No se ha aplicado la subida del IVA en la vivienda y ya piensan en otra

Madrid. Todo el día dándole vueltas a los números es lo que tiene, que al final no se entienden muy bien las conclusiones a las que llegan. Es lo que pasa con los técnicos de la Comisión Europea. Les cuento. Ya saben que en España, a partir del 1 de enero de 2013, el tipo reducido de IVA para la compra de vivienda nueva se incrementa del actual superreducido del 4% al 10%.

Pues bien, desde Bruselas ya están mareando la perdiz para aplicar el tipo general, y descartar el reducido, al agua, la energía, la gestión de residuos y sí, leen bien, a la vivienda. De salir adelante la propuesta, el IVA para la compra del piso saltaría en casi nada de tiempo del 4% al 21%. Ya saben, piso de 200.000 euros, en lugar de costar 208.000 euros se pondría, no en los 220.000 que valdrá a partir del 1 de enero de 2013, sino en 242.000 euros. ¿Ustedes lo entienden? No es fácil hacerlo.

Y el asunto no obedece a alguna mera ocurrencia. Que va. La razón de esta nueva modificación impositiva se haría en base a evitar las supuestas contradicciones de la Unión Europea de disminuir el consumo de recursos por motivos medioambientales. En el caso de la vivienda, Bruselas plantea que el tipo reducido se aplique únicamente a aquellos inmuebles que cumplan las exigencias comunitarias máximas en materia de ahorro energético.

“Los Estados miembros necesitan nuevas fuentes de ingresos, mientras que las empresas quieren sistemas fiscales más simples con costes de conformidad menos elevados. Hoy nos planteamos la cuestión de saber si algunos tipos reducidos de IVA aportan los resultados previstos o si crean más problemas de los que resuelven”, ha señalado el comisario de Presupuestos, Algirdas Semeta.

El guante ya está echado. Queda ahora por saber si es un simple globo sonda lanzado para ver cómo se recibe en el conjunto de la Eurozona o si se trata de un asunto sustentado sobre una base sólida. Veremos. De momento, habrá que esperar a que el próximo 3 de enero finalice el plazo de consulta pública abierto por el Ejecutivo comunitario para que los Estados Miembros efectúen las consideraciones que estimen oportunas antes plantear las propuestas definitivas.
 

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