El IRS ahora no les interesa a los bancos

Madrid. Los bancos, que presionaron en su momento, a los supervisores para contar con un índice de referencia, el IRS, alternativo al Euríbor, ahora no ven oportuno utilizarlo. Básicamente, por tres circunstancias. Porque la actividad hipotecaria es prácticamente nula, porque los usureros diferenciales que se aplican sobre el Euríbor son de lo más rentables, y porque esa revisión a cinco años suscita unas excesivas incertidumbres que ninguna entidad, con la que está cayendo, está dispuesto a asumir.

Desde julio del pasado año los bancos ya podían, tras la publicación en el BOE de una circular del Banco de España, ofertar préstamos referenciados al IRS, pero no lo está haiendo para evitar correr riesgos cuando suba el precio del dinero. Con un entorno de tipos mucho más bajos que los mínimos anteriores, el problema de una subida de tipos a medio y largo plazo es mayor, y han hecho crecer los riesgos los propios bancos.

Si pongo un diferencial del 3% a un IRS al 0,80%, obtengo un préstamo al 3,80%, un tipo alto si consideramos el precio del dinero pero que puede asumirse, pero si el IRS se dispara en unos años por encima del 5%, algo plausible si hay una recuperación y hay que hacer una política monetaria restrictiva nos encontraremos hipotecas al 8%-9% que causarían un grave problema al sistema.

Algunos de incalculabres consecuencias, aunque no del todo descabellado, como ese escenario que da por hecho morosidades hipotecarias incluso superiores a los dos dígitos y en torno al 15% para los impagos a nivel global.

Además, cabe recordar que rige libertad de contratación, la plena validez y eficacia de los contratos, y la plena responsabilidad de los clientes si incumplen las obligaciones asumidas contractualmente en su hipoteca.

El IRS es un índice que refleja el coste del dinero a cinco años sin prima de riesgo. Es el mismo indicador que se utiliza para los tan denostados swaps (que la banca inventó para defenderse de la bajada de tipos del euríbor). La cuota hipotecaria del IRS se revisaría cada 5 años. Nació con la idea de desvincular las hipotecas del interés interbancario a un año o el interés al que se prestan dinero los banco, evitando así la volatilidad de los mercados.

En principio, cuando solicitaron la aplicación de este índice en el mercado hipotecario y antes de que se acentuaran las consecuencias negativas de la crisis económica, la banca confiaba en que el IRS, al ser un tipo de referencia a 5 años, fomentaría la contratación de hipotecas a tipo fijo (con periodo de revisión de más de un año) y ello a su vez dotaría de mayor estabilidad a las cuotas hipotecarias. Evidentemente, no está siendo el caso.

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