En 2013 no habrá que rellenar la casilla 738 del IRPF

Madrid. Muchas fueron las ‘letras pequeñas’ que la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, pasó por alto el pasado viernes a la hora de enumerar los recortes que se van a aplicar en los próximos meses. Había que acudir al Boletín Oficial del Estado para comprobar la existencia de uno especialmente cuantioso, el relativo al que se aplican casi seis millones de contribuyentes en concepto de compensación fiscal por haber firmado la hipoteca antes del año 2006.

En la próxima declaración del IRPF, la correspondiente al presente ejercicio, ya no habrá que rellenar la casilla 738. La de esa compensación fiscal que se practicaba por haber adquirido la vivienda habitual antes del 20 de enero de 2006, siempre que se hubiera hecho utilizando financiación ajena. Se entendía que existía ésta cuando el importe financiado suponía, al menos, un 50% del valor de adquisición de la vivienda, siempre que durante los tres primeros años del préstamo no se amortizaran cantidades que superen, en su conjunto, el 40% del importe total solicitado.

Otro requisito para aplicar la compensación pasaba por la necesidad de que el contribuyente, en cada ejercicio, se aplicara la deducción general por inversión en vivienda habitual (casillas 780 y 781 del anexo de la declaración), y se hiciera constar, en la casilla, 790, la fecha en la que fue adquirida la vivienda habitual.

Cumplidos los anteriores requisitos, el importe de esta compensación fiscal viene determinado, en términos generales, por la diferencia positiva entre el importe del incentivo teórico que hubiera corres¬pondido de mantenerse la normativa vigente a 31 de diciembre de 2006 y la deducción por adquisición de vivienda habitual que proceda aplicar.

Hasta 2006, los contribuyentes podían deducirse por compra de vivienda habitual hasta un 25% en los dos años posteriores a la adquisición y un 20% a partir del tercer año. El cambio legislativo estableció que, desde el 20 de enero de 2006, la desgravación quedase fijada en un tipo del 15% hasta un límite de 9.040 euros. Sin embargo, se incluyó una compensación fiscal para soportar el impacto de la reducción del beneficio fiscal. La que el año que viene desaparece.

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