miércoles, 19 febrero 2025

La accesibilidad en la edificación y en los espacios públicos de Valencia

El Consell de Gobierno de Valencia ha aprobado el decreto por el que se regula la accesibilidad en la edificación y en los espacios públicos y que tiene por objeto la actualización y armonización normativa del desarrollo de la Ley 1/1998 de 5 de mayo, de la Generalitat, de Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas y de la Comunicación.

El objetivo es facilitar la accesibilidad universal a todas las personas y la utilización no-discriminatoria, independiente y segura en los ámbitos de la edificación, los espacios públicos urbanizados y los espacios públicos naturales.

Este decreto será de aplicación a las actuaciones que se realicen en la Comunidad Valenciana por cualquier entidad, pública o privada, o persona física o jurídica en los ámbitos de la edificación, y de los espacios públicos, tanto urbanizados como naturales.

Esta norma parte desde la perspectiva de la accesibilidad universal como un proceso de mejora continua que promueva la adopción de las medidas necesarias para que las personas con discapacidad puedan vivir de forma independiente, y participar plenamente en todos los aspectos de la vida.

En este sentido, el decreto desarrolla los principios generales recogidos en la Ley 1/1998, de 5 de mayo, de la Generalitat, de manera concurrente con las disposiciones básicas estatales legisladas con posterioridad.

Así, el decreto armoniza y unifica términos y parámetros con los establecidos en la normativa estatal y en las directrices internacionales de accesibilidad en los ámbitos de la edificación y de los espacios públicos urbanizados. Además, se abordan ámbitos no contemplados hasta ahora, como son los espacios públicos naturales entre otros.

Al objeto de conseguir la accesibilidad universal, se establecen unas únicas condiciones básicas de accesibilidad exigibles en todos los edificios y espacios públicos nuevos, para que sean plenamente accesibles. Igualmente, estas condiciones son aplicables en las intervenciones en los edificios y espacios públicos existentes.

Para facilitar la interpretación de estas pautas en casos complejos, se prevé un mecanismo consultivo ante la dirección general competente en materia de edificación, y la creación de un Comité Técnico de Accesibilidad, con la participación de los principales agentes sociales y profesionales afectados y las administraciones implicadas.

Con este decreto, que consta de tres títulos y cuatro anexos, se unifican en una única disposición a la que se incorporan los espacios públicos naturales, las distintas normativas que había en esta materia de forma que se facilita su conocimiento y aplicación.

En su elaboración, se ha seguido el principio de seguridad jurídica al establecer una regulación acorde con la normativa básica y la de rango superior para crear un instrumento jurídico de carácter estable y clarificador que responda, además, al principio de eficiencia, soslayando cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionalizando con ello la gestión de los recursos públicos.

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