Castilla y León aboga por dar participación a la comunidad científica en la evaluación ambiental de algunos proyectos

El proyecto de Ley de Evaluación Ambiental, que será debatido próximamente en el Congreso de los Diputados, incluye algunas de las observaciones que Castilla y León planteó al anteproyecto y que fueron incorporadas en gran medida, con el ánimo de contribuir a configurar un texto normativo que resulte accesible y seguro jurídicamente para todos los sujetos a los que va dirigido y en el que se observen las reglas de racionalización y simplificación de los procedimientos administrativos, con la finalidad última de garantizar una mayor calidad en la prestación de los servicios públicos.

En la nueva ley se unificarán, simplificarán y racionalizarán los procedimientos de evaluación ambiental aplicables, permitiendo el paralelismo de procedimientos similares que solo difieren en el marco de aplicación, genérico, en planes y programas y, a un nivel más pormenorizado, en proyectos incluidos en esos planes y programas.

Así se conseguirá acortar plazos de tramitación, reduciendo las cargas administrativas que soportan los promotores y evitando diferencias en los niveles de exigencia ambiental de las comunidades autónomas. Además, al tiempo que se refuerza la valoración de los aspectos ambientales en su tramitación sustantiva, favoreciendo la implantación y desarrollo de las actividades inversoras en un menor tiempo, se contribuye con ello al desarrollo socioeconómico, al reducir las cargas, simplificar el procedimiento y dar una seguridad jurídica al promotor.

Antonio Silván ha reclamado, además, que se tenga en cuenta la especificidad de determinados proyectos como las repoblaciones forestales y las forestaciones ya que se tienen que considerar como instrumentos que suponen una mejor utilización del medio natural. La idea sería reducir la casuística de las evaluaciones de impacto ambiental a casos relevantes con el objetivo de no alargar el trámite administrativo, ya que retardaría la ejecución de proyectos ambientalmente deseables o, incluso, podría disuadir a los promotores a realizar estos proyectos, lo que iría en detrimento del objetivo de incrementar las superficies arboladas.

Desde Castilla y León se propone su sometimiento a Evaluación Ambiental simplificada (no ordinaria) siendo el órgano gestor del espacio protegido quien informe al órgano ambiental sobre si existen afecciones significativas para la ejecución del proyecto, lo que llevaría a este último a decidir si puede suponer una transformación ecológica negativa para el espacio. De este modo solo deberían someterse a Evaluación de Impacto Ambiental cuando se prevean riesgos de graves transformaciones ecológicas negativas, bien sean proyectos en zonas protegidas o no y con independencia de su superficie.

En sintonía con el proyecto de ley del Gobierno, y condicionado a su aprobación, las Cortes de Castilla y León aprobarán, previsiblemente en 2013, la modificación de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León que adecua el régimen de la autorización ambiental y la evaluación de impacto ambiental de proyectos a la normativa básica estatal.

Esta modificación tiene como objetivo fundamental impulsar la actividad económica, en particular de las pequeñas y medianas empresas (pymes), en el marco de un desarrollo social y medioambiental sostenible, mediante la racionalización de los procedimientos administrativos, así como de la adecuación de las regulaciones existentes a los avances e innovación que marcan tanto las disposiciones normativas como las técnicas más recientes y que demanda el sector empresarial. Con esta finalidad la modificación proyectada apuesta por someter a los sistemas de control ambiental únicamente aquellas actividades, instalaciones o proyectos respecto a los que la experiencia ha demostrado una clara incidencia ambiental.

La nueva ley concreta las actividades o instalaciones sometidas a los regímenes de licencia y comunicación ambiental, potenciando este último con base a la confianza y responsabilidad del promotor; reduce plazos, elimina trámites y automatiza los procedimientos en aras de su simplificación; y limita la aplicación del trámite de evaluación de impacto ambiental a los supuestos fijados por la legislación básica estatal.

Con la modificación de la Ley de Prevención Ambiental, Castilla y León avanza hacia un marco regulatorio más transparente, más predecible y más favorable para la actividad económica en la Comunidad, al tiempo que asegura la adecuada protección del medio ambiente.

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