El Síndic de Cataluña insta a Sareb a dotar a la Generalitat urgentemente de viviendas con finalidad social

El Síndic, Defensor de las Personas de Cataluña,  considera que es preciso aprovechar la prórroga otorgada por el Tribunal de Estrasburgo a fin de encontrar soluciones para las familias socialmente afectadas en la localidad de Salt (Girona), e insta a la Sareb y a la Agencia catalana de la Vivienda a hacerlo.

Las soluciones para garantizar de manera efectiva en plena crisis social y financiera el derecho a la vivienda pasa necesariamente por disponer para alquiler social de una parte importante de los inmuebles hoy en manos de la SAREB.

El Síndic ha resaltado en varias ocasiones este problema y ha instado a tomar medidas para reconducir la situación. En concreto, y en relación con la posibilidad  de incrementar la disponibilidad de vivienda social y el stock de vivienda de la SAREB, en el mes de noviembre del 2102 el Síndic propuso, entre otras medidas:

1. “Destinar a alquiler social el 30% de los inmuebles obtenidos a bajo coste, y por tanto, subvencionados por el Estado, susceptibles de ser destinados a primera residencia.

2. Ceder estos inmuebles destinados a alquiler social a administraciones públicas y a entidades sociales sin ánimo de lucro en condiciones económicas que les permitan asumir su gestión y la destinación a alquiler a bajo coste a largo plazo.

3. Que en los casos de personas en una situación de precariedad social y que se encuentran en situación objetiva de sobreendeudamiento, la Comisión de Evaluación del Sobreendeudamiento pueda determinar que el acreedor aplique las mismas rebajas en la deuda que se han previsto para la transferencia de viviendas de instituciones financieras a Sareb. El objetivo es evitar que estos activos inmobiliarios pasen por procesos de desahucio a ser recuperado por entidades financieras y, en última instancia, a la Sareb”.

En el tema de las plusvalías generadas por la pérdida de la vivienda habitual por incapacidad de pago, en abril de 2012, el Síndic propuso:  “Una modificación legislativa del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales sobre el IIVTNU, a fin de que se declaren exentos de tributación del IIVTNU las transmisiones de terrenos derivadas de una ejecución hipotecaria cuando esta afecte  a la vivienda habitual del sujeto pasivo”.

Por último, cabe recordar, que el parque de viviendas de la Sareb está formado por inmuebles de entidades financieras rescatadas gracias a los impuestos de todos los ciudadanos. Los responsables de la Sareb tienen en sus manos la posibilidad y la responsabilidad de ofrecer soluciones a un problema social real.

- Advertisement -

Comparte las Noticias en tus Redes Sociales

Síguenos

- Publicidad -

CONTENIDOS DE PORTADA

CONTENIDOS RELACIONADOS

El aumento del turismo empeora el sabor del agua en zonas vacacionales

El incremento de población durante el verano transforma el consumo de...

El Plan Renove de Ventanas mejora la eficiencia de más de 3.100 viviendas

El Plan Renove de Ventanas de la Comunidad de Madrid confirma...

El alquiler en Alicante se vuelve insostenible por los efectos de la Ley de Vivienda

El alquiler en la provincia de Alicante atraviesa una situación límite...

El euríbor da la sorpresa en junio de 2026 y frena la subida hipotecaria

El comportamiento del euríbor en junio de 2026 marca un punto...

JYSK prevé 120 nuevas tiendas en Iberia con una inversión de 60 millones

El crecimiento de la red comercial en Iberia refuerza el posicionamiento...

La Generación Z cambia el piso compartido por residencias conectadas

El alquiler universitario atraviesa una transformación marcada por nuevas prioridades habitacionales....

REMAX España abre nueva oficina en Torrelavega

La apertura de una nueva oficina inmobiliaria en Torrelavega refuerza la...

FAIN Puertas adquiere Kerymatic y refuerza su cartera en 2026

El movimiento corporativo de FAIN Puertas se enmarca en la evolución...