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El Supremo declara que parte de los peajes de acceso a la electricidad para 2013 no es conforme a Derecho

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha estimado parcialmente un recurso de Gas Natural y ha declarado que el artículo 9.1 de esa orden del Ministerio de Industria no es conforme a derecho al no incluir en los costes del peaje de acceso para el año 2013 los suplementos territoriales a los que se refiere el artículo 17 de la Ley del Sector Eléctrico de 1997 según la redacción dada por Decreto-ley de 2012.

Dicho artículo incumplido por Industria establece que "en caso de que las actividades o instalaciones destinadas al suministro eléctrico fueran gravadas, directa o indirectamente, con tributos propios de las comunidades autónomas o recargos sobre tributos especiales, al peaje de acceso se le incluirá un suplemento territorial que cubrirá la totalidad del sobrecoste provocado por ese tributo o recargo y que deberá ser abonado por los consumidores ubicados en el ámbito territorial de la respectiva comunidad autónoma".

O sea, que Industria debió incluir en la orden de  peajes de 2013 los suplementos territoriales correspondientes a cada una de las CCAA que tuviesen implantados aquellos tributos, "de modo que los consumidores ubicados en ellas sufragasen los costes derivados de las decisiones de sus propios órganos representativos, los que habían creado dichos tributos".

La Sala no accede a la solicitud de Gas Natural de cuantificar el sobrecoste derivado para ella de los impuestos autonómicos a la electricidad (la compañía los cifraba en 30 millones de euros), ya que está pendiente el desarrollo reglamentario para 2013 que concrete los suplementos territoriales.

El Supremo ordena a Industria incluir en el coste de los peajes esos suplementos territoriales fijados. Asimismo, recuerda que en la primera versión de la orden de peajes impugnada la propuesta de la Secretaría de Estado de Energía incluía una partida de 200 millones de euros de ingresos de la imposición de tributos autonómicos, que desapareció en la versión final de la orden.

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