Que las exenciones municipales a la rehabilitación tengan el mismo tratamiento que las ayudas derivadas del Plan Estatal de Vivienda es el objetivo que busca la petición formal hecha por el Ayuntamiento de Madrid al Ministerio de Hacienda y Función Pública, dirigido por Cristóbal Montoro.
A día de hoy, los madrileños deben declarar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como ganancia patrimonial, las ayudas por rehabilitación de vivienda habitual, incluso aunque sean obras de accesibilidad para mejorar la movilidad de personas mayores de 65 años o con discapacidad.
Las subvenciones estatales en esta materia están reguladas por el artículo 41 del RD 439/2007, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que establece que podrán gozar de exención las ganancias patrimoniales correspondientes a las actuaciones subvencionadas en materia de rehabilitación de viviendas en los términos previstos en el RD 233/2013, por el que se regula el Plan Estatal de Rehabilitación 2013-2016.
Si no fuera posible esta equiparación fiscal, desde el consistorio de la capital también se plantea como alternativa la incorporación en el IRPF la deducción fiscal por obras de rehabilitación de la vivienda habitual cuando se cumplan determinados requisitos. Esta deducción se suprimió a nivel estatal desde el 1 de enero de 2013.
Hoy día, cuando el contribuyente hace su declaración del IRPF, debe buscar, si es el caso, la casilla 266, que sirve para declarar las subvenciones recibidas por conceptos como, por ejemplo, «Rehabilitación de vivienda habitual».
O sea que, cuando se conceden ayudas a una comunidad de propietarios, los vecinos tienen que saber que esta ayuda supone una ganancia patrimonial que tiene que declarar en su IRPF como parte de la base imponible general. Quiere esto decir que una administración pública concede ayudas a sus vecinos y el Estado se lleva una parte de la misma.
El Área de Desarrollo Urbano Sostenible considera que esto es un agravio comparativo con las ayudas del Plan Estatal de Vivienda que no están sujetas a declaración de IRPF. Además, en último caso, podría ser coherente declarar la ayuda en su IRPF, si el vecino puede desgravarse la cantidad invertida por las obras realizadas, al menos cantidad no subvencionada de las obras realizadas.