sábado, 19 abril 2025
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El Gobierno aprueba el Proyecto de Ley de Crédito Inmobiliario para favorecer al deudor hipotecario

El Gobierno ha aprobado el Proyecto de Ley de Crédito Inmobiliario, que traspone una Directiva europea y busca incrementar la transparencia del contrato de hipoteca, según ha explicado el ministro de Economía, Industria y Competitividad, Luis de Guindos.

En lo relativo a la trasposición, De Guindos ha asegurado que en la norma se ha optado siempre por las alternativas más favorables al deudor hipotecario. Así, se abaratan las comisiones por la amortización anticipada de los préstamos a tipo variable, hasta anularse a partir de los cinco años de vigencia de la hipoteca; para los préstamos a tipo fijo, se establece una comisión máxima, frente a la situación actual en la que se aplican hasta dos comisiones, una de las cuales no tiene ningún tipo de límite.

Además, se establece el derecho del consumidor a cambiar un crédito en moneda extranjera a la divisa nacional o a cualquier otra; se prohíben las ventas vinculadas -que obligan al consumidor a aceptar una serie de productos financieros como condición para obtener la hipoteca-, y se regula el régimen jurídico de los intermediarios de crédito inmobiliario.

El ministro de Economía ha señalado que el texto no se limita a trasponer la Directiva comunitaria, sino que también responde a las sentencias judiciales que han puesto de manifiesto la necesidad de una mayor transparencia en la regulación hipotecaria.

En este sentido, la norma facilita la conversión de las hipotecas de tipo variable a fijo, tanto para las nuevas como para las que ya están en vigor. Las comisiones por realizar ese cambio se suprimen a partir del tercer año y se rebajan los gastos de notaría y registro.

Otras novedades son que el prestamista deberá entregar al cliente documentación detallada sobre la hipoteca, las cláusulas más «sensibles» y escenarios de evolución de las cuotas, y que el hipotecado recibirá asesoramiento gratuito del notario sobre el contenido del contrato durante los siete días previos a la firma.

La norma también regula el vencimiento anticipado del crédito, «de tal forma que se evita cualquier tipo de discrecionalidad a la hora de pactar esta cláusula», según ha indicado Luis de Guindos. El requisito para que la entidad financiera pueda iniciar la ejecución del préstamo se amplía a nueve cuotas mensuales impagadas o a una cuantía que supere el 2% del capital concedido durante la primera mitad de la vigencia de la hipoteca; durante la segunda mitad, el porcentaje será del 4% o de doce cuotas impagadas.

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