El Supremo confirma la validez de un contrato de alquiler de un local cercado por obras

El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto, confirmando la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla, que había declarado la subsistencia del contrato de arrendamiento del local de negocio suscrito entre las partes, y condenaba a los demandados, arrendatarios, a satisfacer solidariamente algo más de 42.000 euros.

En el procedimiento de juicio ordinario, la arrendadora del local de negocio pedía en su demanda que se declarase la subsistencia del contrato de arrendamiento de un local de negocio del centro de Sevilla, y se condenase a la parte demandada a continuar dando cumplimiento a las estipulaciones del contrato, y por tanto se condenase a los arrendatarios al pago de las rentas que se han devengado, y todas las que se devenguen durante la tramitación de la sentencia.

La parte demandada se opuso a la demanda y planteó reconvención solicitando que el contrato se declarase resuelto, con efectos de 30 de junio de 2009, por incumplimiento del arrendador, incumplimiento alegado por haberse iniciado obras en la calle donde se

situaba el local, obras que fueron de larga duración y que dificultaban el acceso, pero que no impedían el ejercicio de la actividad comercial.

El 5 de agosto de 2009 las arrendatarias entregaron las llaves a la arrendadora por medio de servicio de mensajería, y lo comunicaron por burofax, comunicación a la que se opuso la arrendadora insistiendo en el cumplimiento del contrato.

Razona la sentencia que existen tres grupos de casos en la jurisprudencia:

1. Casos en los que existe en el contrato de arrendamiento de local de negocio una cláusula que otorga al arrendatario la facultad de resolver (rectius: desistir unilateralmente) el contrato, quedando obligado a pagar al arrendador una determinada cantidad de dinero (multa penitencial) (sentencias de 23 de diciembre de 2009 (rec. 1508 de 2005), 6 de noviembre de 2013 (rec.1589 de 2011), 10 de diciembre de 2013 (rec. 2237 de 2011) y 29 de mayo de 2014 (rec. 449 de 2012).

2. Casos en los que dicha cláusula no existe y el arrendatario manifiesta su voluntad de terminar el arrendamiento, pero el arrendador no lo acepta y pide el cumplimiento del contrato, es decir, el pago de las rentas conforme a los vencimientos pactados en el contrato (sentencia de 26 de junio de 2002; rec. 54/1997). Es el caso que ahora analizamos.

3. Casos en los que dicha cláusula tampoco existe pero el arrendatario manifiesta su voluntad de terminar el arrendamiento y el arrendador acepta o acaba por aceptar la resolución del mismo reclamando indemnización de los daños y perjuicios provocados por la resolución (sentencia de 9 de abril de 2012; rec. 229 de 2007).

La sentencia del pleno de la Sala establece que dado que estamos ante un caso del grupo segundo, no procede moderación en la indemnización de daños y perjuicios, pues lo solicitado y concedido no fue una indemnización sin el pago de las rentas adeudadas, al promover el demandante (hoy recurrido), exclusivamente, el cumplimiento del contrato (art. 1124 CC), unido a que no se aceptó la resolución ni se pactó cláusula penal que permitiese la moderación, y sin que conste que el arrendatario volviese a alquilarlo.

La sentencia estima que la petición del demandante, arrendador, no excede de los límites de la buena fe, pues si el arrendatario vio mermados sus ingresos por las obras de la calle, también lo debieron de ser las posibilidades de obtener un nuevo arrendatario, para el arrendador, todo ello por unas obras ordenadas por el ayuntamiento, y que por tanto no estaban bajo el dominio del arrendador.

- Advertisement -

Comparte las Noticias en tus Redes Sociales

Síguenos

- Publicidad -

CONTENIDOS DE PORTADA

CONTENIDOS RELACIONADOS

El Plan Estatal de Vivienda 2026 exige cambios legales para ser eficaz

La aprobación del nuevo plan moviliza una inversión de 7.000 millones...

La banca ajusta condiciones mientras crecen las hipotecas

El mercado hipotecario arrancó 2026 con un comportamiento expansivo, respaldado por...

El alquiler por habitaciones eleva la rentabilidad de la vivienda al 7,6% en 2026

El mercado del alquiler en España muestra una evolución clara hacia...

Las hipotecas digitales concentrarán el 80% del mercado en España en 2030

El mercado hipotecario español atraviesa una etapa de crecimiento sostenido y...

Las ciudades de cuatro estaciones impulsan la residencia de lujo permanente

El mercado residencial internacional de alta gama atraviesa una transformación estructural....

Family Office Forum 2026 impulsa la inversión inmobiliaria profesionalizada

El capital privado refuerza su presencia en el mercado inmobiliario en...

Cinco errores que frenan tu primera hipoteca y cómo puedes evitarlos

Acceder a la primera vivienda exige algo más que encontrar un...

El 22@ concentra el 43% de la contratación de oficinas en Barcelona en 2025

El mercado de oficinas en Barcelona continúa mostrando signos de dinamismo...