Rechazo por parte de los agentes inmobiliarios a la ley del alquiler

Madrid. Tras darse a conocer a finales del mes de agosto las reformas propuestas por el Gobierno en el ámbito de los alquileres con el objetivo de “flexibilizarlos”, las reacciones de los distintos colectivos no se han hecho esperar.

De este modo, tanto el Colegio como la Asociación de Agentes Inmobiliarios (API) han decidido trasladar a los grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados su descontento ante el proyecto de Ley de Medidas para Flexibilizar el Alquiler impulsado por el Gobierno. El colectivo considera que esta forma de actuar creará inseguridad, problemas y también gastos innecesarios.

Desde el punto de vista de Joan Ollé, presidente de este colectivo en Cataluña, medidas como la obligatoriedad de registrar los contratos de arrendamiento en el Registro de la Propiedad es una “losa muy pesada”. Una de las medidas que proponen desde su agrupación para solucionarlo son los registros autonómicos de fianzas, con los que opinan que se evitarían costes y también la incertidumbre a los profesionales del sector inmobiliario.

En el caso particular del inquilino, la asociación opina que también queda desprotegido ante la posibilidad del cese de su contrato de arrendamiento por venta o necesidad sin haber sido advertido previamente. Con la idea de facilitar este proceso, Ollé quiere fomentar a su vez un servicio privado de mediación en los casos de arrendamiento, venta o ejecuciones hipotecarias.

Ley de medidas para flexibilizar el alquiler

El Gobierno afirma que las mejoras introducidas en el texto mejorarán la seguridad jurídica de arrendadores y arrendatarios, fomentando el acceso a la vivienda de jóvenes, colectivos vulnerables y familias con menores rentas.

No obstante, tanto expertos en la materia como asociaciones de consumidores ya han alertado de que la nueva ley supondrá también una merma de garantías para el inquilino puesto que se recortan muchos de sus derechos.

Entre sus medidas más comentadas está la posibilidad de desahuciar en diez días a los inquilinos que se retrasen en el pago de la renta si no presentan alegaciones ante el juez y la intervención judicial al mínimo imprescindible.

Así, mientras que con la normativa actual el inquilino tenía la posibilidad de pagar en el último momento y evitar de ese modo el desahucio, ahora los plazos de desahucio se reducirán considerablemente puesto que los procesos judiciales se agilizarán todo lo posible. 

De igual modo, la nueva normativa permitirá al arrendatario rescindir el contrato sin pagar indemnización si se comunica con un mes de antelación. Se garantiza asimismo que el propietario podrá recuperar su vivienda si la necesita para sí, familiares de primer grado de consanguinidad o adopción o su cónyuge tras el divorcio o nulidad avisando con dos meses de antelación.

La reforma legal prevé además la posibilidad de que la actualización de la renta no tenga relación con el IPC.    

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