Iure Abogados logra que se califique subordinado un crédito de Bancaja de 230 millones contra Martinsa Fadesa

Madrid. El juzgado de lo Mercantil nº1 de La Coruña ha dado la razón a Iure Abogados en una sentencia en la que recalifica lo derechos de crédito de Bancaja adquiridos después del 27 de junio de 2007, derechos que ascienden a 230 millones de euros. De éstos, la administración concursal había calificado en su informe 223 como ordinarios y 7 como privilegiados especiales. Sin embargo, Iure Abogados, en representación de acreedores ordinarios de Martinsa Fadesa, interpuso una demanda impugnatoria para solicitar que esas cantidades se subordinasen, lo que implica que sean satisfechas sólo después de que se haya pagado a los acreedores ordinarios. El fundamento de tal pretensión se encuentra en el carácter de persona “especialmente relacionada” con la concursada que tiene Bancaja, al ser miembro del consejo de administración de Martinsa Fadesa y socio de la misma, en un porcentaje superior al 5%.

 La sentencia de 2 de julio estima la demanda interpuesta por Iure Abogados y falla que “los créditos reconocidos en la lista de acreedores cuya titularidad haya adquirido Bancaja, originaria o derivativamente, con posterioridad al 27 de junio de 2007 y hasta la fecha de la declaración del concurso deben ser clasificados como subordinados del artículo 92. 5º LC”.

La resolución afecta a los derechos de créditos adquiridos con posterioridad a la fecha de referencia (fecha en que Bancaja es nombrada miembro del consejo de administración de Martinsa) que, según el informe de la administración concursal, son 7 millones correspondientes a una póliza de crédito de julio de 2008, que se había considerado un crédito con privilegio especial y ahora se corrige, y varias pólizas de crédito concedidas entre marzo de 2008 y junio del mismo año, que suman 223 millones de euros que habían sido calificados ordinarios por la administración concursal y ahora se convierten igualmente en subordinados. Así, Bancaja sólo cobrará éstos créditos cuando se hayan satisfecho los de los acreedores privilegiados y los de los ordinarios.

La sentencia supone un importante beneficio para los acreedores ordinarios en el concurso de Martinsa Fadesa, ya que si el informe de la administración concursal valoraba el activo de la empresa en 7.336,9 millones de euros, con los que tenía que hacer frente a deudas por 7.155,9 millones de euros, de los cuales 1.827,6 son créditos privilegiados (se pagan con prioridad), 4.361,7 eran créditos ordinarios y 542,7 millones de euros eran calificados como subordinados, a partir de esta sentencia  se ha minorado en 230 millones el importe de los créditos ordinarios, aumentando así las perspectivas de cobro de los otros acreedores.

Actualmente el concurso de Martinsa Fadesa se encuentra en plena resolución de incidentes concursales, en tramitación de la fase común, y al finalizar éstos se emitirá un nuevo informe de la administración concursal, esta vez de carácter definitivo, que incorpore todas las correcciones fruto de las sentencias dictadas en esas impugnaciones. La calificación del crédito de 230 millones de Bancaja como subordinado será, sin duda, una de las mayores correcciones al informe.

Iure Abogados, firma especializada en Derecho Concursal, asesora y representa a un colectivo de 72  acreedores de Martinsa Fadesa.

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