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Los tribunales vuelven a hurgar en el PGOU de Madrid

Mientras no se produce una sentencia, parece como si todo estuviera en calma. No es el caso del urbanismo de Madrid. Existen recursos que los más altos tribunales tienen pendientes de resolver, y cuyo dictamen amenaza con poner de nuevo en el punto de mira el Plan General de Ordenación Urbana de la capital.

De momento, y en la antesala de que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre el recurso contra el acuerdo del Ayuntamiento de Madrid -por el que, en agosto de 2013, se dio por rectificada la anulación del PGOU que el Supremo había decretado en 2012-, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) acaba de anular, en primera instancia, el plan especial de la conocida como pastilla comercial de Valdebebas.

Una actuación en la que, tras no cuajar el proyecto inicial de construir un macrocentro comercial -el que iba a ser el mayor de Europa- por una inversión que no llegó, los promotores del barrio optaron por cambiar los usos para reducir el espacio comercial un 70% y, en el espacio sobrante, construir más de 1.000 viviendas protegidas y un colegio privado.

Desde la junta de compensación de Valdebebas se han apresurado a señalar que la sentencia no es firme y que cabe la posibilidad de recurrir, para lo que ya ha establecido contacto con el Ayuntamiento de Madrid para establecer conjuntamente un plan de acción para resolver la situación, a la mayor brevedad y con la mayor seguridad jurídica.

Lo que hace el TSJM es dar la razón a la Asociación para la Promoción del Urbanismo Responsable, al declarar nulo el plan especial de reparcelación que el Ayuntamiento de Madrid, bajo mandato de Ana Botella, aprobó en octubre de 2014. Asociación que, junto a varios particulares, llevan una década interponiendo un sinfín de recursos contra las irregularidades urbanísticas.

Entiende el tribunal que el cambio de uso contemplado modifica la ordenación estructurante, y no recompone adecuadamente la relación que, en función de la población, debe existir entre dotaciones públicas y equipamientos colectivos.

La nulidad llega cuando estos terrenos ya han sido vendidos, tanto a la promotora inmobiliaria Pryconsa como al colegio Joyfe, para abordar la promoción de más de 1.000 pisos protegidos de precio limitado y un centro educativo privado, respectivamente.

Tras este sentencia del TSJM, el Supremo debe pronunciarse sobre otro recurso -también presentado por la misma asociación-, cuyo alcance puede ser muy relevante si, como ya hizo en octubre de 2012, vuelve a tumbar el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOU).

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