas o electricidad), en virtud de las cuales podrán imponerse a los titulares de viviendas deshabitadas sanciones económicas de carácter grave o muy grave.

En el ordenamiento jurídico español no puede establecerse una responsabilidad penal o administrativa sancionadora al margen del principio de culpabilidad y en base a un sistema de presunciones.

Por tanto, se infringen, atribuyendo valor probatorio a meros indicios y estableciendo presunciones legales, los artículos 24.2, 25 y 149 de la Constitución, ya que los procedimientos sancionadores deberán respetar la presunción de no existencia de responsabilidad administrativa mientras no se demuestre lo contrario.

Por otra parte, la Ley cuestionada permite la adopción, por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma, de medidas tales como el desahucio administrativo, la expropiación de la vivienda, su venta forzosa, el derecho de adquisición preferente, el alquiler forzoso y la imposición de multas y sanciones, sin establecer graduación alguna entre las mismas, de manera que se vulnera el principio de la proporcionalidad.

La adopción de las medidas recogidas por la Ley vasca tendría un impacto significativo sobre las entidades de crédito y sobre el mercado hipotecario, vulnerando la competencia estatal de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.

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