El Supremo anula un proyecto de un centro comercial y 2.700 viviendas en Valladolid

El Tribunal Supremo reincide en su jurisprudencia respecto a las Áreas Homogéneas del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Valladolid. Así, acaba de sentenciar la nulidad del ámbito Prado Palacio, ratificando lo que hace dos años dictaminó el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León. De esta manera no se podrá llevar a cabo el proyecto de edificar casi 3.000 viviendas y un centro comercial.

Lo hace en el mismo sentido al ya fijado hace unas semanas respecto a la zona de Páramo de San Isidro, otra zona de suelo rústico de Valladolid que se pretendía recalificar, al igual que lo han sido, en la aprobación inicial del nuevo plan general, sendos desarrollos con edificabilidad suficiente para casi 25.000 viviendas.

Entiende el Alto Tribunal que es acorde a Derecho lo señalado por el TSJ de Castilla y León, en el sentido de que “el nuevo uso terciario se aproximaba a los 250.000 metros cuadrados, lo que excedía ya por sí de la superficie de venta al público máxima que podía ser objeto de licencia comercial específica en la Zona Básica de Valladolid”, de acuerdo a las previsiones del entonces vigente Plan de Equipamientos Comerciales de Castilla y León. Y, que por ello, debió someterse a evaluación ambiental.

Además, da un toque de atención el Supremo a la administración regional al señalar que la Consejera de Medio Ambiente viene a considerar la modificación como algo menor, a la vista de las escasamente motivadas razones por las que debían considerarse los cambios de uso.

El Supremo también confirma la Sentencia del TSJ cuando declara que “es preciso examinar si las necesidades del comercio del municipio de Valladolid y su entorno comarcal de influencia justificaban la habilitación del nuevo suelo comercial, que sería la única razón que podría justificar la inclusión del nuevo uso terciario”.

En definitiva, y a modo de resumen, se considera que la modificación del PGOU en el Área Homogénea 11 es contraria a la Ley estatal de Suelo y a la Ley de Urbanismo de Castilla y León, dejando sin cobertura al polígono industrial, a las 2.700 viviendas que le acompañaban y a la gran superficie comercial que el Ayuntamiento de Valladolid ideó.

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