lunes, 4 diciembre 2023

Reparto de una herencia sin testamento o con impugnación

• La ley establece que, no existiendo testamento, a falta de descendientes, ascendientes o cónyuge vivo no separado, la herencia se repartirá a partes iguales entre los hermanos del fallecido o si estos ya no estuvieran, sus hijos (los sobrinos del difunto).
• El plazo para impugnar un testamento es de 5 años desde la muerte del testador o desde que este tenga conocimiento del contenido del testamento
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