El Supremo confirma la ilegalidad del complejo turístico extremeño Marina Isla de Valdecañas

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado los recursos presentados por la Junta de Extremadura, la entidad Marina Isla Valdecañas S.A., y los ayuntamientos cacereños de El Gordo y Berrocalejo, contra las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que declararon nulos el decreto y el Proyecto de Interés Regional (PIR) que dio lugar al complejo turístico extremeño Marina Isla de Valdecañas.

La decisión del Supremo confirma las resoluciones del TSJ de Extremadura que ordenaron la “reposición de los terrenos a que se refieren las mencionadas actuaciones a la situación  anterior a la aprobación de dicho Proyecto y los actos que se hubieran ejecutado con fundamento en el mismo”.

El Tribunal Superior de Justicia  de  Extremadura  dio la razón a dos organizaciones, Asociación para la Protección de los Recursos Naturales de Extremadura (ADENEX) y Ecologistas en Acción-CODA, que habían impugnado el decreto que aprobó dicho Plan de Interés Regional.
Ahora, en dos sentencias de contenido similar, el Supremo valida todos los argumentos empleados por el TSJ de Extremadura, al subrayar que “explica pormenorizadamente porqué debe considerarse insuficiente la motivación del decreto de aprobación del Proyecto de Interés Regional”. En ese sentido, destacó la falta de motivación en lo relativo a la incidencia socioeconómica del PIR, y al cambio de clasificación de terrenos que son suelo no urbanizable especialmente protegido.

Los terrenos donde se ha construido el complejo urbanístico están incluidos en la Red Natura 2000. La sentencia del Supremo recuerda que la jurisprudencia, puesta en relación con la normativa comunitaria europea sobre protección ambiental, “deja claramente establecido que cuando unos terrenos están sujetos a algún régimen especial de protección sectorial, lo mismo que cuando concurren en ellos valores de los que la legislación urbanística considera merecedores de protección, resulta preceptiva su exclusión del desarrollo urbano y su clasificación como suelo no urbanizable de especial protección”.

El decreto impugnado fue aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en fecha 10 de abril de 2007. Supuso la aprobación definitiva del PIR, que dio lugar a la reclasificación  y ordenación de terrenos situados en el embalse de Valdecañas, en  términos municipales de El Gordo y Berrocalejo, en la provincia de Cáceres

- Advertisement -

Comparte las Noticias en tus Redes Sociales

Síguenos

- Publicidad -

CONTENIDOS DE PORTADA

CONTENIDOS RELACIONADOS

El alquiler dispara el esfuerzo de los hogares hasta el 48 %

El mercado de la vivienda en España refleja un creciente deterioro...

El crédito hipotecario evidencia la brecha entre obra nueva y segunda mano

El mercado inmobiliario español sigue mostrando señales claras de desequilibrio estructural...

La comunicación eficaz impulsa el éxito en redes inmobiliarias

En un entorno competitivo como el sector inmobiliario, la comunicación se...

Fotocasa refuerza su liderazgo tecnológico al integrarse en EsTech

La digitalización sigue transformando el sector inmobiliario en España, impulsando nuevos...

ALVIC muestra en Madrid la evolución de los espacios de trabajo

El sector inmobiliario y del diseño de interiores vive una transformación...

La delincuencia en obra aumenta y golpea al sector construcción en 2026

El sector de la construcción en España atraviesa una fase de...

Las claves para superar el rechazo hipotecario y lograr financiación de vivienda

El acceso a la vivienda en propiedad continúa condicionado por un...