miércoles, 22 octubre 2025
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Modificación permanente de la Ley de Suelo madrileña

Madrid. La Ley del Suelo madrileña ha sufrido una docena de modificaciones en su articulado. De sus 248 artículos, 59 han sido modificados, así como 4 disposiciones transitorias, una disposición adicional y otros 6 artículos han sido eliminados.

Año tras año la misma historia. Llega finales de diciembre y el último Pleno de la Asamblea de Madrid aprueba la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas, la conocida como ley de acompañamiento de los presupuestos. Y con ella, la enésima modificación de un sinfín de leyes. Entre ellas, las relacionadas con el suelo o la política territorial.

En doce años, la mitad del articulado de la Ley de Suelo de 2001 o se ha cambiado o se ha modificado, dando como resultado un marco legal que nada tiene que ver con el que entonces se aprobó. Mil y una alteraciones del texto original para ir acomodando la ley de Suelo a la adopción de medidas adoptadas por el Ejecutivo autónomo en el año natural.

En 2011 redujo tanto el porcentaje de viviendas de protección en los nuevos desarrollos residenciales, pasando de un 45% a un 30%, como el de las cesiones a los ayuntamientos para equipamientos, zonas verdes e infraestructuras, de un 70% a un 20%.

Y este año, para facilitar la implantación del macrocomplejo de Eurovegas en Alcorcón, no se tocó la Ley de Suelo, pero sí hubo que introducir diversos matices en la de 1995 de Medidas de Política Territorial y Urbanismo, aprobada bajo la presidencia del socialista Joaquín Leguina.

Se da así una ampliación de lo que puede ser Proyecto de Alcance Regional para que tengan esta consideración aquellos “proyectos que supongan la implantación de actividades económicas que revistan interés por su relevancia en la creación de empleo, por la inversión que comporten o por la creación de riqueza para la región”, y, por si quedaba alguna duda, a renglón seguido se introduce la novedad de los Centros Integrados de Desarrollo. “Son igualmente Proyectos de Alcance Regional los consistentes en la ordenación e implantación de Centros Integrados de Desarrollo”, recoge la ley.

“Tendrán la condición de Centros Integrados de Desarrollo aquellos complejos que tengan por objeto la prestación integrada de actividades industriales, turísticas, de convenciones y congresos, de ocio, espectáculos, juego, deportivas, sanitarias, culturales o comerciales, así como otras actividades o usos accesorios o complementarios a los anteriores, y presenten un impacto relevante, efectivo y duradero, en el desarrollo económico, social y cultural de la Comunidad de Madrid”, reza un texto pensado únicamente para acoger el proyecto de Las Vegas Sands en Alcorcón.

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