InicioEconomía y NegociosLegal y JudicialLos bancos responderán por...

Los bancos responderán por los adelantos aportados por cooperativistas de vivienda

Con o sin aval, el Tribunal Supremo ha estimado el recurso de los compradores de una vivienda y condena al vendedor y a la aseguradora al abono de las cantidades que anticiparon. Además, hace extensible la responsabilidad a las entidades financieras donde se depositaron estas cantidades, por lo que estas deberán responder ante los afectados asumiendo así su dejación a la hora de pedir garantías sobre esos depósitos.

De esta manera, el Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha sentado doctrina sobre la relación las cantidades anticipadas para la compraventa de una vivienda cuando estas no son ingresadas en la cuenta especial prevista en la Ley 57/1968.

La Sala ha considerado que la obligación es exclusiva del vendedor y que el comprador no tiene obligación de depositarlas en dicha cuenta atendiendo a la irrenunciabilidad de los derechos que para el comprador establece el artículo 7 de la Ley 57/1968.

En el litigio que dio origen al recurso que resuelve la Sala, los compradores solicitaron, frente a la vendedora y la aseguradora, la resolución de sus contratos de compraventa y la devolución de las cantidades anticipadas. La demanda fue desestimada en primera instancia al entender que no se había producido  incumplimiento del plazo de entrega por la vendedora.

La Audiencia Provincial de Cádiz consideró, sin embargo, que este plazo no había sido respetado y estimó en parte el recurso de apelación de los compradores, resolviendo los contratos. En cuanto a las cantidades a devolver, condenó solo a la vendedora, eximiendo de responsabilidad a la aseguradora al entender que, conforme a lo dispuesto en el contrato de seguro, los compradores debieron haber ingresado las cantidades entregadas en una cuenta especial designada en el mismo, y que esta cláusula había sido firmada por los compradores.

La Sala Primera ha considerado que los derechos reconocidos legalmente al comprador no pueden renunciarse en una póliza de seguros y que el hecho de que el comprador no ingrese las cantidades en la cuenta especial no excluye la cobertura del seguro, al ser obligación del vendedor.
Estima así el recurso de los compradores y condena a la aseguradora al abono solidario junto con el vendedor de las cantidades anticipadas.

También fija como doctrina jurisprudencial la siguiente: “de acuerdo con el art. 2 de la Ley 57/1968 es obligación exclusiva del promotor-vendedor ingresar las cantidades anticipadas por los compradores en la cuenta especial, que el referido promotor debe abrir.

La irrenunciabilidad de los derechos por el comprador que establece el art. 7 de la Ley 57/1968, impide que en el contrato que asegure o avale las cantidades anticipadas, se pueda imponer al comprador la obligación de depositar las cantidades en la cuenta especial”.

- Advertisement -

Comparte las Noticias en tus Redes Sociales

Síguenos

- Publicidad -

CONTENIDOS DE PORTADA

CONTENIDOS RELACIONADOS

Las licitaciones desiertas dejan sin adjudicar 5.236 millones de euros en 2025

Las licitaciones desiertas dejaron sin adjudicar 5.236 millones de euros en...

El 46,4% de los españoles no logra un confort térmico habitual en su vivienda

Mantener una temperatura confortable en casa sigue siendo una dificultad habitual...

La falta de vivienda sostiene los precios pese a la caída de las compraventas

El mercado de la vivienda combina una caída de las compraventas...

El 49,7% de los jóvenes de 26 a 34 años prioriza ahorrar para comprar vivienda

El ahorro destinado a la compra de vivienda encabeza las prioridades...

El 41% de la obra nueva de lujo en venta en Madrid supera los 5 millones

El mercado inmobiliario de lujo de Madrid amplía su oferta y...

La construcción amplía su formación gratuita con más de 60 cursos online

La formación continua del sector de la construcción incorpora una nueva...

PATRIZIA adquiere ocho inmuebles arrendados a Lidl en España

La inversión inmobiliaria en distribución alimentaria suma una nueva operación en...