De acuerdo con el calendario establecido en 2015 por el Ayuntamiento de Bilbao, entre 2016 y 2018 serán 7.027 inmuebles los que están obligados a pasar la Inspección Técnica de Edificios (ITE), un 61,6% del total de edificios censados en la capital vizcaína. Y serán 1.282 los que deberán realizarla durante 2016.
La ITE es una inspección técnica que, según establece la normativa autonómica, deben pasar los edificios de uso residencial que tengan una antigüedad superior a 50 años. Están excluidas las edificaciones unifamiliares aisladas que no tengan fachada a la vía o espacios de uso público.
También están obligados los edificios cuyos titulares soliciten ayudas públicas de Euskadi -para obras de conservación, de accesibilidad universal o de eficiencia energética-, con anterioridad a la formalización de dicha solicitud y con independencia de la antigüedad o del plazo reseñado.
La obligación de presentar la ITE corresponde a la propiedad del edificio y debe contener una descripción general del estado general de elementos que componen la edificación, estructura, cimentación, fachadas, cubiertas e instalaciones; además de incluir el listado de obras necesarias para la reparación de las deficiencias observadas, en caso de haberlas, indicando la mayor o menor urgencia de las mismas teniendo en cuenta su gravedad.
Además, dicho documento debe completarse con un informe sobre accesibilidad y un certificado de eficiencia energética del inmueble y sólo puede ser realizado por personal técnico con titulación en arquitectura superior o técnica.
Como último paso, la ITE ha de ser presentada ante el Ayuntamiento de Bilbao, quien a su vez la remitirá al departamento competente en materia de vivienda en Gobierno Vasco.
Los inmuebles que tengan la obligación de presentar la ITE a lo largo de 2016 recibirán un aviso dirigido a la comunidad propietaria, indicando la necesidad de presentar la misma y dónde o cómo pueden dirigir sus consultas o presentar las mismas.
Todas las obras que en la Inspección Técnica de Edificios se consideren inmediatas, muy urgentes o urgentes deberán realizarse, solicitando la correspondiente licencia o autorización, y presentando tras su ejecución el certificado de subsanación de deficiencias para garantizar que éstas han quedado resueltas.
En caso de no ser abordadas por las propiedades, el Ayuntamiento de Bilbao, a fin de priorizar la seguridad, podrá ordenar la ejecución preferente de las obras que afecten a la estructura de los edificios, a la cubierta y a las fachadas situadas en la vía pública.
El Ayuntamiento concede ayudas económicas para la ejecución de obras de reparación de elementos estructurales y supresión de barreras arquitectónicas en edificios residenciales.