El anteproyecto de ley del Suelo de Galicia, autorizado en el pasado Consello de la Xunta, inicia su fase de participación pública, durante la que podrá ser consultada en la página web de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras.
El vicepresidente de la Xunta, Alfonso Rueda, ha inaugurado el foro 'El paisaje gallego como motor del desarrollo', en el que abordó el impulso de esta ley, concebida para recuperar y proteger el paisaje gallego y garantizar la mejor gestión del urbanismo municipal. En este acto también participó la secretaria general de Ordenación del Territorio y Urbanismo, Encarnación Rivas.
Alfonso Rueda explicó que "el paisaje es el reflejo, la imagen que nos indica como está integrada la sociedad en un territorio y cuando se habla de Galicia, no podemos perder de vista la importancia que tienen para nosotros cuestiones tan específicas como el medio rural, la dispersión poblacional o la carencia de armonización con la que se desarrollaron algunos de nuestros núcleos de población”. Añadió que "el paisaje gallego tiene que seguir siendo motivo de orgullo para todos, ya que tenemos una riqueza paisajística que constituye un auténtico tesoro y una señal de identidad para los gallegos al alcance de muy pocos territorios en el mundo”.
El vicepresidente de la Xunta destacó que "el compromiso de la Xunta con el paisaje está sustentado en hechos como la aprobación de las primeras Directrices de Ordenación del Territorio y del Plan de Ordenación del Litoral, que dotaron a nuestra comunidad de unas reglas de juego claras para la correcta implantación en el territorio, y cuya valía mereció el reconocimiento nacional e internacional”.
En esta línea de proteger el paisaje gallego, el texto de la nueva ley del Suelo recoge determinaciones precisas para que las instalaciones y construcciones tengan que se adaptar a su contorno y no al revés. Así, se establece que los PGOM deberán especificar las actuaciones necesarias para materializar esa protección que se concretan en el anteproyecto y que son las siguientes:
– En los lugares de paisaje abierto o natural no se permitirán construcciones que limiten el campo visual.
– Las construcciones no podrán romper la armonía del paisaje
– La altura máxima de las edificaciones se fijará en función del ancho de las vías y espacios libres
– Los colores de las edificaciones deberán ser las tradicionales
– Las formas y los materiales serán acordes con el paisaje y construcciones del entorno
– Se prohibirán los tendidos aéreos
Al mismo tiempo, el anteproyecto de Ley tiene por objeto actuar con contundencia para erradicar el feísmo del paisaje gallego, y contiene medidas específicas en ese sentido. Así, se establece el deber de rematar el exterior de las actuaciones (es decir, que las fachadas, las medianeras y las cubiertas deberán estar terminadas), al tiempo que se potencia la rehabilitación, regeneración y renovación de los núcleos históricos y se exige la conservación de la edificación para garantizar en todo momento la habitabilidad, la seguridad, la salubridad y el ornato público.
Junto con esto, se dota a la Administración de nuevos mecanismos para erradicar las edificaciones inacabadas: dictará a los propietarios órdenes de ejecución de obras necesarias para la finalización de las construcciones y su mantenimiento en condiciones de salubridad y en el caso de incumplimiento acudirá a la ejecución subsidiaria o forzosa, mediante la imposición de multas coercitivas de 1.0000 y a 10.000 euros.
La secretaria general de Ordenación del Territorio y Urbanismo, Encarnación Rivas, explicó que de “acuerdo con el objetivo de dotar los ayuntamientos de herramientas de planeamiento urbanístico, el texto hace un grande esfuerzo en la reducción de cargas administrativas y a favor de la agilización de la tramitación de los PGOM”.
Por una parte, este texto dota acorta los plazos de tramitación con la introducción del informe único, que engloba a todos los informes sectoriales. De este modo, se conseguirá reducir el tiempo medio de redacción de Planes de los 6 años actuales a 3 años.
Por otra parte, se crean planes básicos, con una tramitación y contenido más fáciles, y que serán el instrumento de planeamiento de los ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes que aún no cuenten de ordenación urbanística a través de un instrumento de planeamiento general.