sábado, 17 enero 2026
Newsletter

Saber comprar es comprar en Sareb, lema del banco malo para colocar sus viviendas

Tres años después de su constitución, y ante un ritmo de ventas más lento del esperado, la Sareb, el banco malo presidido por Jaime Echegoyen acaba de subir a su página web un vídeo tutorial, en clave didáctica, para animar a los potenciales compradores, sobre todo de viviendas, a que compren.

Un vídeo, de poco más de un minuto de duración, que viene a recordar los dos canales a través de los que se pueden comprar los inmuebles disponibles. Directamente, a través de su propia página web, o a través de los cuatro servicers contratados (Haya, Altamira, Solvia y Servihabitat).

El video, que finaliza con un lema en el que el banco malo ha querido jugar con su propia denominación, ‘saber comprar es comprar en Sareb’, se ha hecho público en plena elaboración del cierre de las cuentas correspondiente al ejercicio 2015, en el que el banco malo ya deberá valorar parte de los activos de acuerdo con las normas contables impuestas por el Banco de España.

Al margen de esta actividad comercial, a la que Sareb hubiera querido limitarse, existe otra, la vertiente judicial, en la que, no podía ser de otra forma, está metida de lleno, debido a los innumerables procesos concursales en los que anda sumida, como consecuencia de ser, en la mayoría de las ocasiones, el principal acreedor de las empresas que finalmente acaban siendo liquidadas.

Y los jueces, un día y otro también, emitiendo autos que no le son al banco malo del todo favorables a los intereses de la Sareb. Uno de los últimos, de la Audiencia Provincial de Murcia, lo viene a corroborar. Al confirmar la sentencia de un juzgado de lo Mercantil, que reconoció un crédito por importe de 633.000 euros a Sareb, en el concurso de acreedores instado por la constructora Tecón en junio de 2013, y desestimar el recurso del banco malo, que ese crédito fuese calificado de privilegio especial.

Dice la Audiencia Provincial que ello no es posible, al no cumplirse los requisitos marcados por la legislación para que un crédito pueda tener esa consideración, que exige una serie de requisitos a la hora de constituir su garantía.

Así, para gozar de ese carácter de privilegiado especial «es preciso que el crédito esté garantizado con hipoteca inmobiliaria y que esta esté constituida con los requisitos y formalidades previstos en su legislación específica para su oponibilidad a terceros, lo que impone la inscripción registral», apunta la Audiencia en su sentencia.

- Advertisement -

Comparte las Noticias en tus Redes Sociales

Síguenos

- Publicidad -

CONTENIDOS DE PORTADA

CONTENIDOS RELACIONADOS

Mercado de las SOCIMI y diversificación inmobiliaria

El mercado de las SOCIMI en España cerró 2025 con un...

Mercado hipotecario y vivienda en máximos históricos

La evolución del mercado inmobiliario en España durante 2025 ha estado...

Precio del alquiler y cifras del mercado en 2025

El mercado del alquiler en España cierra 2025 con una subida...

Tendencias que marcarán la construcción y la eficiencia energética

El sector de la construcción avanza hacia modelos más eficientes en...

RE/MAX España amplía su presencia en Mallorca

El mercado inmobiliario balear continúa atrayendo actividad profesional impulsada por la...

El año clave del inmobiliario industrial

El sector inmobiliario industrial español encara un periodo decisivo marcado por...

Nueva oficina inmobiliaria en Pozuelo para reforzar el servicio y la cercanía al cliente

El mercado inmobiliario del oeste de Madrid continúa ampliando su oferta...

Vivienda eficiente y obra nueva en un enclave estratégico de las Rías Baixas

La promoción residencial en las Rías Baixas avanza con nuevos desarrollos...